Solicitud de servicios y/o prestaciones del Sistema de la Dependencia para personas mayores (código 2423) (SIA 287770)

Información Básica

Objeto:

Obtener un servicio o una prestación económica vinculada inicial, o la modificación de uno ya reconocido, para:

  • Servicio de Atención Residencial
  • Servicio de Centro de Día
  • Servicio de Promoción de la Autonomía Personal Personas Mayores
  • Servicio de Ayuda a Domicilio
  • Servicio de Teleasistencia
  • Prestación Económica Vinculada a alguno de los anteriores servicios

Información de Interés

¿Puedo obtener el certificado de Cuidador Dependencia y/o Histórico de Cuidadores Dependencia de manera inmediata?

Sí. Por comparecencia personal de la persona interesada o su representante debidamente acreditado, con identificación ante personal empleado público de:

  • Padre, madre o tutor legal en los supuestos de personas menores de edad e incapacitadas judicialmente.
  • Persona con discapacidad mayor de edad y no incapacitada judicialmente.
  • La documentación acreditativa de la representación será, según los casos: libro de familia, poder notarial, sentencia judicial u otro documento que acredite la representación de modo válido en derecho. No será necesario aportar dicha documentación si el apoderamiento está inscrito en el Registro Electrónico de Apoderamientos REA de la Administración General del Estado (Apoder@).
  1. De manera presencial:
  2. A través de video llamada:
    • En el momento de la video llamada debe disponer del documento de identificación DNI, NIE o Pasaporte con el que identificarse ante el personal empeado público que le atienda
    • La entrega de estos certificados se realizará de forma inmediata en el curso de la video-llamada y el certificado se pondrá a disposición del interesado en la carpeta "su documentación" del portal de la video llamada
    • Para ello solicite cita previaAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica en la Oficina Virtual de Atención a la Ciudadanía OVAC y seleccione el servicio “Entrega de Certificados

Destinatarios:

Ciudadanía.

Personas mayores que tengan reconocido un grado de dependencia a través del Procedimiento 7402

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

D.G. PERSONAS MAYORES (A14013939)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Tener reconocido un grado de dependencia que, en el caso de solicitudes para ingreso en Residencias o su correspondiente prestación económica vinculada, debe ser grado 2 o 3.

Tener acreditada residencia en territorio español durante cinco años, dos de los cuales deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

Residir y estar empadronado en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en el momento de la presentación de la solicitud. Para el reconocimiento del derecho al servicio de teleasistencia y servicio de ayuda a domicilio, el interesado deberá figurar empadronado en el domicilio donde se vayan a prestar dichos servicios

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud de servicios y/o prestaciones del Sistema de la Dependencia para personas mayores
  • Certificado de cuenta bancaria
    (No obligatorio / No original)
    Para el caso de que se solicite el reconocimiento de prestaciones económicas vinculadas a alguno de los servicios referidos, certificado bancario en el que conste el código IBAN junto con el nombre y DNI de la persona dependiente como titular del mismo.
  • Designación/autorización de representación
    (No obligatorio / No original)
    En el caso de que actúe como representante legal del solicitante
  • Acreditación
    (No obligatorio / No original)
    Pensiones u otros ingresos no consignados en IRPF o Seguridad Social
  • Libro de familia
    (No obligatorio / No original)
    En el caso de que la unidad familiar sea de más miembros que el solicitante
  • Informe médico
    (No obligatorio / No original)
    Informes médicos adicionales que ayuden a la valoración del solicitante.
  • Sentencia de separación o divorcio
    (No obligatorio / No original)
    En el caso de estar separado o divorciado
  • Certificado municipal de residencia y/o convivencia
    (No obligatorio / No original)
    En caso de que la unidad familiar la compongan dos o mas miembros
  • Justificante de pago
    (No obligatorio / No original)
    Justificantes o certificados pagos realizados
  • Documentación justificativa
    (No obligatorio / No original)
    Ausencias e Incidencias
  • Certificado del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (AEAT) (*)
  • Consulta de Datos Catastrales (*)
  • Consulta de las prestaciones del Registro de Prestaciones Sociales Públicas, Incapacidad Temporal y Maternidad (*)
  • [OBSOLETO] Consulta de matrimonio (*)
  • Consulta de defunción (*)
  • Consulta de nacimiento (*)
  • Datos de residencia con fecha de la última variación padronal (*)
  • Consulta de Datos de Identidad (*)
  • Copia simple de poderes notariales (*)
  • Certificación de titularidad catastral (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A POL.SOCIAL, FAMILIAS E IGUALD.

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

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