Inscribir una instalación elevadora de aguas subterráneas en sondeos, un grupo electrógeno o una línea eléctrica de baja tensión que preste servicio en actividades extractivas de exterior.
- Seguimiento de la tramitación
- Notificaciones electrónicas
- Información Particular
- Tasas
El titular de la instalación o su representante legal.
DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA Y ACTIVIDAD INDUSTRIAL Y MINERA (A14036704)
Ser titular, concesionario y/o explotador autorizado de una explotación minera, excepto para instalaciones elevadoras de aguas subterráneas que debe ser titular de un sondeo.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Obtener Carta de Pago (Autoliquidación)
Abonar el importe de la tasa con tarjeta de crédito o débito
El abono de esta tasa podrá realizarse con tarjeta bancaria junto con la solicitud o, posteriormente durante la tramitación del expediente; en este último caso habrá de remitirse el justificante del abono mediante el formulario de subsanación y mejora disponible en el menú " Ver otros trámites de este procedimiento " . La carta de pago (autoliquidación) se obtendrá : a) En el proceso de cumplimentación de la solicitud electrónica, tanto por los obligados a la tramitación electrónica, como para aquellos interesados que opten por este medio de tramitación. b) Los interesados no obligados a tramitar electrónicamente y que no opten por la tramitación electrónica pueden obtener pulsando sobre el enlace Obtener carta de pago. Una vez cumplimentados los datos necesarios se generará un archivo pfd con tres ejemplares de carta de pago en los que aparecen indicadas las posibles formas de efectuar el abono. También pueden obtenerla en las dependencias del Registro de la Dirección General de Energía y Actividad Industria y Minera, sita en calle García Alix nº 9 (duplicado) de Murcia capital .
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A EMPR,ECONOM SOC. Y AUTONOMOS |