Se inscribirán a través de este trámite aquellas empresas de servicio a la actividad industrial en el Registro Industrial Integrado (RII) de España división B Secciones d) y e) conforme Real Decreto 559/2010, que tengan la sede social/fiscal en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, teniendo a partir de la inscripción validez en todo el territorio nacional. En caso que su domicilio social/fiscal sea distinto a esta Comunidad, debe inscribirse en su lugar de origen. Solo es válida la inscripción en el Registro Integrado Industrial en todo el territorio nacional mediante una inscripción.
Atención, si quieren presentar la documentación anual para empresas de servicios ya registradas, para ello deben utilizar otro procedimiento, con el código 3753 (Sede electrónica de la Administración Pública de la C.A.R.M. - Documentación anual para empresas de servicio a la actividad industrial ya inscritas en el registro industrial (carm.es)).
Se inscribirán a través de este trámite aquellas empresas de servicio a la actividad industrial en el Registro Industrial Integrado (RII) de España división B Secciones d) y e) conforme Real Decreto 559/2010, que tengan la sede social/fiscal en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, teniendo a partir de la inscripción validez en todo el territorio nacional. En caso que su domicilio social/fiscal sea distinto a esta Comunidad, debe inscribirse en su lugar de origen. Solo es válida la inscripción en el Registro Integrado Industrial en todo el territorio nacional mediante una inscripción. Anualmente deberán presentar a través del procedimiento 3753 de la CARM la documentación exigida para su comprobación.
DECLARACIÓN RESPONSABLE
Instrucciones para la cumplimentación del apartado 3. OBJETO DE LA DECLARACIÓN de la Declaración Responsable del procedimiento 1045
NUEVA: Se debe marcar para la inscripción de una nueva empresa
BAJA: Se debe marcar para la baja total de la empresa. No haría falta marcar los campos reglamentarios ya que se dan de baja todos ellos
CAMBIO DE TITULARIDAD: Se debe marcar cuando se da un cambio de titularidad. No haría falta marcar los campos reglamentarios ya que cambian todos
MODIFICACION POR:
AMPLIACIÓN ÁMBITO REGLAMENTARIO: Se debe marcar cuando se amplía algún campo reglamentario. En el apartado 6 sólo se debe incluir el personal habilitado del campo objeto de ampliación. En el apartado 7 sólo se debe marcar el campo reglamentario objeto de ampliación.
REDUCCIÓN ÁMBITO REGLAMENTARIO: Se debe marcar cuando se pretenda dejar de actuar en uno o varios de los campos reglamentarios. En el apartado 6 no es necesario indicar el personal habilitado. En el apartado 7 sólo se debe marcar el campo reglamentario objeto de reducción
CAMBIO DE DENOMINACIÓN SOCIAL: Se debe marcar cuando hay un cambio de denominación social sin cambio de NIF. No haría falta marcar los campos reglamentarios ya que cambian todos. Tampoco se debe indicar el personal habilitado.
REVISIÓN DE DATOS: Se debe marcar cuando hay algún cambio que no incluya ampliación o reducción de campos reglamentarios.
TRASLADO: Se debe marcar en caso de que la empresa cambie de domicilio. No haría falta marcar los campos reglamentarios ya que cambian todos.
TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA
TASAS
T610. Tasa por Ordenación de actividades e instalaciones industriales y energéticas
SEGUIMIENTO DE LA TRAMITACIÓN
Los interesados podrán hacer un seguimiento telemático del estado en el que se encuentra la tramitación del expediente, accediendo a la Sede Electrónica de la CARM y pulsando sobre el enlace denominado "Cómo va lo mío".
a) El titular, podrá acceder mediante certificado digital.
b) Otros agentes (instaladores, técnicos, etc.), podrán acceder mediante la contraseña y número de expediente facilitados en el momento del registro de la declaración responsable, cuando la tramitación se haya realizado de forma presencial.
Información de notificaciones
Si usted es una persona física puede elegir el sistema de notificación (por carta o electrónicamente) ante la Administración, conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015.
Si usted está obligado a relacionarse electrónicamente con las Administraciones conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015 (personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos y personas que los representen) será notificado electrónicamente por Dirección Electrónica Habilitada DEH, aunque haya elegido notificación postal.
Los actos y resoluciones administrativos que se deriven de la tramitación de esta solicitud serán notificados electrónicamente por Dirección Electrónica Habilitada DEH, conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015 (personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos y personas que los representen).
Pueden acceder a las notificaciones DEH en https://notificaciones.060.es o en carpeta ciudadana https://sede.administracion.gob.es/carpeta/
Además de los avisos de notificación que se realicen desde DEH, podrá indicar una dirección de correo electrónico y/o un nº de teléfono móvil para que se le avise cuando se le envíen nuevas notificaciones.
Información Particular
Para consulta de expedientes en tramitación o finalizados, y consultas de carácter técnico/administrativo relacionadas con las actividades de la Dirección General de Energía y Actividad Industrial Minera, puede utilizar el servicio de cita previa, disponible a través del procedimiento '3047 Consulta a la Dirección General de Energía y Actividad Industrial y Minera - Cita Previa': http://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=3047&IDTIPO=240&RASTRO=c672$m2469
El titular de la empresa o su representante legal.
DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS (A14036704)
Disponer de la documentación, que en cada caso establezca la declaración responsable.
A. Disponer, mientras esté en servicio, y para presentar a la autoridad competente cuando ésta le requiera para su control o inspección, de toda la documentación que establecen los reglamentos e instrucciones técnicas complementarias que le son de aplicación a la instalación declarada. A efectos informativos se indica a continuación:
B. Comunicar cualquier hecho que suponga la modificación de los datos declarados, así como la baja de la instalación, mediante la presentación de una nueva declaración responsable a esta Administración en el plazo de un mes desde que dicha modificación se produzca.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Tasa a abonar Tasa T610.1.e Resto de tramitaciones sin proyecto técnico y por cada una de las actuaciones incluidas en el hecho imponible y no expresadas en los apartados anteriores. La liquidación de tasas correspondiente (que deberá efectuarse con tarjeta de crédito o débito), está integrada entre las diferentes fases del trámite telemático necesarias para el registro, por lo tanto, no es necesario obtener la carta de pago de forma independiente, ya que no se admitirá en el proceso.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A EMPR,ECONOM SOC. Y AUTONOMOS |