Botiquines farmacéuticos (código 2600) (SIA 1523410)

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Información Básica

Objeto:

Autorizar botiquines de farmacia en núcleos de población inferiores al municipio en donde no se pueda instalar una oficina de farmacia.

Información de Interés

La solicitud deberá presentarse adjuntando el modelo específico de solicitud  "Solicitud de autorización sanitaria de botiquines de farmacia" así como la documentación pertinente que se  indica en la citada solicitud

Cada botiquín farmacéutico dependerá de una oficina de farmacia. Asimismo, las oficinas de farmacia sólo podrán tener vinculado un botiquín.

Clases de botiquines:

- Permanentes: autorizados por motivo de lejanía o difícil comunicación con respecto a la farmacia más cercana y cuyo servicio se prestará con continuidad durante el año.

- De temporada: autorizados con motivo de altas concentraciones de población en determinadas épocas del año.

- De emergencia: autorizados por situaciones excepcionales de emergencia sanitaria.

Destinatarios:

Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

Ayuntamientos, Colegio Oficial de Farmacéuticos de la Región de Murcia, titulares/cotitulares o herederos legales de oficinas de farmacia

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN, FARMACIA E INVESTIGACIÓN SANITARIA (A14013902)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

a) El núcleo de población, pedanía, diputación o división territorial de denominación tradicional análoga, inferior al municipio, debe tener al menos 300 habitantes censados.

b) La distancia del local donde se pretende instalar el botiquin farmacéutico a la oficina de farmacia o al botiquín más cercano será al menos de 3 km por la vía de comuncicion más corta. En situacionesde especial dificultad de comunicación o por necesidad de mejora en el servicio convenientemente justificada, esta distancia podrá ser de 2 km.

c) En el caso de solicitarse por aumentos de población estacionales, éstos deberán superar el 100% de la población censada y en todo caso las 1000 personas y como mínimo un mes al año.

Requisitos posteriores

Antes de la apertura y puesta en funcionamiento del botiquín, y en el plazo máximo de dos meses desde que se notificó la autorización administrativa, el Farmacéutico Titular de la Oficina de Farmacia de la que dependa el botiquín, deberá ponerlo en conocimiento de la Dirección General de Planificación, Investigación, Farmacia y Atención al Ciudadano a fin de que se realice la correspondiente visita de inspección, al objeto de comprobar si se cumplen los requisitos siguientes:

a) Local:

    - suficientemente alejado de cualquier fuente de contaminación.

    - acceso libre, directo y permanente a una vía pública.

    - superficie mínima de 20 metros útiles, repartida en una sóla planta, diferenciando zona de atención al público y zona de almacenamiento.

    - agua potable y lavabo.

    - en acceso al establecimiento figurará: un rótulo con la leyenda "Botiquín farmacéutico", placa con el nombre del titular y la dirección de la oficina de farmacia responsable del botiquín, horario de atención al público (en el caso de botiquines de temporada el periodo de actividad) y las oficinas de farmacia más cercanas que atiendan el turno de Urgencias en los dos días posteriores a la fecha.

b) Condiciones higienico-sanitarias:

   - adecuadas para una asistencia farmacéutica correcta.

   - estado de limpieza y condiciones ambientales de humedad y temperatuara adecuadas para correcta conservación de los medicamentos y productos que se dispensen.

   - armario con garantías de seguridad suficiente para la custodia de estupefacientes y medios frigoríficos para las especialidades farmacéuticas termolábiles.

   - dotación bibliográfica actualizada.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud de autorización sanitaria de botiquines de farmacia
  • Solicitud
    (No obligatorio / No original)
    Modelo normalizado de solicitud que puede descargarse de las pestañas "Presentación de solicitudes" y "Documentación" de la Sede
  • Acuerdo
    (No obligatorio / No original)
    De la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Farmacéutico: si es a instancia del COFRM.- Del órgano municipal competente: si es a instancia del Ayuntamiento.
  • Certificación
    (No obligatorio / No original)
    De la población censada que conste en la última revisión del padrón municipalvigente en el momento de instar la solicitud, expedida por el Ayuntamiento correspondiente o en su defecto, por el Instituto Nacional de Estadística (INE).
  • Certificación
    (No obligatorio / No original)
    .En las zonas farmacéuticas calificadas como turísticas se podrá acompañar certificación de la Consejería competente en materia de Turismo, que acredite el número de plazas turísticas referidas a alojamientos hoteleros, apartamentos turísticos y plazas de camping
  • Certificación
    (No obligatorio / No original)
    .En las zonas farmacéuticas calificadas como turísticas se podrá acompañar certificación del Instituto Nacional de Estadística sobre las viviendas construidas de segunda residencia, pudiendo en su caso, adjuntar certificación municipal que complemente de manera fehaciente este dato a efectos de computar la población de la misma
  • Plano
    (No obligatorio / No original)
    Plano o croquis del núcleo de población afectado, abarcando al menos hasta la población más cercana con oficina de farmacia o botiquín en funcionamiento. Se indicarán en el mismo las vías de comunicación y las distancias entre los asentamientos de población que figuren en el plano y entre el local propuesto y la oficina de farmacia o botiquín en funcionamiento más cercanos.
  • Memoria
    (No obligatorio / No original)
    Memoria del local en donde se ubicaría el botiquín, que incluirá al menos: Croquis de situación y breve memoria de sus características (estado de construcción, superficie útil, detalle de distribución y accesos a la vía pública)
  • Documentación justificativa
    (No obligatorio / No original)
    En el supuesto de que la apertura del Botiquín se deba a circunstancias de especial aislamiento del núcleo de población, documentación que acredite dicho aislamiento.
  • Acreditacion de disponibilidad
    (Obligatorio / No original)
    Disponibilidad jurídica del local

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento
  • Escrito de aportación de documentos   [Abierto: Continuo]
  • Solicitud de inspección de puesta en funcionamiento de botiquín farmacéutico   [Abierto: Continuo]
  • Comunicación de cese de actividad   [Abierto: Continuo]   

    -  Indíquese y en su caso, acredítese documentalmente el motvo por el que se solicita el cierre del botiquín 

     a) Desaparición de las causas o condiciones que motivaron su autorización.  

     b) Instalación de una oficina de farmacia en la pedanía, diputación u otra división territorialde ámbito inferior al municipio.

    Asimismo indíquese el destino de los medicamentos que disponía en el momento del cierre.

     

  • Comunicación de variación de datos declarados   [Abierto: Continuo]   

    1.-Cambio de titularidad del botiquín.  Se deberá decribir en el apartado correspondiente de la  solicitud específica lo motivos que justifiquen el cambio de titularidad

    2-Obras en el botiquín.  Se deberá aportar junto a la solicitud específica la siguiente documentación:

    • Proyecto de las obras a realizar, elaborado por técnico competente
    • En la solicitud se deberá indicar la previsión de la fecha de inicio de las obras, el posible plazo de ejecución y si se preveé el cierre temporal del botiquín farmacéutico durante la ejecución de las obras.
      • En el supuesto de que se inste dicho cierre se procederá a la tramitación y resolución acumulada de ambos procedimientos.
      • Si no se solicitara dicho cierre, se declarará responsablemente, según el apartado incluído en la solicitud que se adoptarán las medidas necesarias para garantizar la correcta conservación de los productos farmacéuticos almacenados en el botiquín y la adecuada prestación de la atención farmacéutica.
    • Certificación expedida por técnico competente, en la que conste el estado de construcción del local, la superficie útil del mismo,detalle de su distribución, plantas que ocupa, supresión de barreras arquitectónicas según la normativa específica aplicable, localización exacta y características de sus accesos desde la vía pública.
  • Escrito de cumplimiento al requerimiento de subsanación/mejora   [Abierto: Continuo]
  • Alegaciones trámite de audiencia   [Abierto: Continuo]
  • Solicitud de desistimiento   [Abierto: Continuo]

Tasas a abonar

  • T811. Tasa por Instal./traslado/transmisión Oficinas de Farmacia
    H00004 - Expedientes relativos a botiquines, depósitos de medicamento
  • T811. Tasa por Instal./traslado/transmisión Oficinas de Farmacia
    H00004 - Expedientes relativos a botiquines, depósitos de medicamento

 

 

 

La obtención de la CARTA DE PAGO y su ABONO con tarjeta se realiza desde el Apartado Presentación de Solicitudes

  • Si va a realizar la solicitud de forma electrónica la generación de la carta de pago y su abono se realizará desde el propio formulario electrónico de solicitud.
  • Si el procedimiento permite la solicitud de forma presencial, deberá obtener la carta de pago y podrá abonarla desde la pasarela de pago de la CARMAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica o a través de los medios de pago indicados en la carta de pago. Recuerde que deberá aportar la carta de pago cuando acuda a presentar su solicitud a las oficinas de registro.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición CONSEJERO/A SALUD
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia
Información adicional sobre recursos
El plazo de interposición de los recursos es de 1 mes en el caso del recurso Potestativo de reposición y de 2 meses en el contencioso-administrativo, contados ambos a partir del día siguiente a la notificación de la Orden administrativa.

Normativa

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia