Conjunto de actuaciones que realiza la Administración ambiental con el fin de descubrir las actividades y/o instalaciones no autorizadas así como de comprobar el cumplimiento de las condiciones ambientales impuestas a través de la autorización ambiental autonómica o por la legislación ambiental que sea de aplicación. A través de este procedimiento se puede:
En este procedimiento se pueden adjuntar archivos de gran tamaño (de más de 5 Mb), los cuales deberán estar previamente en la aplicación ALMACÉN. La aplicación ALMACÉN permite añadir documentos de hasta 1 Gb de tamaño.
Para ello, cuando se vaya a adjuntar el archivo de gran tamaño, se deberá acceder a la pestaña de ARCHIVOS DE GRAN TAMAÑO.
Personas físicas o jurídicas, titulares de actividades y/o instalaciones, a las que se refiere la actuación inspectora ambiental.
DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO AMBIENTE (A14028280)
Tratándose de instalaciones sujetas a Autorización Ambiental Integrada, los informes de inspección se notificarán al titular de la instalación o actividad en un plazo máximo de 2 meses a partir de la fecha en que finalice la visita de inspección, para que realice las alegaciones que estime convenientes, por un plazo de 15 días, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y desarrollo de la Ley 16/2002 de Prevención y Control Integrados de la Contaminación.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.