Atender las situaciones de las mujeres víctimas de violencia de género que acrediten insuficiencia de recursos y especiales dificultades para obtener un empleo.
Se suspende la cita previa en el Servicio de Prestaciones para todos lo procedimientos, permaneciendo habilitados los teléfonos de información telefónica, 968 366 270 y 968 366 243.
El importe, con carácter general, será el equivalente a 6 mensualidades del importe del subsidio por desempleo.
En los supuestos en que la solicitante tenga responsabilidades familiares (se entenderá que cumple el requisito de carencia de rentas cuando los ingresos mensuales del conjunto de la unidad familiar divididos por el número de miembros que la componen, no supere el 75% del salario mínimo interprofesional), el importe será el equivalente a:
12 mensualidades del importe del subsidio por desempleo cuando la beneficiaria tenga a su cargo un familiar o menor acogido.
18 mensualidades del importe del subsidio por desempleo cuando la beneficiaria tenga a su cargo dos o más familiares o menores acogidos, o un familiar y un menor acogido.
En el caso de que la solicitante tenga reconocido oficialmente un grado de minusvalía igual o superior al 33%, el importe de la ayuda será el equivalente a:
12 mensualidades del importe del subsidio por desempleo cuando la beneficiaria carezca de responsabilidades familiares.
18 mensualidades del importe del subsidio por desempleo cuando la beneficiaria tenga a su cargo dos o más familiares o menores acogidos, o un familiar y un menor acogido.
En los supuestos en los que la solicitante tenga a su cargo un familiar o menor acogido que tenga reconocido oficialmente un grado de minusvalía igual o superior al 33% por ciento, el importe de la ayuda será equivalente a:
18 mensualidades del importe del subsidio por desempleo cuando la beneficiaria tenga a su cargo un familiar o menor acogido.
24 mensualidades del importe del subsidio por desempleo cuando la beneficiaria tenga a su cargo dos o más familiares o menores acogidos, o un familiar y un menor acogido.
En los supuestos en los que la solicitante con responsabilidades familiares o el familiar o menor acogido tenga reconocido oficialmente un grado de minusvalía, igual o superior al 65%, la cuantía de la ayuda será equivalente a 24 mensualidades del importe del subsidio por desempleo.
Cuando la solicitante y el familiar o el menor acogido con quien conviva tengan reconocido oficialmente un grado de minusvalía igual o superior al 33%, la cuantía será equivalente a 24 mensualidades del importe del subsidio por desempleo.
Las responsabilidades familiares deberán concurrir en el momento de la solicitud, excepto en el supuesto de hijos e hijas que nazcan dentro de los 300 días siguientes a su presentación en el registro correspondiente. De producirse esta situación, y tras ser debidamente acreditada, se revisará la cuantía de la ayuda percibida para adecuarla a la cantidad que le habría correspondido si en la fecha de la solicitud hubieran concurrido esas responsabilidades.
Se entenderá que existe convivencia cuanto ésta se encuentre interrumpida por motivos derivados de la situación de violencia de género.
No será necesaria la convivencia cuando exista para la solicitante obligación de alimentos en virtud de convenio regulador o sentencia judicial.
Se presumirá la convivencia, salvo prueba en contrario, cuando los familiares tengan reconocida la condición de beneficiarios de asistencia sanitaria de la seguridad social en el documento que aparezca extendido a favor de la solicitante de la ayuda.
Mujeres residentes en la Región de Murcia que hayan sido víctimas de violencia de género y reúnan los requisitos establecidos.
D.G.PENSIONES,VALORACIONES.Y PROGRAMAS DE INCLUSION (A14013940)
Residir y figurar empadronada en alguno de los municipios de la Región de Murcia.
Carecer de rentas económicas que en cómputo mensual superen el 75% del salario mínimo interprofesional vigente, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
Tener especiales dificultades para obtener un empleo.
No convivir con el agresor.
Tener reconocidas y vigentes las medidas de protección.
No haber sido beneficiaria de esta ayuda con anterioridad.
No tener acceso al subsidio para víctimas de violencia de género.
En el supuesto de solicitantes no nacionales, excepto las pertenecientes a la Unión Europea, además de los requisitos de carácter general, deberán disponer del permiso de residencia y trabajo.
Esta ayuda podrá percibirse en más de una ocasión cuando la víctima haya sufrido violencias diferenciadas acreditadas de forma separada, siempre que cumpla con los requisitos establecidos.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Entrega de documentos mediante la referencia del Sistema de Petición de Documentos (PETIDOC)
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A POL.SOCIAL, FAMILIAS E IGUALD. |