Establecer las medidas necesarias para la prevención y actuación en casos de violencia de género de las empleadas públicas al servicio de la Administración Pública de la Región de Murcia, con el fin de ofrecer el apoyo necesario para hacer efectiva su protección y derecho a la asistencia social integral en el trabajo de conformidad con la Ley 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.
Entre las medidas a las que tienen derecho se encuentran:
Será de aplicación a las empleadas públicas víctimas de violencia de género en el ámbito de la Administración Pública de la Región de Murcia incluido el personal docente y el del Servicio Murciano de Salud.
Potestativo de Reposición: En el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación.
Contencioso-Administrativo: En el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación.
La situación de víctima de violencia de género se acreditará mediante alguno de los siguientes medios:
a) Resolución judicial otorgando la Orden de Protección a favor de la víctima.
b) Sentencia condenatoria, medida cautelar a favor de la víctima o cualquier otra en que el órgano judicial estime, aun indiciariamente su existencia.
c) Informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de violencia de género.
d) Con carácter excepcional, en el caso de que la empleada pública no tenga ninguno de los documentos señalados en las letras anteriores, ya no estén en vigor las medidas judiciales, o todavía no haya recaído resolución judicial y siga en situación de violencia de género, el órgano competente en materia de violencia de género de la Administración Regional, previa derivación al Centro de Atención a Víctimas de Violencia de Género (CAVI), emitirá la acreditación correspondiente.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Recurso de reposición previo al contencioso administrativo | DIRECTOR/A GENERAL FUNCION PUBLICA Y DIALOGO SOC. |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |