Devolución de los gastos producidos por la compra de material ortoprotésico que de manera excepcional se han adquirido en un establecimiento dispensador ubicado fuera de la Región de Murcia.
La dispensación de productos ortoprotésicos seriados, así como la adaptación individualizada de productos sanitarios fabricados según métodos de fabricación continua o en serie y la adaptación individualizada de los productos sanitarios a medida, se podrá realizar a través de aquellos establecimientos sanitarios de la Región de Murcia, ortopedias, ópticas y establecimientos de audioprótesis, que cuenten con la correspondiente autorización sanitaria e inscripción en el Registro de Centros, Establecimientos y Servicios Sanitarios del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y reúnan además las condiciones y requisitos establecidos en el Protocolo para la dispensación de los productos ortoprotésicos.
Excepcionalmente, podrán dispensar establecimientos sanitarios ubicados fuera de la Región de Murcia y, por tanto, no inscritos en el registro de recursos sanitarios regionales de la Comunidad Autónoma Región de Murcia, en aquellos supuestos en que concurran circunstancias especiales por razón del interesado o en atención a las características técnicas específicas del producto o tipo de producto, si bien en estos casos el paciente no tendrá derecho a la obtención de ayudas por desplazamiento a cargo del Servicio Murciano de Salud. En ningún caso, se financiarán productos adquiridos on line a través de Internet.
El Servicio Murciano de Salud abonará el importe del producto dispensado, en los términos y con los límites previstos:
En los casos de:
Usuarios del Servicio Murciano de Salud con prescripción de prestación ortoprotésica que de manera excepcional acuden a un establecimiento dispensador ubicado fuera de la Región de Murcia.
Una vez realizada la correspondiente prescripción y obtenida, en su caso, la conformidad, el interesado dispondrá de un plazo de 60 días para acudir al establecimiento sanitario de su elección a los efectos de la dispensación y, en su caso, adaptación o elaboración del producto.
S.M.S. - SERVICIO MURCIANO DE SALUD (A14004326)
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
| Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
|---|---|
| Reclamación previa a la vía jurisdiccional social |