La presentación de solicitudes y documentación respecto a proyectos sujetos a la autorización ambiental integrada ante la Dirección General de Medio Ambiente, bien como órgano competente para otorgar la AAI o como órgano sustantivo a efectos de evaluación, se realizará a través de alguno de los siguientes procedimientos disponibles en la Guía de procedimientos y servicios:
URL Guía procedimientos y servicios
https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=1600&IDTIPO=240
URL Guía procedimientos y servicios
https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=5723&IDTIPO=240
Un proyecto sujeto a autorización ambiental integrada, si debe ser objeto de la evaluación de impacto ambiental simplificada, la solicitud de autorización se presentará una vez que el órgano ambiental haya finalizado el procedimiento de evaluación de impacto ambiental.
Una vez iniciado un procedimiento ante la Dirección General de Medio Ambiente según las reglas expuestas (o ante el órgano sustantivo que corresponda según el artículo 85 de la Ley 4/2009), las actuaciones en el trámite de la evaluación de impacto ambiental que deban realizarse ante el órgano ambiental autonómico (la Dirección General de Medio Ambiente o la Secretaría General de Medio Ambiente, Mar Menor, Universidades e Investigación), respecto a los proyectos que también estén sujetos a autorización ambiental autonómica, se realizarán a través del siguiente procedimiento 1601:
URL Guía procedimientos y servicios
Por reasignación del procedimiento 1599, la presentación de solicitudes y documentación por el interesado se realizará a través del procedimiento 1600 o 5723 que corresponda, según lo expuesto en el apartado "Descripción".
Titulares de las instalaciones en las que se desarrolle alguna de las actividades incluidas en el anejo 1 del Real Decreto Legislativo 1/2016.Por reasignación del procedimiento 1599, la presentación de solicitudes y documentación por el interesado se realizará a través del procedimiento 1600 o 5723 que corresponda, según lo expuesto en el apartado "Descripción".
DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO AMBIENTE (A14028280)
Este procedimiento está sujeto al pago de tasa cuyo justificante ha de aportarse para tramitar la solicitud. • La carta de pago puede obtenerla en el apartado tasas y abonarla con tarjeta de crédito en la Pasarela de Pago de la CARM •El justificante del abono, si presenta la solicitud electrónica, puede aportarlo como documento anexo junto con la solicitud, o mediante el formulario de actos de trámite de un procedimiento ya iniciado este procedimiento dentro del plazo máximo que se establezca, indicando en este último cso el nº de registro de la solicitud electrónica
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A AGUA, AGRICUL, GANAD. Y PESCA |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |