Registro de establecimientos industriales (código 1075) (SIA 206940)

Información Básica

Objeto:

Mediante este procedimiento podrá inscribir un establecimiento o actividad industrial en el Registro de establecimientos industriales de la Región de Murcia y en el Registro Industrial Integrado del Ministerio competente en Industria. Así como dar de baja y realizar una modificación de la inscripción por ampliación, reducción, cambio de actividad, traslado, cambio de denominación social y cambio de titular de la instalación. Y revisar los datos de la inscripción o confirmar que no han sufrido variación pasados cinco años desde la inscripción. 

Información de Interés

DECLARACIÓN RESPONSABLE

  • La presentación de la declaración responsable habilita a los titulares de las instalaciones para ponerlas en funcionamiento con carácter inmediato con respecto a la legislación de seguridad industrial, sin perjuicio de la obtención de las autorizaciones que sean necesarias para el ejercicio de la actividad de la que forma parte el establecimiento o actividad.
  • Previamente a la presentación de la declaración responsable mediante este procedimiento para la inscripción en el registro industrial ha procedido a la inscripción de las instalaciones de seguridad industrial aplicables que existen en el interior del establecimiento o actividad industrial que le son de aplicación, describiendo estas instalaciones en la declaración responsable con su número de expediente correspondiente, en concreto en el apartado, "Datos Adicionales" "Maquinaria, instalaciones y medios de trabajo".
  • La declaración responsable ha de ser suscrita por el titular y el resto de agentes que intervienen en el diseño y ejecución de la instalación (empresa instaladora, redactor de la memoria técnica de diseño, técnico proyectista y/o técnico director de obra)
  • Que los datos y manifestaciones que figuran en este documento son ciertos y que el titular de la instalación o actividad es conocedor de lo establecido en:
    • El artículo 69.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que determina que la inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a una declaración responsable o la no presentación ante la Administración competente de la declaración responsable, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.
    • La Ley 21/1992, de 16 de julio de Industria, establece en su artículo 31.2.n que “La inexactitud, falsedad u omisión en cualquier dato, o manifestación, de carácter esencial, sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos señalados en la declaración responsable o la comunicación aportada por los interesados”, esta tipificada como falta grave, pudiendo ser sancionada con una multa de hasta 6.000.000 euros.
    • La Ley 21/1992, de 16 de julio de Industria, establece en su artículo 31.3.h que “La inexactitud, falsedad u omisión en cualquier dato, o manifestación, de carácter no esencial, sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos señalados en la declaración responsable o la comunicación aportada por los interesados”, esta tipificada como falta leve, pudiendo ser sancionada con una multa de hasta 60.000 euros.
  • En caso de presentación de solicitud a través de representante deberá acreditarse la representación, estando en todo caso a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Para más información consultar la información disponible en el procedimiento 9943 Sede electrónica de la Administración Pública de la C.A.R.M. - Apoderamiento de la Representación ante las Administraciones Públicas (carm.es).

TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA

  • Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
    • Aquellas personas físicas que inicien de forma electrónica un procedimiento administrativo de autorización ambiental integrada, evaluación ambiental o autorización sectorial ambiental, así como los relacionados con la actividad industrial, energética y minera, se entiende que tienen acceso y disponen de los medios electrónicos necesarios y, por lo tanto, quedarán obligadas a continuar la relación con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a través de medios electrónicos, en el ámbito del procedimiento de que se trate, en función de lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 10/2018, de 9 de noviembre, de Aceleración de la Transformación del Modelo Económico Regional para la Generación de Empleo Estable de Calidad.
    • Las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y el resto de sujetos establecidos en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    • Los trabajadores autónomos, que den ocupación a trabajadores por cuenta ajena para todos aquellos procedimientos administrativos relacionados directamente con el ejercicio de su actividad económica, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 10/2018, de 9 de noviembre, de Aceleración de la Transformación del Modelo Económico Regional para la Generación de Empleo Estable de Calidad.
    • En el supuesto de intervención de una empresa instaladora, deberá estar habilitada y contar con instaladores habilitados en el campo reglamentario correspondiente al tipo de instalación ejecutada.
    • En su caso, la habilitación de los instaladores se realizará dando cumplimiento a lo dispuesto en el procedimiento '1032 - Certificados y carnés profesionales' del catálogo de procedimientos y servicios de la administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Una vez que la empresa disponga de instaladores habilitados, deberá proceder a su habilitación, dando cumplimiento a lo dispuesto en el procedimiento '1045 - Registro de empresas de servicio a la actividad industrial'.

TASAS

T610. Tasa por Ordenación de actividades e instalaciones industriales y energéticas

  • En el formulario de solicitud electrónica, durante el proceso de presentación obtendrá la liquidación de la tasa correspondiente, para efectuar el pago con tarjeta de crédito o débito. No es necesario obtener la carta de pago.
  • Las personas físicas  que opten por desplazarse a una Oficina Presencial a presentar la solicitud, pueden obtener la carta de pago y el modelo de solicitud en el apartado correspondiente de este procedimiento, en el Servicio de atención telefónica (para envío por correo electrónico) y en algunas Oficinas Presenciales de la CARM. En este caso, deberá acompañar a la solicitud el justificante de abono de la tasa correspondiente.

SEGUIMIENTO DE LA TRAMITACIÓN

El titular, mediante certificado digital. podrá hacer un seguimiento telemático del estado en el que se encuentra la tramitación del expediente, accediendo a la Sede Electrónica de la CARM  https://sede.carm.espulsando sobre el enlace denominado “Carpeta empresarial" o "Carpeta Ciudadana”

Información de notificaciones

Si usted es una persona física puede elegir el sistema de notificación (por carta o electrónicamente) ante la Administración, conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015.

Si usted está obligado a relacionarse electrónicamente con las Administraciones conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015 (personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos y personas que los representen) será notificado electrónicamente por Dirección Electrónica Habilitada DEH, aunque haya elegido notificación postal.

Los actos y resoluciones administrativos que se deriven de la tramitación de esta solicitud serán notificados electrónicamente por Dirección Electrónica Habilitada DEH, conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015 (personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, profesionales colegiados, empleados públicos y personas que los representen).

Pueden acceder a las notificaciones DEH en https://notificaciones.060.es o en carpeta ciudadana https://sede.administracion.gob.es/carpeta/

Además de los avisos de notificación que se realicen desde DEH, podrá indicar una dirección de correo electrónico y/o un nº de teléfono móvil para que se le avise cuando se le envíen nuevas notificaciones.

Información Particular

   Para consulta de expedientes en tramitación o finalizados, y consultas de carácter técnico/administrativo relacionadas con las actividades de la Dirección General de Energía y Actividad Industrial Minera, puede utilizar el servicio de cita previa, disponible a través del procedimiento '3047 Consulta a la Dirección General de Energía y Actividad Industrial y Minera - Cita Previa':  http://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=3047&IDTIPO=240&RASTRO=c672$m2469Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica 

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades y Administración.

El titular de la instalación o su representante legal.

Tramitación inmediata:

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS (A14036704)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

La inscripción en el Registro Industrial se deber realizar antes de la puesta en servicio o comenzar sus actividades. Debe disponer de la documentación, que en cada caso se establezca en la declaración responsable.

La presentación de la DECLARACIÓN RESPONSABLE a través de este procedimiento habilita a los titulares del establecimiento o actividad de carácter industrial ubicadas en la Región de Murcia a ponerlas en funcionamiento con carácter inmediato con respecto a la legislación de seguridad industrial, sin perjuicio de la obtención de las autorizaciones que sean necesarias para el ejercicio de la actividad de la que forma parte el establecimiento.

El titular o representante, antes de iniciar la inscripción en el Registro de Establecimientos Industriales, debe realizar los trámites que corresponda para la puesta en funcionamiento, o modificación, o cambio de titularidad, o baja, de las diferentes instalaciones de seguridad industrial que existan en el interior del establecimiento industrial (instalación de baja tensión, instalación de protección contra incendios, instalación frigorífica, instalación petrolífera, instalación receptora de gas, instalación de suministro de agua, instalación de alta tensión, instalación de almacenamiento GLP, instalaciones de aparatos a presión, instalación de almacenamiento de productos químicos,…) a través de los procedimientos disponibles en la CARM siguientes:

CODIGO  SIA          NOMBRE

9             206527    Registro de instalaciones eléctricas de alta tensión

19           201487    Registro de instalaciones eléctricas de baja tensión

60           206529    Registro de instalaciones de gases combustibles

61           206530    Registro de instalaciones térmicas en los edificios

272          206643    Registro de equipos a presión

273          201247    Registro de instalaciones frigoríficas

985          206918    Registro de aparatos elevadores

988          206920    Registro de instalaciones de almacenamiento de productos químicos

995          206922    Registro de instalaciones de almacenamiento de productos petrolíferos líquidos

1001        202100    Registro de instalaciones interiores de suministro de agua

1003        206924    Registro de instalaciones de protección contra incendios en establecimientos industriales

Requisitos posteriores

A. Disponer, mientras esté en servicio, y presentar a la autoridad competente cuando ésta le requiera para su control o inspección, toda la documentación que establecen los reglamentos e instrucciones técnicas complementarias aplicables al establecimieto o actividad industrial, que le son de aplicación a la instalación declarada. A efectos informativos se indica a continuación:

  1. Escritura de constitución de la sociedad y de sus estatutos, debidamente inscritos en el registro mercantil o que, como titular de la actividad o instalación declarada, se dispone de la documentación de índole fiscal y laboral acreditativa de constitución de la misma.
  2. En caso de cambio de titularidad: título/documento de transmisión patrimonial, público/privado acreditativo del cambio de titularidad de las instalaciones declaradas, así como el correspondiente documento de liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales.
  3. La documentación para la puesta en servicio de la instalación que establece el Reglamento de Registro Integrado Industrial y resto de disposiciones que en esta materia establece la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y que le son de aplicación a la instalación declarada.

B. Comunicar cualquier hecho que suponga la modificación de los datos declarados, así como la baja de la instalación, mediante la presentación de una nueva declaración responsable a esta Administración en el plazo de un mes desde que dicha modificación se produzca.

C. Los documentos de diseño, instalación y puesta en servicio de las instalaciones realizadas en base a la reglamentación de seguridad industrial desarrollada a partir de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria (proyecto, memoria de instalación, certificado de instalación, certificado de dirección técnica e informes de organismos de control), que tiene que tener el titular a disposición de la administración competente y que pueden ser requeridos. Deben tener firma electrónica cualificada y llevar asociado una de las siguientes modalidades de referencia temporal, marca de tiempo o sello electrónico cualificado de tiempo, de modo que se garantice la autentificación del firmante y la garantía de la fecha y hora de su realización. Conforme establece los artículos 15,46 y 50 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Registro de establecimientos industriales
  • Documentación acreditativa
    (No obligatorio / No original)
    Archivo de datos específicos REI (máquinas instaladas, instalaciones sujetas a reglamentos de seguridad industrial, materias primas...).
  • Declaración responsable
    (No obligatorio / No original)
    Declaración Responsable Inscripción Establecimientos Industriales
  • Certificado
    (No obligatorio / Original)
    Archivo de ratificación del redactor de la Memoria Técnica de la instalación. Archivo de ratificación del técnico proyectista. Archivo de ratificación del técnico director de obra.
  • Escritura de apoderamiento o poder de representación
    (No obligatorio / No original)
  • Proyecto
    (No obligatorio / No original)
    Proyecto general del establecimiento industrial suscrito por técnico titulado competente acompañado de declaración responsable, cuando éste no se encuentre visado por el Colegio Oficial correspondiente.
  • Memoria
    (No obligatorio / No original)
    Memoria suscrita por el interesado o por su representante debidamente acreditado. La memoria se ajustará a los contenidos del Anexo II del Decreto 20/2003.
  • Certificado de dirección de obra
    (No obligatorio / No original)
    Certificado general suscrito por técnico titulado competente acompañado de declaración responsable, cuando éste no se encuentre visado por el Colegio Oficial correspondiente.
  • Justificante del pago de la tasa
    (No obligatorio / No original)
    Documento acreditativo de haber efectuado la liquidación de la tasa correspondiente (excepto para baja de la instalación).
  • Póliza del seguro
    (No obligatorio / No original)
    Póliza de seguro de responsabilidad civil por una cuantía de capital asegurado por siniestro conforme se establezca reglamentariamente (solo para agentes autorizados a colaborar con las administraciones públicas)
  • Resolución
    (No obligatorio / No original)
    Resolución del procedimiento (código 26) (SIA 204676) Plan de emergencia interior y evaluación de informe de seguridad de establecimientos afectados por accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas (Solo para Instalaciones incluidas en el campo de aplicación del R.D. 840/2015 Accidentes Graves).
  • Certificado
    (No obligatorio / No original)
    Certificado de seguridad en máquinas suscrito por técnico titulado competente acompañado de declaración responsable, cuando éste no se encuentre visado por el Colegio Oficial correspondiente.
  • Documentación acreditativa
    (No obligatorio / No original)
    Documento acreditativo de haber efectuado la liquidación del impuesto de transmisiones, si se ha producido un cambio de titularidad.
  • Escritura pública
    (No obligatorio / No original)
    Escritura pública de cambio de denominación social.
  • Estudio
    (No obligatorio / No original)
    Estudio técnico que incluirá, al menos, una relación detallada de los útiles, equipos y herramientas de que disponen, de acuerdo con las ramas de actividad que vayan a desarrollar así como una relación detallada de los diversos trabajos y servicios que podrá prestar el taller (solo para talleres de reparación de vehículos automóviles)
  • Autorización
    (No obligatorio / No original)
    Autorización escrita del fabricante nacional, o del representante legal del fabricante extranjero, en el caso de tratarse de los “talleres oficiales de marca” a que se refiere el artículo 3.º1.b del RD 455/2010) (solo para talleres de reparación de vehículos automóviles).
  • Certificado
    (No obligatorio / No original)
    Certificado de conformidad emitido por un laboratorio oficial acreditado, reconocido por la Dirección General de Política Energética y Minas (solo para talleres de reparación de elementos de seguridad en minas).
  • Documentación acreditativa
    (No obligatorio / No original)
    Autorización o concesión de otorgamiento o transmisión del derecho minero en su caso, autorización de establecimiento de beneficio y de puesta en servicio de las instalaciones, así como las inscripciones procedentes en los registros reglamentarios (nuevas industrias y ampliaciones).
  • Certificado
    (No obligatorio / No original)
    Certificado de acreditación de ENAC en los campos reglamentarios de actuación (solo para agentes autorizados a colaborar con las administraciones públicas).
  • Diligencia
    (No obligatorio / No original)
    Si se tienen instalaciones de seguridad industrial dentro de su establecimiento debe disponer de las diligencias de inscripción por declaración responsable. Nota: En el caso de tener varias diligencias de inscripción juntarlas en un solo documento y adjuntarlo.
  • Póliza del seguro
    (No obligatorio / No original)
    Póliza de seguro de responsabilidad civil por una cuantía mínima de 300.000 € (solo para talleres de reparación de elementos de seguridad en minas).
  • Consulta de Datos de Identidad (*)
  • Domicilio fiscal (AEAT) (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

  • T610. Tasa por Ordenac.activ. e instalac.industr.-energéticas
    H00001 - Instalaciones industriales y energéticas sin proyect.técnico
  • T610. Tasa por Ordenac.activ. e instalac.industr.-energéticas
    H00002 - Instalaciones industriales y energéticas con proyect.técnico

Tasa T610.1.e - Ordenación de actividades e instalaciones industriales y energéticas sin proyecto técnico y por cada una de las actuaciones incluidas en el hecho imponible (por cada actuación). Resto de tramitaciones sin proyecto técnico y por cada una de las actuaciones incluidas en el hecho imponible y no expresadas en los apartados anteriores.

T610.2 - Tasa por la ordenación de actividades e instalaciones industriales y energéticas. Ordenación de actividades e instalaciones industriales y energéticas con proyecto técnico.

Existen beneficios fiscales aplicables a las tasas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para emprendedores, pymes y microempresas, en el ejercicio 2020, establecidos en la disposición adicional decimocuarta del Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de tasas, precios públicos y contribuciones especiales.

 

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 3 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Positivo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A EMPR,ECONOM SOC. Y AUTONOMOS

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. DG de Transformación Digital. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia