Estudio y valoración de menores en situación de desamparo (código 131) (SIA 206566)

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Información Básica

Objeto:

Estudiar y valorar situaciones de desprotección cuyos indicadores apunten a un desamparo.

Información de Interés

Se considera situación de desamparo la que se produce de hecho a causa del incumplimiento, o del imposible o inadecuado ejercicio de los deberes de protección establecidos por las leyes para la guarda de los menores, cuando éstos queden privados de la necesaria asistencia moral o material.

El Servicio de Protección de Menores es la Entidad Pública competente para actuar en casos de desamparo y adoptará las oportunas medidas de protección.

Destinatarios:

Ciudadanía y Administración.

Menores en situación de desprotección cuyos indicadores apunten a un desamparo: menores que sufren abandono, abuso sexual, maltrato y/o negligencia hacia sus necesidades físicas y/o emocionales ejercidas por sus padres o tutores legales, por imposible o inadecuado ejercicio de la patria potestad o tutela.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE FAMILIAS, INFANCIA Y CONCILIACIÓN (A14028747)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Para iniciar el procedimiento por la Administración Pública, se requieren informes de valoración de indicadores de desprotección que apunten a una situación de desamparo.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Valoración de desamparo
  • Informe
    (Obligatorio / No original)
    Informe emitido por administración pública y o entidad que detecte la situación de desamparo, en el que acredite la gravedad de la situación del niño, niñas o adolescente y se justifique la necesaria intervención de la Entidad Pública
  • Informe escolar
    (No obligatorio / No original)
    Protocolos escolares del/los menor/es.
  • Informe médico
    (No obligatorio / No original)
    Informes médicos, pediátricos, de especialistas del/los menor/es (Programa del Niño Sano, vacunas, etc.), salud mental, consumo de tóxicos, minusvalías, Centrode Atención a Drogodependientes, control del embarazo de los padres o tutores.
  • Informe
    (No obligatorio / No original)
    policial de/los menor/es y padres o tutores.

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


  • Valoración de desamparo   [En plazo: Continuo]

Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: De Oficio
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Desestimatorio
Información adicional sobre recursos
Esta Resolución, de acuerdo con el apartado 4 del artículo 24 de la Ley 3/1995, de 21 de marzo, de la Infancia de la Región de Murcia, pone fin a la vía administrativa, pudiendo ser recurrida, sin necesidad de reclamación previa en vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 780.1 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, ante la Jurisdicción Civil, Juzgados de Primera Instancia de Familia de Murcia, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación.

Normativa

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. DG de Transformación Digital. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia