- La adquisición e instalación de estos recursos energéticos renovables lo son para la vivienda que constituye o vaya a constituir mi residencia habitual conforme a la definición del art. 1, Uno, 4 del Decreto Legislativo 1/2010, de 5 de noviembre, o bien lo son para vivienda destinada al arrendamiento que no tenga la consideración de actividad económica, según lo establecido en el artículo 27.2 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre.
- Que reúne los requisitos establecidos en el Decreto Legislativo 1/2010, de 5 de noviembre y en el Decreto 128/2005, para poder acogerse a la deducción autonómica por inversiones en energía renovables establecidas en las citadas disposiciones
- Quedo enterado que conforme a lo dispuesto en la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, los datos contenidos en esta solicitud serán objeto de inclusión en el correspondiente fichero público al que los interesados tendrán acceso en los términos y condiciones establecidos en la citada disposición.