Aviso

Atención

Debido a una actuación de mantenimiento de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, no será posible realizar trámites (presentación de solicitudes, consulta de notificaciones, etcétera) con certificados digitales de la FNMT en esta sede electrónica el sábado 20/04/2024 desde las 8:00 hasta las 14:00 horas.

Sentimos las molestias ocasionadas.

Declaración anual de perceptores de prestaciones no contributivas: Pensiones no contributivas (PNC), Fondo de asistencia social (FAS) y Prestaciones Sociales y Económicas para Personas con Discapacidad (antigua LISMI). Regularización de importes percibidos (código 855) (SIA 206901)

Información Básica

Objeto:

Presentación de las Declaraciones Anuales de Pensiones No Contributivas (P.N.C.), Prestaciones Sociales y Económicas para Personas con Discapacidad (L.I.S.M.I.) y Fondo de Asistencia Social (F.A.S.).

Información de Interés

ABIERTO EL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN ANUAL, UNA VEZ RECIBAN EN SUS DOMICILIOS EL MODELO DE DECLARACIÓN.

  • DEBE ENTREGARLAS ANTES DE 1 ABRIL EN LOS PUNTOS QUE SE INDICAN . PÈDIR CITA PREVIA.
  • DE NO PRESENTARLA EN EL PLAZO INDICADO, SE INICIARÁ EL PROCESO DE SUSPENSIÓN.

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INFORMACIÓN GENERAL SOBRE LA DECLARACIÓN ANUAL DE INGRESOS.

A.- ANUALMENTE EN EL PRIMER TRIMESTRE DE CADA AÑO, todos los perceptores de Pensiones No Contributivas (PNC); de Prestaciones Sociales y Económicas para personas con discapacidad (antigua LISMI) y, del Fondo de Asistencia Social (FAS), tienen la obligación de remitir una Declaración Anual de los ingresos realmente percibidos, durante el ejercicio anterior, tanto del perceptor, como de los miembros que componen su Unidad Económica de Convivencia (UEC).  En esa declaración, también deben indicar la estimación ingresos para el ejercicio en curso.

  • Para facilitar la declaración, la Administración Regional remite, una vez conocida la revalorización de las pensiones, un formulario cumplimentado, con los datos que obran del pensionista y, de los miembros de la familia que se tuvieron en cuenta para fijar la pensión durante el año anterior.
    • Los perceptores deben revisar la Declaración Anual remitida, y enviarla antes del 1 de abril del año en curso, modificando en su caso los datos que se hubiesen producido y que no están correctos en el borrador de declaración enviado.
      • Si a mediados de febrero, el pensionista no ha recibido en su domicilio el formulario cumplimentado , podrá obtenerlo :
  • A través de su Trabajador Social. Solicitando cita previa.
  • Excepcionalmente descargando el formulario en blanco, incluido en este procedimiento (0855), seleccionando previamente el tipo de pensión del que quiere hacer la declaración,  cumplimentándolo.

    Si ha recibido la Declaración Anual  y solo desea confirmarla, es decir, no tiene que comunicar variaciones en ingresos, ni en sus circunstancias personales o familiares, podrá hacerlo a través de la WEB: http://mideclaracionpnc.carm.esAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica  Este sistema NO EXIGE,disponer ni de DNI electrónico, ni certificado digital. ES MUY SENCILLO.

  •  CITA PREVIA en el 968 36 20 00, en el teléfono 012, o a través del siguiente enlace:  https://citaprevia.carm.esAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica en:
    • C/ Alonso Espejo. Servicio: Información y presentación de solicitudes
    • Plaza Juan XXIII y C/ Greco: Servicio: Declaración anual PNC
  • Pueden presentar la DECLARACIÓN ANUAL y documentación anexa en:
  • Oficinas de Información y Registro del IMAS indicadas anteriormente (se necesita cita previa),
  • Ventanillas Únicas de Ayuntamientos. 
  • Cualquier Registro de la Comunidad Autónoma.

B.- LA AUSENCIA DE ENVÍO DE LA DECLARACIÓN ANUAL ES MOTIVO DE SUPENSIÓN DE LA PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA

  • A partir el 1 de Abril , la Administración,  cuando no haya recibido la declaración anual de la Pensión no contributiva, volverá a enviar al pensionista, mediante notificación el borrador de formulario cumplimentado de declaración anual , que concederá un segundo  plazo de 10 días, para su presentación.
    • De no recibirse la declaración en este segundo plazo, se procederá a la suspensión de la Pensión no contributiva.
  • Soliciten CITA PREVIA en el 968362000, en el teléfono 012, o a través del siguiente enlace:  https://citaprevia.carm.esAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica
  • A través de su Trabajador Social.
  • Excepcionalmente descargando el formulario en blanco, incluido en este procedimiento (0855), seleccionando previamente el tipo de pensión del que quiere hacer la declaración,  cumplimentándolo y, presentándolo en cualquier registro: Ayuntamiento, IMAS o, de la Comunidad Autónoma ( en este caso tendrá que cumplimentar todos los datos del formulario).

Aclaración:

Una vez terminado el periodo voluntario, la DG de Pensiones, Valoración y Programas de Inclusión remite. de forma oficial y notificada a aquellos pensionistas que no han presentado su DA, en el plazo anterior y, de forma previa a declarar la suspensión de la pensión, un escrito recordatorio de la obligatoriedad de la presentación, junto con su modelo de DA.

Recibida la notificación, el pensionista dispone de un plazo no superior a 10 DÍAS, a contar desde el siguiente a su recepción, para aportarla en cualquiera de los puntos indicados en el documento recordatorio.

  • PUEDE ENTREGARLAS EN LOS PUNTOS QUE SE INDICAN EN EL DOCUMENTO DE REITERACIÓN. PÈDIR CITA PREVIA.
  • DE NO PRESENTARLA EN EL PLAZO INDICADO, SE INICIARÁ EL PROCESO DE SUSPENSIÓN.

C.- Relacionado con esta actuación se encuentran los siguientes procedimientos:

0611Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica Solicitud de Pensiones No Contributivas de Jubilación o Invalidez;  0769Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica Gastos de Trasporte y movilidad en LISMI;  0768Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica Gastos Farmacéutico y Sanitario en LISMI;  4719Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica Complemento para alquiler de PNC; 7362Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica Revisión de PNC; 1108Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica Revisión de LISMI.

Destinatarios:

Ciudadanía.

Ciudadanos de la Región de Murcia perceptores de prestaciones no contributivas: Pensiones no contributivas (PNC), Fondo de asistencia social (FAS) y Ley de Integración social del minusválido (LISMI)

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Sujeto a plazos

Plazo de Presentación:

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

D.G.PENSIONES,VALORACIONES.Y PROGRAMAS DE INCLUSION (A14013940)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Tener activa un Pensión No Contributiva, LISMI o FAS

Documentos a aportar junto con la solicitud

Modelo de Declaración Anual de Ingresos PNC.
  • Acreditación
    (Obligatorio / Original)
    Modelo que se envía al domicilio del pensionista y justificante de ingresos del año anterior.La declaración anual debe ser presentada antes del 31 de marzo de cada año.
  • Justificante de pago
    (No obligatorio / No original)
    En el caso de haberse producido, documentos acreditativos de pagos realizados con cualquier incremento patrimonial
  • Sentencia de separación o divorcio
    (No obligatorio / No original)
    En el caso de que se haya producido una separación o divorcio de los miembros de la unidad familiar
  • Pensión por manutención
    (No obligatorio / No original)
    En el caso de que se haya producido una separación o divorcio. Sentencia o Acuerdo tanto de importe percibido como de pagado
  • Libro de familia
    (No obligatorio / No original)
    Libro de familia y/o certificado individual de inscripción, en el caso de que haya habido una variación de la unidad familiar declarada.
  • Certificado municipal de residencia y/o convivencia
    (No obligatorio / No original)
    En el caso de que haya variado la unidad familiar empadronada
  • Documentación justificativa
    (No obligatorio / No original)
    Otros documentos que justifiquen obligaciones económicas que ayuden a valorar la situación económica.
  • Justificante ingresos solicitante y familiares
    (No obligatorio / No original)
  • Certificado de cuenta bancaria
    (No obligatorio / No original)
    En caso de modificación.
  • Contrato
    (No obligatorio / No original)
    contrato laboral
  • Sentencia judicial
    (No obligatorio / No original)
    Sentencia de Incapacitación judicial
  • Certificado
    (No obligatorio / No original)
    Certificado de Ingresos en el EXTRANJERO
  • Certificado del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (AEAT) (*)
  • Consulta de las prestaciones del Registro de Prestaciones Sociales Públicas, Incapacidad Temporal y Maternidad (*)
  • Consulta de situación laboral en la Seguridad Social (*)
  • Consulta de situación actual de prestaciones por desempleo (*)
  • Consulta de Datos de Identidad (*)
  • Datos de residencia con fecha de la última variación padronal (*)
  • Importes de prestaciones por desempleo percibidos a fecha actual (*)
  • Importes de prestaciones por desempleo percibidos en un periodo (*)
  • Certificación de titularidad catastral (*)
  • Consulta de Datos Catastrales (*)
  • Consulta de defunción (*)
  • Consulta de nacimiento (*)
  • Consulta de matrimonio (*)
  • Vida laboral (últimos 12 meses) (*)
  • Consulta de Nivel de renta (AEAT) (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


  • Modelo de Declaración Anual de Ingresos PNC.   [Fuera de plazo: 10-01-2024 – 31-03-2024]

Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Lugares presentación

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

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