Elaborar y aprobar normas que innovan el ordenamiento jurídico.
Consulta previa, información pública y audiencia a interesados en los procedimientos de elaboración y tramitación de normas jurídicas con forma de ley y reglamento (decreto u orden), a fin de que los ciudadanos puedan participar y manifestar su opinión sobre la regulación pretendida.
Se dará cumplimiento al trámite de consulta pública a través de la página web correspondiente, con carácter previo a la elaboración y tramitación de un proyecto normativo, sea una iniciativa legislativa o reglamentaria.
Se recomienda que los escritos de observaciones, alegaciones o sugerencias tengan el siguiente contenido:
a) El nombre y apellidos o razón social del interesado, así como su identificación.
b) La mención al proyecto normativo concreto respecto del que se presenta escrito de alegaciones y las observaciones, sugerencias o propuestas que se formulan al mismo.
c) Lugar, fecha, e identificación del medio y, en su caso, del lugar que se señale a efectos de notificaciones/comunicaciones.
d) Órgano, centro o unidad administrativa al que se dirige y su correspondiente código de identificación, si lo conoce.
Y podrán acompañarse de cuantos documentos se consideren oportunos en apoyo de las argumentaciones aducidas o de los intereses defendidos.
Depende del objeto y la naturaleza de la disposición.Asociaciones, organizaciones sociales, empresas, instituciones, personas jurídicas de todo tipo, entidades sin personalidad jurídica y particulares que puedan tener interés o resultar afectados por un futuro proyecto normativo.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |