Promover y fomentar actuaciones destinadas a la Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social en la Región de Murcia, a través de la financiación de proyectos de intervención social.
Convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a entidades del Tercer Sector de Acción Social para el desarrollo de actuaciones en la Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social en la Región de Murcia.
La finalidad de las subvenciones que se convocan es promover y fomentar actuaciones destinadas a la Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social en la Región de Murcia, a través de la financiación de proyectos de intervención social.
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Desde el siguiente enlace se puede acceder al contenido íntegro de la convocatoria 2024 y a todas las publicaciones de la misma. Se recomienda consultar el documento Recordatorio, solicitud y novedades Subv.LcPyES24
Entidades del Tercer Sector de Acción Social, en los términos previstos en la Ley 43/2015, de 9 de octubre.
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES, TERCER SECTOR Y GESTIÓN DE LA DIVERSIDAD (A14028750)
a) Estar legalmente constituidas al menos con 2 años de antelación a la fecha de la convocatoria de subvención.
b) Estar inscritas en el Registro de Centros y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (en adelante RCSS) y tener autorización para la realización de las actividades objeto de la subvención, de conformidad con el Decreto n.º 3/2015, de 23 de enero, por el que se regula la autorización, la acreditación, el registro y la inspección de Entidades, Centros y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y se establece la tipología básica de los mismos.
Las actividades objeto de los proyectos presentados, deberán estar autorizadas en dicho Registro con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión de la presente subvención.
c) Carecer de fines de lucro.
d) Tener fines institucionales adecuados y recogidos como tales en sus estatutos propios para la realización de las actividades consideradas subvencionables de acuerdo con lo establecido en el artículo 1 de esta Orden.
e) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones, impuestas por las disposiciones vigentes.
f) Tener implantación en la Región de Murcia, contando con sede o al menos delegación permanente en la misma.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
La entidad beneficiaria deberá adjuntar la documentación indicada en las bases y en la convocatoria
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | CONSEJERO/A POL.SOCIAL, FAMILIAS E IGUALD. |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |