Por medio de la presente comunicación se informa que se va a producir una parada de algunos servicios de las aplicaciones informáticas de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia que afectará a varios procedimientos relacionados con el organismo el próximo Martes 5 de Noviembre de 2024 desde las 15:30 a las 20:30 horas.
Disculpen las molestias.
Realización de estancias formativas en modalidad de campamentos para la mejora de la competencia matemática, científica y tecnológica (STEM) dirigido al alumnado de 3º de Educación Secundaria Obligatoria matriculado en centros sostenidos con fondos públicos de la Región de Murcia.
Del total de plazas, se establece un cupo de reserva del 7% destinado a alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo.
El alumnado que presente ingresos inferiores al nivel de renta establecido en la Orden de convocatoria, podrá solicitar en el apartado habilitado para ello, su baremación con el fin de obtener un punto adicional para el cómputo general de méritos para la obtención de la estancia formativa convocada.
Se ofertan 391 plazas para el alumnado matriculado en 3º de la ESO en el curso académico 2023-2024 en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sin perjuicio de que como resultado del proceso de contratación de servicios de la estancia formativa se permita la ampliación de su número. Del total de plazas, se establece un cupo de reserva del 7% destinado a alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo asociadas a: a) Necesidades educativas especiales. b) Trastornos del desarrollo del lenguaje y la comunicación. c) Trastornos de atención o de aprendizaje. d) Altas capacidades intelectuales. e) Incorporación tardía al sistema educativo. f) Condiciones personales o de historia escolar.
Lugar y fecha de realización de las estancias formativas:
Las estancias formativas tendrán una duración de 7 días en el periodo comprendido entre el 1 de mayo al 30 de noviembre de 2024, ambos inclusive (incluido el mes de agosto para la realización de la presente estancia formativa), distribuidas en varios turnos. Las fechas definitivas de realización estarán condicionadas a la contratación del servicio y se darán a conocer en la Resolución definitiva del procedimiento.
Los estancias formativas podrán estar ubicadas en la Región o a una distancia máxima aproximada de 100 kilómetros con respecto al límite de la misma, en lugares de playa o montaña arbolada, especificándose el correspondiente lugar de realización en la resolución del procedimiento.
Toda la información relativa a las estancias formativas en campamentos la pueden encontrar en https://programaseducativos.es
Criterios de baremación para la adjudicación de plazas y constitución de lista de espera.
2. Se podrá asignar 1 punto a aquellos alumnos/as cuya unidad familiar presente un nivel de ingresos por debajo del umbral de renta establecido en el dispongo 8 de la presente Orden de convocatoria. La valoración de este criterio se realizará previa solicitud por parte del interesado.
- Normas cálculo de la renta familiar.
1. Para la obtención del punto establecido en el dispongo 7, apartado 1, d (se podrá asignar 1 punto a aquellos alumnos cuya unidad familiar presente un nivel de ingresos por debajo del umbral de renta), será requisito que los ingresos de la unidad familiar en el año 2022, calculados según se establece en la base reguladora de estas ayudas y estén legalmente obligados o no a realizar dicha declaración conforme a las normas tributarias, no superen, en función de la tributación, los siguientes umbrales:
Nº de tributantes: madre, padre, tutor/a legal | Umbral máximo no superable |
Tributación individual | 30.000 € |
Tributación conjunta | 50.000 € |
Instrucción del procedimiento.
La competencia para la instrucción del procedimiento corresponderá a la Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación, que es el órgano competente en programas educativos. La instrucción del Procedimiento de Convocatoria de Estancias formativas para mejora de la Competencia Matemática, Tecnológica y Científica (STEM), se ajustará a la regulación contenida en los dispongo 11, 12, 13 y 14 de la Orden de 22 de mayo de 2023 de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones cofinanciadas por el FSE + 2021-2027, en régimen de concurrencia competitiva, al alumnado de Educación Primaria y de Educación Secundaria Obligatoria de centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para realizar estancias formativas en el territorio nacional del Programa de mejora de la competencia lingüística y de mejora de la competencia matemática, tecnológica y científica (STEM), publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia nº 118 de 24 de mayo de 2023. Asimismo, el procedimiento terminará por Orden de concesión de la Subvención del Consejero de Educación, Formación Profesional y Empleo.
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, PLANIFICACIÓN EDUCATIVA E INNOVACIÓN (A14038194)
Estar matriculado en 3º de ESO durante el curso 2023-2024, en un centro docente no universitario sostenido con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Haber superado totalmente 2º de ESO en el curso anterior al curso objeto de la convocatoria.
No haber sido beneficiario en los campamentos convocados con anterioridad por esta Dirección General.
Además de los requisitos anteriormente descritos, los alumnos que opten por el cupo reservado para alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo, deberán indicarlo en la solicitud online, en la casilla habilitada para ello: “Necesidad específica de apoyo educativo”.
El órgano de selección y valoración será el encargado de valorar las solicitudes presentadas por los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo asociadas a necesidades educativas especiales. En estos casos, se establece como criterio de valoración, el nivel de competencia curricular que presente el alumnado con respecto al nivel de 3º de Educación Secundaria Obligatoria. Se admitirán las solicitudes de los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo asociadas a necesidades especiales que presenten un desfase curricular igual o inferior a tres cursos académicos.
Por otra parte, el alumnado que presente ingresos inferiores al nivel de renta establecido en la Orden de convocatoria podrá solicitar, en el apartado habilitado para ello, la baremación de este requisito con el fin de obtener un punto adicional en la puntuación total para la obtención de la estancia formativa que se convoca.
Los alumnos seleccionados estarán obligados a:
Facilitar a la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo los micro datos “Indicadores comunes de ejecución y de resultados de las inversiones del FSE+” del Reglamento 2021/1060 y 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea, ambos del 24 de junio de 2021 que serán recabados a través del Trámite online de solicitud.
Comenzar y finalizar sus actividades en el campamento en los plazos establecidos por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Cumplir con las normas establecidas para el campamento en cuanto a las clases, comidas, alojamiento y demás actividades programadas.
Realizar el depósito de 100€ en concepto de fianza a la empresa adjudicataria. Dicho importe será reembolsado a los participantes mediante transferencia bancaria a la finalización de la estancia en el campamento.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A EDUCACION, FORM.PROF. Y EMPLEO |