Por motivos de mantenimiento, se va a producir una parada de algunos servicios de las aplicaciones informáticas de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia el próximo 3 de Diciembre de 16:00 a 18:00 horas.
En particular, las aplicaciones que se pueden ver afectadas son, entre otras:
-Algunos procedimientos de la ATRM de la Sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
-Pasarela de Pagos para el pago, cuando el pago se realice sobre alguna de las deudas afectadas
-Portal Tributario por medio del cual, entre otros trámites, se realiza la presentación telemática de los modelos confeccionados con el Programa de Ayuda al Contribuyente (P.A.C.O.)
Disculpen las molestias.
Devolver el importe del ingreso indebidamente efectuado y reconocido a favor del titular, en los siguientes casos:
- Duplicidad de pago.
- Cuando la cantidad pagada sea superior al importe a ingresar.
- Cuando se hayan ingresado cantidades después de haber transcurrido los plazos de prescripción.
- Anulación de deuda.
Los obligados tributarios y sujetos infractores que hubieran realizado ingresos indebidos en el Tesoro Público con ocasión del cumplimiento de sus obligaciones tributarias o del pago de sanciones, así como los sucesores de unos y otros.AVISO: Las solicitudes dirigidas a la Agencia Tributaria de la Región de Murcia deberán hacerlas en su propio procedimiento con número "1758-Devolución de ingresos indebidos de tributos propios, cedidos, tributos locales y demás ingresos de derecho público gestionado por delegación"
- Identificación del solicitante.
- Identificación de la deuda respecto de la que se solicita la devolución.
- En caso de actuar en representación, debería aportar documentación que acredite la misma, que en su caso, deberá incluir poder especial para el cobro.
El plazo para solicitar la devolución será de 4 años computados en los términos del artículo 67 de la Ley 58/2003, es decir, desde que se produjo el ingreso indebido o desde el día siguiente a que adquiera firmeza la Sentencia o resolución de cuyo cumplimiento dimana la devolución del ingreso indebido.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | Órgano que dictó el acto |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Económico - Administrativo | CONSEJERO/A ECO.HAC.FONDO EUR. Y ADMON.DIG |