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Programa de integración laboral de personas con discapacidad en centros especiales de empleo. Subprograma de mantenimiento de puestos de trabajo: Saneamiento financiero (código 1931) (SIA 207428)

Información Básica

Objeto:

Conceder subvenciones, por una sola vez en la vida del Centro y con carácter excepcional y extraordinario, para consolidar los puestos de trabajo ocupados por discapacitados en Centros Especiales de Empleo y destinadas a equilibrar y sanear financieramente a los CEE, con el fin de que alcancen niveles de productividad y rentabilidad que garanticen su viabilidad y estabilidad.

La cuantía de la subvención para Saneamiento Financiero será de tres mil euros (3.000,00 €) por trabajador discapacitado y como máximo, de sesenta mil euros (60.000 €), por Centro Especial de Empleo.

Con carácter transitorio se establecen las siguientes limitaciones para acceder a la concesión de subvenciones correspondientes al Programa 1 “Integración laboral de personas con discapacidad en CEE”, cuyos subprogramas y modalidades se recogen en el artículo 1, apartado 2, de esta orden:

1. Los Centros Especiales de Empleo calificados con posterioridad a la entrada en vigor de esta Orden, no podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en el citado Programa 1.

2. Los Centros Especiales de Empleo calificados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Orden, únicamente podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en la “modalidad de subvención de costes salariales”.

3.- Dichas limitaciones podrán suprimirse o modificarse cuando las disponibilidades presupuestarias lo permitan, mediante Resolución del Director General del Servicio Regional de Empleo y Formación.

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades.

Los titulares de Centros Especiales de Empleo ubicados en esta Comunidad Autónoma, que carezcan de ánimo de lucro y tengan declarada la condición de utilidad pública e 'imprescindibilidad', e inscritos como tales en el Registro Administrativo de la Región de Murcia.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y EMPLEO
SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACION (SEF) (A14036718)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Para optar a esta subvención, los Centros Especiales de Empleo deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Acreditación de su viabilidad técnica, económica y financiera.

b) Justificación de que, en el momento de presentar la solicitud, la situación financiera del Centro pone en grave peligro su subsistencia y, por tanto, el mantenimiento de los puestos de trabajo.

c) Se deberá presentar informe económico preciso (balance de situación y cuenta de pérdidas y ganancias) y Plan de Viabilidad que permita determinar la necesidad de la ayuda, su finalidad y la garantía de su reestructuración y viabilidad, una vez concedida la subvención. Se indicará qué proporción del coste total del Plan de Viabilidad será sufragado mediante recursos propios del Centro.

En todo caso, y como conclusión, circunscribiéndose al Centro Especial de Empleo, en epígrafe separado y diferenciado el informe deberá pronunciarse sobre los siguientes extremos:

Si queda plenamente justificada la necesidad de la obtención de la subvención solicitada o existen otras formas de resolver el problema financiero. Sí una vez obtenida la misma y aplicadas las medidas que en su caso se propongan en el Plan de Viabilidad, se considera que el Centro especial de Empleo es económicamente viable.

La acreditación de las circunstancias expresadas en el párrafo precedente deberá realizarse mediante informe de auditoría, realizado por persona inscrita en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC).

Este informe analizará la viabilidad técnica, económica y financiera del Centro Especial de Empleo y el impacto de la reestructuración derivada de la aplicación de la subvención solicitada.

El informe no podrá ser realizado por los socios, asociados o trabajadores por cuenta ajena de la entidad solicitante.

El informe de auditoría podrá ser subvencionado de acuerdo con lo previsto en el artículo 31 de la Orden de bases y por el importe que en el mismo se establece.

En su caso, las solicitudes de subvención de los dos subprogramas deberán presentarse conjuntamente. En el caso de que solicite subvención para saneamiento financiero, se admitirán los estudios o informes que con tal finalidad se hubieran realizado con anterioridad y siempre que no hubiese transcurridos tres meses desde su finalización.

d) No haber efectuado, en los doce meses anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda, despido calificado como improcedente.

e) Acreditar documentalmente, según lo previsto en el ANEXO de la Orden, el cumplimiento de las obligaciones que impone la Ley 31/1995, de 8 de noviembre (BOE nº 269, de 10/11/1995), de prevención de riesgos laborales y normativa de desarrollo.

f) No haber sido excluidos por sanción firme de los beneficios derivados de los programas de empleo, de acuerdo con el artículo 46.2 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto (BOE nº 189, de 08/08/2000), por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

g) Estar al corriente de sus obligaciones institucionales frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y no tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma.

Documentos a aportar junto con la solicitud

SUBVENCIONES PARA SANEAMIENTO FINANCIERO CEE
  • Certificado
    (Obligatorio / Original)
    Certificado expedido por el representante legal del Centro Especial de Empleo, acreditativo de la relación nominal de trabajadores con discapacidad (indicando apellidos, nombre, fecha de nacimiento, número del NIF, número de afiliación a la Seguridad Social, fecha de contratación, duración del contrato y si es a jornada completa o parcial).
  • Memoria
    (Obligatorio / Original)
    Memoria explicativa del desequilibrio financiero, su origen y plan estratégico que asegure la vida futura de la empresa, con actuaciones a medio y largo plazo
  • Balance
    (Obligatorio / Original)
    Balance de situación y cuenta de pérdidas y ganancias de los dos últimos ejercicios de actividad, cuando se hayan realizado actividades en dichos años.
  • Estudio
    (Obligatorio / Original)
    Estudio de viabilidad económica y financiera del Centro Especial de Empleo firmado por técnico competente externo al centro
  • Acreditación
    (Obligatorio / Original)
    Certificado acreditativo de tener efectuada la evaluación inicial de riesgos laborales y planificación de la actividad preventiva en virtud de la siniestrabilidad laboral del año anterior, expedido por el servicio de prevención que tuviere contratado, o por los técnicos debidamente cualificado si la empresa tuviere organizado un servicio propio de prevención
  • Declaración responsable
    (Obligatorio / Original)
    Declaración formal del representante legal de la entidad solicitante de haber obtenido, o no, de otras Administraciones Públicas o Entes Públicos o privados, nacionales o internacionales, otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad o actividad desarrollada por el beneficiario. En caso de haberlas obtenido se presentarán las correspondientes notificaciones de concesión.
  • Certificado de cuenta bancaria
    (Obligatorio / No original)
    IBAN
  • Certificado de estar al corriente de pago obligaciones tributarias con la CARM (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
  • Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con la AEAT para solicitud de ayudas y subvenciones (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

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Otros trámites de este procedimiento

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Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A EMPLEO, INVESTIGACION Y UNIVER

Normativa

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