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Disculpen las molestias.
Tramitar las plazas vacantes en la Inspección de Educación de esta Consejería de Educación y Formación Profesional, mediante concurso de traslados, entre funcionarios de los Cuerpos de:
.- Inspectores al Servicio de la Administración Educativa.
.- Inspectores de Educación.
NOTA: Esta información es una simplificación de determinados artículos de la norma que regula el procedimiento. No pretende ser exhaustiva sino facilitar un acceso general al contenido de la convocatoria, El contenido íntegro se encuentra enlazado en el apartado “Normativa” de esta página web.
1.- Plazas convocadas y determinación de las mismas.
Las plazas que se convocan son las vacantes existentes o que se produzcan hasta el 31 de diciembre de 2024.
Las plazas que se convocan se aprobarán mediante Orden de esta Consejería de Educación y Formación Profesional, y serán publicadas en los tablones de anuncios de esta Consejería y en su página Web www.carm.es/, en su sección de Educación, en las fechas previstas en la Orden EFD/1056/2024, de 1 de octubre, del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
Estas vacantes se incrementarán con las que resulten:
- de la resolución de este concurso.
- de las que originase la resolución de los concursos convocados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y por los Departamentos de Educación de las Administraciones públicas educativas.
- Todas ellas siempre que su funcionamiento se encuentre previsto en la planificación general educativa.
2.- Formas de participación.
Participación voluntaria. (Dispongo Tercero)
Participación obligatoria. (Dispongo Cuarto)
3.- Derecho preferente. (Dispongo Quinto)
Tendrán este derecho preferente, con ocasión de vacante, los funcionarios de carrera de los Cuerpos indicados, que se encuentren en alguno de los supuestos que se indican, y por el orden de prelación en que los mismos se relacionan:
5.1 Por supresión o modificación de la plaza o puesto de trabajo que desempeñaban con carácter definitivo en un centro.
5.2 Por haber pasado a desempeñar otro puesto en la Administración Pública, con pérdida de la plaza docente que desempeñaban con carácter definitivo, y siempre que hayan cesado en el último puesto.
5.3 Por haber perdido la plaza o puesto de trabajo que desempeñaban con carácter definitivo.
5.4 Por reincorporación a la docencia en España, por finalización de la adscripción en puestos o plazas en el exterior, o por alguna otra de las causas legalmente establecidas.
5.5 En virtud de ejecución de sentencia o resolución de recurso administrativo.
5.6 Aquellos que tras haber sido declarados jubilados por incapacidad permanente hayan sido rehabilitados para el servicio activo.
4.- Resolución del concurso. (Dispongo Décimo a Decimotercero)
A. Resolución provisional:
La adjudicación provisional se hará pública en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación y Formación Profesional y a efectos meramente informativos, en su página web.
Los concursantes podrán presentar reclamaciones a la adjudicación provisional en el plazo de diez días hábiles, a partir del día siguiente a su publicación.
Durante este plazo podrán presentar renuncia total a su participación en el concurso. A estos efectos, se hace constar que el hecho de no haber obtenido destino en la resolución provisional no presupone que no se pueda obtener destino en la resolución definitiva.
Las reclamaciones, dirigidas a la Directora General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación se presentarán exclusivamente de forma telemática, mediante el formulario de “Escrito de cumplimiento al requerimiento de subsanación/mejora”, del procedimiento 2038 (Concurso de traslados del Cuerpo de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa y de Inspectores de Educación) en la Sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. En dicho formulario podrán seleccionar Número de registro como Tipo de referencia, consignando como Código de registro el número de registro que figura en el pie de página del justificante de la solicitud de participación.
B. Resolución definitiva:
La Orden se publicará en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y en la misma se anunciarán las fechas y lugares de exposición de los listados con los resultados de este concurso, y declarando desestimadas las reclamaciones no recogidas en los mismos.
Las plazas adjudicadas son irrenunciables, debiendo incorporarse los participantes a las plazas obtenidas.
5.- Toma de posesión. (Dispongo decimoquinto)
La toma de posesión en los nuevos destinos que se obtengan de acuerdo con lo dispuesto en la presente Orden tendrá lugar el 1 de septiembre de 2025, fecha en que tendrá efectos económicos y administrativos el correspondiente nombramiento.
NOTA: En relación al apartado 4.1 de la solicitud de valoración de méritos, Publicaciones, y para el caso de libros en papel que se aleguen con el objeto de que sean baremados, se anexarán de forma electrónica y en formato pdf, necesariamente, además de los certificados indicados en los documentos justificativos de dicho apartado, la correspondiente publicación digitalizada, siempre que no exceda de 10 MB.
En caso contrario, deberá anexarse de forma electrónica solo la portada, contraportada e índice de los libros alegados y además, deberán presentarse los ejemplares originales, o fotocopia, junto a la instancia que figura como anexo XXI, en la Oficina Corporativa de Atención al Ciudadano de la Consejería de Educación y Formación Profesional. Igualmente, en las Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano relacionadas en la Orden de 19 de mayo de 2016 de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se hace pública la relación de Oficinas de Atención al Ciudadano de la Administración Pública de la Región de Murcia y se establece la localización y horario de apertura de cada una de ellas, pudiendo, además, utilizarse cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Inspectores al Servicio de la Administración Educativa.Inspectores de Educación.Los funcionarios dependientes de otras Administraciones educativas diferentes de la Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia podrán solicitar plazas correspondientes a esta convocatoria. Estos concursantes deberán dirigir su instancia de participación al órgano que se determine en la convocatoria que realice la Administración educativa de la que depende su plaza de destino.
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, PLANIFICACIÓN EDUCATIVA E INNOVACIÓN (A14038194)
Pertenecer a los Cuerpos de:
- Inspectores al Servicio de la Administración Educativa.
- Inspectores de Educación.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | CONSEJERO/A EDUCACION, FORM.PROF. Y EMPLEO |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |