Conceder la habilitación o autorización a veterinarios para expedir los certificados sanitarios oficiales de movimiento para el traslado de animales con origen en explotaciones de la Región de Murcia.
Veterinarios de empresas ganaderas y/o de Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera.
DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA, GANADERA Y PESQUERA (A14035033)
Para que un veterinario sea habilitado o autorizado por la administración para expedir los certificados sanitarios oficiales de movimiento debe reunir los siguientes requisitos:
- Estar colegiado en el correspondiente Colegio Oficial de Veterinarios.
- Poseer una experiencia minima de 3 meses en el sector para el que solicita la habilitación o autorización, o
- Poseer cursos de formación, jornadas o similares específicos en materia de sanidad animal en la especie para la que solicita la autorización, con una duración mínima de 25 horas lectivas. Cuando se trate de veterinarios de espectáculos taurinos también podrán ser cursos en esta materia.
- Realizar una sesión formativa impartida por la Administración a los efectos de conocer el funcionamiento de la base de datos informática necesaria para expedir los certificados.
- Actuar con imparcialidad sin que puedan formar parte de los órganos rectores de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera o empresas ganaderas, para las explotaciones para las que se solicita la habilitación o autorización para la expedición del Certificado sanitario oficial de movimiento.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
La liquidación de las tasas de este procedimiento (que deberá efectuarse con tarjeta de crédito o débito), quedará integrada entre las diferentes fases del trámite telemático, que los solicitantes deberán realizar para obtener la autorización. Es decir, en el trámite de la solicitud, necesariamente se accederá a la Pasarela de Pagos, para realizar el pago de la correspondiente tasa.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A AGUA, AGRICUL, GANAD. Y PESCA |