Conceder una subvención, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo de un programa destinado al acompañamiento social al realojo de familias, en situación de exclusión social y residencial cronificada.
1. SOLICITUD
La presentación de la solicitud, que deberá ir firmada electrónicamente por la persona representante de la entidad, previa su cumplimentación, según lo recogido en el artículo 8 de la convocatoria, se realizará preferentemente en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Se cumplimentará el formulario genérico obrante en la sede electrónica, además del "Anexo I. Solicitud de financiación", acompañando los documentos y anexos que se reflejan en el artículo 9 de la convocatoria.
2. COFINANCIACIÓN FONDO SOCIAL EUROPEO (FSE)
El programa objeto de subvención será cofinanciado con cargo al FSE+, en un porcentaje del 60%, en el marco del Programa FSE+ de la Región de Murcia 2021-2027, en la Prioridad de inversión 2. Inclusión social y lucha contra la pobreza, Objetivo Específico J: "Promover la integración socioeconómica de las comunidades marginadas, como los gitanos ".
3. DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA Y JUSTIFICACIÓN
La documentación a presentar por la entidad adjudicataria tras la notificación de la propuesta de resolución (art. 10), así como la relativa a la justificación se presentará a través de la opción "Aportación de documentos para la justificación de la subvención" de este procedimiento.
4. CONVOCATORIA Y PUBLICACIONES
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/694496
https://www.borm.es/#/home/anuncio/13-05-2023/2948
Desde el siguiente enlace se puede acceder al contenido íntegro de las convocatorias y a todas las publicaciones de la misma:
http://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=61428&IDTIPO=100&RASTRO=c889$m
Entidades sin fin de lucro en cuyo objeto o fin social se incluya la atención de personas en situación o riesgo de exclusión social.
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES, TERCER SECTOR Y GESTIÓN DE LA DIVERSIDAD (A14028750)
- Entidades sin fin de lucro en cuyo objeto o fin social se incluya la atención de personas en situación o riesgo de exclusión social, para la realización, en la Región de Murcia, del programa objeto de subvención.
- No estar incurso en las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones .
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y de sus obligaciones económicas frente a la Seguridad Social; así como no tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.
- Estar inscritas en el Registro de Centros y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y tener autorización para la realización de las actividades objeto de la subvención, de conformidad con el Decreto n.º 3/2015, de 23 de enero, por el que se regula la autorización, la acreditación, el registro y la inspección de Entidades, Centros y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y se establece la tipología básica de los mismos y en el caso de no estarlo, haberlo solicitado antes de la finalización del plazo de solicitud de esta subvención. Las actividades objeto de lo proyectos presentados, deberán estar autorizadas con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión de la subvención.
- Que la realización de la actividad subvencionada tenga cabida dentro del objeto o fines sociales de la entidad.
Los beneficiarios están obligados a presentar la justificación ante la Dirección General de Servicios Sociales y Relaciones con el Tercer Sector relativa a la aplicación de los fondos percibidos a la finalidad que sirvió de fundamento a la concesión de la subvención
Se realizarán justificaciones de cada anualidad de la subvención que deberán presentarse en el plazo de tres meses, después de la finalización de cada anualidad presupuestaria o, en el caso de la última anualidad, en el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de ejecución de la subvención.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Según el artículo 15 de la Orden de convocatoria
Según el artículo 8 de la Orden de bases
Según artículo 10 de la Orden de convocatoria
Las entidades beneficiarias deberán presentar la documentación justificativa según el artículo 18 de la Orden de convocatoria (artículo 17 de la Orden de convocatoria de 2020 y/o el artículo 19 de la Orden de convocatoria 2022)
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | CONSEJERO/A POL.SOCIAL, FAMILIAS E IGUALD. |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |