Permite subvencionar a entidades sin ánimo de lucuro para ayudarles a financiar Programas Formativos Profesionales,dirigidos a alumnos con necesidades especiales asociadas a discapacidad (modalidad Especial) o a jóvenes socialmente desfavorecidos (Adaptada). Los programas tienen una duración de un curso escolar (Adaptada) o dos cursos académicos (Especial) y proporcionan al alumnado que participe una formación básica y profesional en alguno de los perfiles profesionales que se relacionan en el ANEXO I de la Orden de convocatoria.
Cuantía de la solicitud
Las cuantía de la solicitud asciende a 50.000,00 € por programa, si es de modalidad Adaptada, y de 100.000,€ (50.000,00 € por curso) si se trata de la modalidad Especial.
La distribución de la subvención engloba dos conceptos:
a) Costes directos del personal formador.
b) Otros costes (40% de los costes directos de personal formador)
A modo de ejemplo, si va a pedir 50.000,00 € la distribución de la subvención ascendería a 35.714,29 € para los Costes directos del personal formador y de 14.285,71 € para Otros costes (40% de los costes directos de personal formador).
Criterios de valoración.
a) Experiencia en las cinco últimas convocatorias de estas enseñanzas (hasta 1 punto).
b) Justificación de la necesidad del programa y adecuación de la metodología a seguir (hasta 1 punto).
c) Experiencia de la entidad en atención a jóvenes en situación de riesgo o exclusión social (hasta 1 punto).
d) Infraestructura y recursos humanos y materiales que la entidad solicitante pone a disposición del programa, así como garantía de la disponibilidad de estos recursos en las fechas de inicio del programa solicitado (hasta 2 puntos).
e) Grado de implicación de las empresas del sector profesional (hasta 1 punto).
f) Adecuación del programa a las necesidades de formación en la zona. Se tendrán en cuenta las necesidades detectadas, el número, perfil y modalidad de los programas solicitados así como la oferta de los ciclos de Formación Profesional de Grado Básico en cada municipio de la Región (hasta 3 puntos).
g) Número de solicitudes de posibles alumnos/as recibidas por la entidad para la incorporación al Programa Formativo Profesional que cubra la oferta del mismo (hasta 1 punto).
Requisitos: Entidades cuyo ámbito de actuación se encuentre en la Región de Murcia.Podrán ser beneficiarias las entidades cuyo ámbito de actuación se encuentre en la Región de Murcia en los siguientes términos:A. En la modalidad Adaptada, podrán solicitar esta subvención las entidades sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, que dispongan de infraestructura adecuada para desarrollar el programa y de experiencia acreditada en la atención a jóvenes socialmente desfavorecidos.B. En la modalidad Especial, podrán solicitar esta subvención las entidades sin fines de lucro que dispongan de infraestructura suficiente para desarrollar el programa y con experiencia acreditada en la inclusión social y laboral de las personas con discapacidad.Para poder ser beneficiaria de las subvenciones reguladas en esta orden, las entidades solicitantes deberán cumplir los requisitos exigidos en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones.Las entidades solicitantes deben estar autorizadas por la Consejería con competencias en Educación tal y como establece el apartado 3 del artículo 25 del Decreto n.º 12/2015, de 13 de febrero.
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL, ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL Y EDUCACIÓN PER (A14046233)
Para tomar parte en esta convocatoria, los beneficiarios deberán reunir y acreditar los requisitos generales, así como aquellos específicos de cada modalidad, conforme el artículo 3 de la Orden de 4 de octubre de 2023 (BORM de 6 de octubre de 2023) por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el desarrollo de Programas Formativos Profesionales en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Las solicitudes deben ir acompañadas de la documentación señalada en los artículos 5 y 6 de la Orden de 4 de octubre de 2023 (BORM de 6 de octubre de 2023).
El interesado realizará la solicitud de subvención a través de este formulario electrónico al que podrá acceder mediante cuenta activa en cl@ve pin, certificado digital admitido por la Sede electrónica o DNI electrónico. Al finalizar quedará presentada a todos los efectos.
Los beneficiaios de las subvenciones deberán presentar la justificación conforme a los artículos 12 y 15 de la Orden de 4 de octubre de 2023 (BORM de 6 de ocubre de 2023).
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Una vez iniciados los programas de la modalidad especial de la convocatoria de 2022, las entidades subvencionadas remitirán a la Dirección General competente en materia de Formación Profesional, en la fecha indicada en la resolución, la documentación que se detalla en el artículo 11.3 de las bases reguladoras.
De acuerdo con el artículo 15 de las bases reguladoras, en el plazo de dos meses a contar desde la fecha límite de finalización de los programas indicada en la resolución de la convocatoria, las entidades beneficiarias deberán presentar la justificación de la subvención recibida ante la Dirección General competente en materia de Formación Profesional.
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Potestativo de reposición |