Procedimiento de declaración de responsabilidad solidaria (código 1528) (SIA 212902)

Información Básica

Objeto:

Dar respuesta en el Tramite de Audiencia del procedimiento dirigido a la declaración de responsabilidad solidari

Información de Interés

Inicio: De oficio por la Administración en cualquier momento posterior a la práctica de la liquidación o a la presentación de la autoliquidación, salvo que la Ley disponga otra cosa.

El procedimiento de declaración de responsabilidad se iniciará mediante acuerdo dictado por el Servicio de Recaudación en Vía Ejecutiva, que deberá ser notificado al interesado.

Tramitación: El trámite de audiencia será de 15 días contados a partir del día siguiente al de la notificación de la apertura de dicho plazo.

Terminación: El plazo máximo para la notificación de la resolución del procedimiento será de seis meses.

Ejecución: Cuando la responsabilidad haya sido declarada y notificada al responsable en cualquier momento anterior al vencimiento del período voluntario de pago de la deuda que se deriva, bastará con requerirle el pago una vez transcurrido dicho período. En los demás casos, una vez transcurrido el período voluntario de pago de la deuda que se deriva, el órgano competente dictará acto de declaración de responsabilidad que se notificará al responsable.

Destinatarios:

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

SERVICIO DE RECAUDACIÓN (A14036669)

Requisitos

No existen requisitos específicos

Documentos a aportar junto con la solicitud

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Modelos para solicitudes

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: De Oficio
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. De oficio: Caducidad
Información adicional sobre recursos
Reposición: Plazo: Un mes. Con carácter potestativo, ante el Servicio de Recaudación en Vía Ejecutiva, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa.Reclamación Económico-administrativa: Plazo: Un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender resuelto el procedimiento o el recurso de reposición previo. Se dirigirá al Servicio de Recaudación en Vía Ejecutiva.

Normativa

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia