Primero.- INCOMPATIBILIDADES.
Que no realizo ninguna actividad privada ni vengo desempeñando ningún puesto o actividad en el sector público delimitado por el artículo 1º de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas, ni percibo pensión de jubilación, retiro u orfandad, por derechos pasivos o por cualquier régimen de Seguridad Social público y obligatorio a los efectos previstos en el artículo 3º.2, de la Ley citada, salvo el indicado a continuación, del que cesaré en el momento de incorporarme en este nuevo puesto: