Por tareas de mantenimiento y mejora de nuestro proveedor de Banca Electrónica, entre las 23:00 horas del sábado 05/04/2025 hasta las 07:00 del domingo 06/04/2025, la plataforma de pago de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia podría estar temporalmente fuera de servicio.
Disculpen las molestias.
Establecer los trámites a seguir para la habilitación (o diligencia) de los libros de subcontratación de las obras de construcción de la Región de Murcia por parte de la Autoridad Laboral de dicho territorio:
Si se produce algún fallo, error o incidencia en la tramitación, pago de la tasa y/o finalización de la solicitud (firma de la presentación), contactar con los teléfonos de información, a fin de que el departamento tramitador pueda gestionar la recuperación de la solicitud en trámite para continuarla y finalizarla y evitar que el usuario deba hacer una nueva solicitud y que deba pagar de nuevo una tasa que ya tuviera pagada, en su caso.
INFORMACIÓN ACTUALIZADA PARA LA HABILITACION DEL LIBRO DE SUBCONTRATACION:
Ya se encuentra completamente activo el servicio de habilitación de los libros de subcontratación, una vez solucionados los problemas técnicos. Por tanto, se puede hacer la solicitud de dicha habilitación y obtener el documento de Habilitación del libro de subcontratación. Recuerde que antes la empresa debe inscribirse en el REA y hacer la Comunicación de apertura de la obra.
El Formulario de Solicitud electrónica de habilitación de los libros de subcontratación está disponible en este procedimiento (código 2192), en el apartado Presentación solicitudes. Este formulario sustituyó a los dos anteriores (formularios Antigua Vía y Nueva Vía).
Una vez obtenido el Justificante de presentación de la solicitud electrónica de habilitación del libro de subcontratación, que incluye el pago de la tasa en el propio formulario de dicha solicitud, el solicitante podrá descargar (PASADA AL MENOS 1 HORA,* ver aviso) el documento de Habilitación del libro de subcontratación, accediendo en la SEDE ELECTRONICA DE LA CARM, a la Carpeta Ciudadana/Carpeta Empresarial y dentro de éstas a Mis expedientes. AVISO: EL TIEMPO PARA GENERAR EL DOCUMENTO DE HABILITACIÓN PUEDE TARDAR ENTRE 1 Y 24 HORAS.
Se informa que todos los libros entendidos como habilitados mediante las solicitudes realizadas durante el periodo comprendido entre 01/01/2024 y la actualidad, disponen ya del documento de Habilitación del libro de subcontratación, pudiendo descargarlo del citado lugar de la SEDE ELECTRONICA DE LA CARM.
El pago de la tasa se realiza con tarjeta de crédito Visa o MasterCard, durante la cumplimentación de la solicitud electrónica (antes de finalizar la misma), a través de una conexión directa con la pasarela de pago de la Agencia Tributaria (en el mismo acto, página y terminal donde se esté realizando la solicitud). Es obligatorio el pago de la tasa para poder finalizar la presentación de la solicitud, quedando reflejado, en el apartado referido a la tasa, que la misma está pagada.
La empresa contratista deberá imprimir y adjuntar la Solicitud electrónica presentada, así como adherir el documento de Habilitación del libro de subcontratación a la primera página de un libro nuevo COMPRADO EN LIBRERÍAS que cumpla las características de edición señaladas en el Anexo III del RD 1109/2007, de 24 de agosto, que desarrolla la Ley de subcontratación. Asimismo, la empresa contratista debe firmar, sellar y cumplimentar la cabecera de la totalidad de las hojas del libro de subcontratación, llevarlo a la correspondiente obra y anotar la contratación y subcontratación, a efectos de poder iniciar la ejecución de la obra.
Por último, se informa que los libros entendidos como habilitados mediante las solicitudes realizadas durante el periodo comprendido entre el 11/12/2020 y el 31/08/2021 con el Formulario de Solicitud de Habilitación del Libro Subcontratación (obtención impreso tasa por cumplimentación asistida), así como los libros entendidos como habilitados mediante las solicitudes realizadas durante el periodo comprendido entre el 01/09/2021 y el 31/12/2023 con el Formulario de Solicitud electrónica de Habilitación del Libro Subcontratación, siguen siendo válidos, mientras no se publique otra información en la página web de la Consejería de Empresa, Empleo y Economía Social (Libro de subcontratación - Murcia – CARM.es) y/o en este procedimiento (código 2192) o la Autoridad Laboral de Murcia no contacte con la empresa o no responda a la solicitud, estando pendiente, por tanto, su regularización.
- Las empresas contratistas que contraten directamente con un promotor la ejecución de cualquier obra de construcción en la Región de Murcia y que vayan a subcontratar a otras empresas para ejecutar parte de la misma, deberán disponer del Libro de Subcontratación (regulado en la Ley 32/2006, de 18 de octubre), habilitado por la Autoridad Laboral de Murcia.
- La empresa contratista debe estar inscrita en el REA (Registro de Empresas Acreditadas en el Sector de la Construcción) de la Comunidad Autónoma donde tenga su domicilio social.
- Antes de iniciar la Solicitud de Habilitación del libro de subcontratación en el Sector de la Construcción debe presentar de forma previa la Comunicación de apertura de la obra (Procedimiento 756 de la Guía de procedimientos y servicios), ya que necesitará indicar el número de registro de esta apertura en el campo Número de Registro de la Comunicación de apertura de la obra de dicha solicitud de habilitación.
- Acceda al formulario de Solicitud de Habilitación del libro de subcontratación en el Sector de la Construcción a través de la Sede electrónica, cumplimente los datos solicitados (entre otros los datos identificativos de la obra correspondiente), atendiendo a las instrucciones indicadas más abajo, a las aclaraciones contenidas en la propia solicitud y siguiendo el proceso que marca la misma. Pague la Tasa T010 General de Administración por diligencia de libro, mediante el proceso establecido en el formulario y presente la solicitud a través de la Sede electrónica.
- Para la cumplimentación del formulario de solicitud de Habilitación de un libro de subcontratación por parte de una empresa extranjera (en caso de que la misma no haya solicitado aun el NIF español y, por tanto, no cuente con este número), se debe poner en el apartado Nombre o razón social el nombre de la empresa extranjera, añadiendo entre paréntesis su nº de identificación extranjero y en el apartado NIF, a efectos de que le deje seguir adelante y pasar pantalla, debe poner de nuevo el NIF de la empresa promotora.
Instrucciones para cumplimentar la Solicitud:
i) Dirección facultativa: Técnico que aparezca en primer lugar en el proyecto de la obra. Si se trata de una Obra menor u Obra de emergencia y existe Dirección Facultativa, indicar nombre, apellidos y NIF, y si no existe, dejar en blanco.
ii) Coordinador de seg. y salud en fase de ejecución: Técnico que aparezca en primer lugar de entre los nombrados por el promotor. El Coordinador es obligatorio en todos los casos, de acuerdo con el artículo 3.2 del RD 1627/1997, de 24 de octubre..
iii) Dirección de la obra: Indicar la dirección de la obra con el mayor detalle posible. Si no existe calle y/o número, indicar alguna referencia: algún centro oficial (junto a centro de salud, de Personas Mayores, etc.) o entidad cercana conocida (junto al Banco o caja, comercio, etc.), algún lugar conocido (junto a la Iglesia, Jardín, etc.), algún número cercano (junto o frente al número X, entre los números X e Y, etc.), algún lugar de la empresa y proyecto para casos en que la empresa es muy grande, el punto kilométrico, en caso de carretera, autovía, en qué consiste la obra, contrato o licitación, trabajos en los que consiste la obra (Asfaltado de toda la calle, Canalización de gas en toda la calle...), etc.
iv) Localidad: Solo puede ser uno de los 45 municipios de la Región de Murcia (las pedanías o barrios, en su caso, se indicarán en la dirección de la obra, tras la calle, avenida, etc.
v) Número de Registro de la comunicación de apertura de la obra (centro de trabajo) realizada por el contratista que presenta el libro (el que aparece en el pie de dicha comunicación realizada en la SEDE ELECTRONICA CARM).
vi) Num. Inscripción REA: Número de inscripción en el REA (Registro de Empresas Acreditadas) de la empresa contratista. Este número debe tener el formato aa/bb/ccccccc, siendo cada letra un número, dígito.
vii) Número de orden de la última anotación efectuada en el libro de subcontratación anterior del mismo contratista en esta obra, en caso de existir: Rellenar en caso de solicitar la habilitación de un nuevo libro por agotamiento de hojas o deterioro del anterior, en cuyo caso se deberá presentar ante la autoridad laboral el libro anterior.
viii) Causa de la no disposición del libro anterior, en caso de existir (marcar la que proceda): En este supuesto, se debe acompañar al libro objeto de la habilitación una declaración escrita del empresario o de su representante legal, que justifique la no presentación del libro anterior, así como las pruebas de que disponga.
- Traslade a un libro comprado en librerías que cumpla todos los requisitos establecidos por el Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción, así como por el resto de normativa vigente sobre subcontratación en el Sector de la Construcción, el documento de Habilitación del libro de subcontratación registrado, sellado y expedido por la Autoridad Laboral o Dirección General competente, en el que figuran los datos identificativos de la obra declarados en la Solicitud de Habilitación del Libro de Subcontratación por la empresa, de acuerdo con la declaración responsable que hace en dicha solicitud. Dicho documento de Habilitación del libro de subcontratación podrá descargarlo accediendo en la SEDE ELECTRONICA DE LA CARM, a la Carpeta Ciudadana/Carpeta Empresarial y dentro de éstas a Mis expedientes. AVISO: LA GENERACIÓN DE ESTE DOCUMENTO PUEDE TARDAR ENTRE 1 Y 24 HORAS.
La empresa deberá imprimir y adjuntar la Solicitud electrónica presentada, así como adherir el documento de Habilitación del libro de subcontratación a la primera página de un libro nuevo que cumpla las características de edición señaladas en el Anexo III del RD 1109/2007, de 24 de agosto, que desarrolla la Ley de subcontratación, el cual debe comprar en librerías.
Son destinatarios de este procedimiento las Empresas (con personalidad física o jurídica), las Uniones Temporales de Empresas, así como las Administraciones Públicas y el Sector Público Institucional que actúen como contratistas en la ejecución de una obra o parte de una obra de construcción, ubicada en el territorio de la Región de Murcia y que vayan a subcontratar a otras empresas o entidades de cualquier tipo para la ejecución de alguna parte de la obra. Se consideran contratistas aquellas empresas o entidades que contratan directamente con el promotor o que siendo promotoras a su vez vayan a ejecutar o a participar en la ejecución de la obra con medios propios. Asimismo, se considera contratista el promotor que contrata directamente con trabajadores autónomos (sin trabajadores por cuenta ajena), excepto si este promotor es el cabeza de familia que contrata a dichos autónomos para la construcción o reparación de su propia vivienda.
DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO (A14046235)
- Trasladar a un libro que cumpla todos los requisitos establecidos por el Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción, así como por el resto de normativa vigente sobre subcontratación en el Sector de la Construcción, el documento registrado, sellado y expedido por la Autoridad Laboral o Dirección General competente, en el que figuran los datos identificativos de la obra declarados en la Solicitud de Habilitación del Libro de Subcontratación por la empresa, de acuerdo con la declaración responsable que hace en dicha solicitud.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
El pago de la tasa se realiza con tarjeta de crédito Visa o MasterCard, durante la cumplimentación de la solicitud electrónica (antes de finalizar la misma), a través de una conexión directa con la pasarela de pago de la Agencia Tributaria (en el mismo acto, página y terminal donde se esté realizando la solicitud). Es obligatorio el pago de la tasa para poder finalizar la presentación de la solicitud, quedando reflejado, en el apartado referido a la tasa, que la misma está pagada.