Declaración Responsable para la inscripción de empresas de servicio a la actividad industrial en el Registro Integrado Industrial (RII) de España División B Secciones d) y e) (código 1045) (SIA 206930)

Información Básica

Objeto:

Se inscribirán a través de este trámite aquellas empresas de servicio a la actividad industrial en el Registro Industrial Integrado (RII) de España división B Secciones d) y e) conforme Real Decreto 559/2010, que tengan la sede social/fiscal en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, teniendo a partir de la inscripción validez en todo el territorio nacional. En caso que su domicilio social/fiscal sea distinto a esta Comunidad, debe inscribirse en su lugar de origen. Solo es válida la inscripción en el Registro Integrado Industrial en todo el territorio nacional mediante una inscripción.

 

Atención, si quieren presentar la documentación anual para empresas de servicios ya registradas, para ello deben utilizar otro procedimiento, con el código 3753 (Sede electrónica de la Administración Pública de la C.A.R.M. - Documentación anual para empresas de servicio a la actividad industrial ya inscritas en el registro industrial (carm.es)).

Información de Interés

Se inscribirán a través de este trámite aquellas empresas de servicio a la actividad industrial en el Registro Industrial Integrado (RII) de España división B Secciones d) y e) conforme Real Decreto 559/2010, que tengan la sede social/fiscal en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, teniendo a partir de la inscripción validez en todo el territorio nacional. En caso que su domicilio social/fiscal sea distinto a esta Comunidad, debe inscribirse en su lugar de origen. Solo es válida la inscripción en el Registro Integrado Industrial en todo el territorio nacional mediante una inscripción. Anualmente deberán presentar a través del procedimiento 3753 de la CARM la documentación exigida para su comprobación.

DECLARACIÓN RESPONSABLE

  • La presentación de la declaración responsable habilita a los titulares de las instalaciones para ponerlas en funcionamiento con carácter inmediato, sin perjuicio de la obtención de las autorizaciones que sean necesarias para el ejercicio de la actividad de la que forma parte la instalación.
  • La declaración responsable ha de  ser suscrita por el titular y el resto de agentes que intervienen en el diseño y ejecución de la instalación (Empresa instaladora, redactor de la memoria técnica de diseño, técnico proyectista y/o técnico director de obra)
    • La inexactitud, falsedad u omisión en cualquier dato, o manifestación, sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos señalados en la declaración responsable y la realización de la actividad sin haber realizado la declaración responsable, están tipificadas como infracciones, pudiendo ser sancionadas con multas de hasta 90.151,82 euros.
  • En caso de presentación de solicitud a través de representante deberá acreditarse la representación, estando en todo caso a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Para más información consultar la información disponible en el procedimiento 9943 Sede electrónica de la Administración Pública de la C.A.R.M. - Apoderamiento de la Representación ante las Administraciones Públicas (carm.es).

Instrucciones para la cumplimentación del apartado 3. OBJETO DE LA DECLARACIÓN de la Declaración Responsable del procedimiento 1045       

NUEVA: Se debe marcar para la inscripción de una nueva empresa

BAJA: Se debe marcar para la baja total de la empresa. No haría falta marcar los campos reglamentarios ya que se dan de baja todos ellos

CAMBIO DE TITULARIDAD: Se debe marcar cuando se da un cambio de titularidad.  No haría falta marcar los campos reglamentarios ya que cambian todos

MODIFICACION POR:

AMPLIACIÓN ÁMBITO REGLAMENTARIO: Se debe marcar cuando se amplía algún campo reglamentario. En el apartado 6 sólo se debe incluir el personal habilitado del campo objeto de ampliación. En el apartado 7 sólo se debe marcar el campo reglamentario objeto de ampliación.

REDUCCIÓN ÁMBITO REGLAMENTARIO: Se debe marcar cuando se pretenda dejar de actuar en uno o varios de los campos reglamentarios. En el apartado 6 no es necesario indicar el personal habilitado. En el apartado 7 sólo se debe marcar el campo reglamentario objeto de reducción

CAMBIO DE DENOMINACIÓN SOCIAL: Se debe marcar cuando hay un cambio de denominación social sin cambio de NIF. No haría falta marcar los campos reglamentarios ya que cambian todos. Tampoco se debe indicar el personal habilitado.

REVISIÓN DE DATOS: Se debe marcar cuando hay algún cambio que no incluya ampliación o reducción de campos reglamentarios.

  • Si la modificación es de datos de los apartados 1 y 2, no se deben marcar los campos reglamentarios ni el personal habilitado
  • Si la modificación es de los epígrafes de un campo reglamentario o del personal habilitado, en el apartado 7 sólo se debe marcar el campo reglamentario objeto de modificación. En este caso se debe listar todo el personal habilitado que queda en ese campo reglamentario tras la modificación.

TRASLADO: Se debe marcar en caso de que la empresa cambie de domicilio. No haría falta marcar los campos reglamentarios ya que cambian todos.

TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA

  • Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
    • Aquellas personas físicas que inicien de forma electrónica un procedimiento administrativo de autorización ambiental integrada, evaluación ambiental o autorización sectorial ambiental, así como los relacionados con la actividad industrial, energética y minera, se entiende que tienen acceso y disponen de los medios electrónicos necesarios y, por lo tanto, quedarán obligadas a continuar la relación con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a través de medios electrónicos, en el ámbito del procedimiento de que se trate, en función de lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 10/2018, de 9 de noviembre, de Aceleración de la Transformación del Modelo Económico Regional para la Generación de Empleo Estable de Calidad.
    • Las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y el resto de sujetos establecidos en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • Los trabajadores autónomos, que den ocupación a trabajadores por cuenta ajena para todos aquellos procedimientos administrativos relacionados directamente con el ejercicio de su actividad económica, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 10/2018, de 9 de noviembre, de Aceleración de la Transformación del Modelo Económico Regional para la Generación de Empleo Estable de Calidad.
    • En el supuesto de intervención de una empresa instaladora, deberá estar habilitada y contar con instaladores habilitados en el campo reglamentario correspondiente al tipo de instalación ejecutada.
    • En su caso, la habilitación de los instaladores se realizará dando cumplimiento a lo dispuesto en el procedimiento '1032 - Certificados y carnés profesionales' del catálogo de procedimientos y servicios de la administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Una vez que la empresa disponga de instaladores habilitados, deberá proceder a su habilitación, dando cumplimiento a lo dispuesto en el procedimiento '1045 - Registro de empresas de servicio a la actividad industrial'.

TASAS

T610. Tasa por Ordenación de actividades e instalaciones industriales y energéticas

  • En el formulario de solicitud electrónica, durante el proceso de presentación obtendrá la liquidación de la tasa correspondiente, para efectuar el pago con tarjeta de crédito o débito. No es necesario obtener la carta de pago.
  • Las personas físicas  que opten por desplazarse a una Oficina Presencial a presentar la solicitud, pueden obtener la carta de pago y el modelo de solicitud en el apartado correspondiente de este procedimiento, en el Servicio de atención telefónica (para envío por correo electrónico) y en algunas Oficinas Presenciales de la CARM. En este caso, deberá acompañar a la solicitud el justificante de abono de la tasa correspondiente.

SEGUIMIENTO DE LA TRAMITACIÓN

Los interesados podrán hacer un seguimiento telemático del estado en el que se encuentra la tramitación del expediente, accediendo a la Sede Electrónica de la CARM y pulsando sobre el enlace denominado "Cómo va lo mío".

   a) El titular, podrá acceder mediante certificado digital.

   b) Otros agentes (instaladores, técnicos, etc.), podrán acceder mediante la contraseña y número de expediente facilitados en el momento del registro de la declaración responsable, cuando la tramitación se haya realizado de forma presencial.

Información de notificaciones

Si usted es una persona física puede elegir el sistema de notificación (por carta o electrónicamente) ante la Administración, conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015.

Si usted está obligado a relacionarse electrónicamente con las Administraciones conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015 (personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos y personas que los representen) será notificado electrónicamente por Dirección Electrónica Habilitada DEH, aunque haya elegido notificación postal.

Los actos y resoluciones administrativos que se deriven de la tramitación de esta solicitud serán notificados electrónicamente por Dirección Electrónica Habilitada DEH, conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015 (personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos y personas que los representen).

Pueden acceder a las notificaciones DEH en https://notificaciones.060.es o en carpeta ciudadana https://sede.administracion.gob.es/carpeta/

Además de los avisos de notificación que se realicen desde DEH, podrá indicar una dirección de correo electrónico y/o un nº de teléfono móvil para que se le avise cuando se le envíen nuevas notificaciones.

Información Particular

   Para consulta de expedientes en tramitación o finalizados, y consultas de carácter técnico/administrativo relacionadas con las actividades de la Dirección General de Energía y Actividad Industrial Minera, puede utilizar el servicio de cita previa, disponible a través del procedimiento '3047 Consulta a la Dirección General de Energía y Actividad Industrial y Minera - Cita Previa':  http://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=3047&IDTIPO=240&RASTRO=c672$m2469Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica 

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades.

El titular de la empresa o su representante legal.

Tramitación inmediata:

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS (A14036704)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Disponer de la documentación, que en cada caso establezca la declaración responsable.

Requisitos posteriores

A. Disponer, mientras esté en servicio, y para presentar a la autoridad competente cuando ésta le requiera para su control o inspección, de toda la documentación que establecen los reglamentos e instrucciones técnicas complementarias que le son de aplicación a la instalación declarada. A efectos informativos se indica a continuación:

  1. Escritura de constitución de la sociedad y de sus estatutos, debidamente inscritos en el registro mercantil o que, como titular de la actividad o instalación declarada, se dispone de la documentación de índole fiscal y laboral acreditativa de constitución de la misma.
  2. En caso de cambio de titularidad: título/documento de transmisión patrimonial, público/privado acreditativo del cambio de titularidad de las instalaciones declaradas, así como el correspondiente documento de liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales.
  3. La documentación probatoria del cumplimiento de los requisitos reglamentarios  y resto de disposiciones que en esta materia establece la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y que le son de aplicación a la actividad desarrollada.

B. Comunicar cualquier hecho que suponga la modificación de los datos declarados, así como la baja de la instalación, mediante la presentación de una nueva declaración responsable a esta Administración en el plazo de un mes desde que dicha modificación se produzca.

Documentos a aportar junto con la solicitud

DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA LA INSCRIPCIÓN DE EMPRESAS DE SERVICIO A LA ACTIVIDAD INDUSTRIAL EN EL REGISTRO INTEGRADO INDUSTRIAL (RII) DE ESPAÑA DIVISIÓN B SECCIONES d) y e)
  • Declaración responsable
    (No obligatorio / No original)
    Declaración Responsable Inscripción Empresas al Servicio de la Actividad Industrial
  • Escritura de apoderamiento o poder de representación
    (No obligatorio / No original)
  • Consulta de Datos de Identidad (*)
  • Certificados de Títulos Universitarios por documentación (*)
  • Certificados de Títulos No Universitarios por documentación (*)
  • Domicilio fiscal (AEAT) (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

  • T610. Tasa por Ordenac.activ. e instalac.industr.-energéticas
    H00001 - Instalaciones industriales y energéticas sin proyect.técnico

Tasa a abonar Tasa T610.1.e Resto de tramitaciones sin proyecto técnico y por cada una de las actuaciones incluidas en el hecho imponible y no expresadas en los apartados anteriores. La liquidación de tasas correspondiente (que deberá efectuarse con tarjeta de crédito o débito), está integrada entre las diferentes fases del trámite telemático necesarias para el registro, por lo tanto, no es necesario obtener la carta de pago de forma independiente, ya que no se admitirá en el proceso.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A EMPR,ECONOM SOC. Y AUTONOMOS

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. DG de Transformación Digital. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia