Libros de Registro de Productos Vitivinícolas (código 271) (SIA 206642)

Información Básica

Objeto:

Llevar los Libros de Registro de productos vitivinícolas según el Decreto 67/1996. (En soporte papel).

NOTA: La llevanza de Libros de Registro informatizados, se solicitará a través del PROCEDIMIENTO Nº 3530.

 

Información de Interés

AVISO SOBRE TASAS:

Se establece la exención del pago de las cuotas de las tasa por el hecho impoible "entrega y diligenciado del libro de entradas y salidas de vino de mesa", que se devenguen durante los tres meses siguientes a la entrada en vigor del Decreto-ley 1/2022, de 12 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes económicas y fiscales, como consecuencia de la guerra en Ucrania (BORM Número 86, de 13 de abril de 2022).Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica (Entrada en vigor el 13/04/2022).

Prórroga exención de pago de la tasa Decreto-ley n.º 2/2022, de 7 de julio, por el que se prorrogan determinadas medidas previstas en el Decreto-ley 1/2022, de 12 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes económicas y fiscales como consecuencia de la guerra en Ucrania.Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica (Vigente hasta el 31/12/2022).

A través de este procedimiento se tramitan las solicitudes de libros de registros que han de llevarse en el sector vitivinícola.

Acceso al MANUAL DE LLEVANZA DE LOS LIBROS DE REGISTRO DE VINOS Y SU INFORMATIZACIÓN 

Se aportará el  MODELO DE SOLICITUD DE LIBROS DE REGISTRO con indicación de los libros solicitados o especifar los mismos en el apartado "SOLICITA" al cumplimentarla.

El procedimiento de diligenciado de libros de registro de productos vitivinícolas está sujeto tasas. El pago de las tasas se realizará online mediante tarjeta bancaria. El importe de las mismas se calculará en el momento de realizar la solicitud. Para realizar el cálculo deberá indicarse el número total de libros a diligenciar. El importe de la tasa aparecerá en la solicitud a presentar y se podrá visualizar en un documento pdf antes de realizar el pago.

NOTA: La gestión infórmatica de los registros vitivinícolas, se solicitará a través del procedimiento Nº 3530  "Solicitud de libro de registro de vinos informático".

PRÁCTICAS ENOLÓGICAS:

COMUNICACIONES DE LA COMISIÓN EUROPEA:

El artículo 3, apartado 2, del Reglamento Delegado (UE) 2019/934 de la Comisión, establece que la Comisión publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea, serie C, las fichas del Código de prácticas enológicas de la OIV mencionadas en el anexo I, parte A, cuadro 2, columna 3, y cuadro 1, columna 2, de dicho Reglamento. Esta es la finalidad de esta publicación:

Lista y descripción de los archivos del Código de prácticas enológicas de la OIV al que se hace referencia en el artículo 3, apartado 2, del Reglamento Delegado (UE) 2019/934 de la Comisión (2019/C 409/01).Atención: Va a abandonar esta Sede Electrónica

Destinatarios:

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Las personas físicas y jurídicas o las agrupaciones cuyas actividades sean: elaboración, almacenamiento o embotellado de productos vitivinícolas contemplados en la parte XII del Anexo I del Reglamento 1308/2013, excepto el vinagre.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA ALIMENTARIA Y ASOCIACIONISMO AGRARIO (A14035032)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Los destinatarios deberán estar inscritos en la sección de Datos de Industrias Agrarias y Alimentarias del Registro de Establecimientos industriales de la Región de Murcia.

Requisitos posteriores

Los Libros Registro terminados deben guardarse y estar a disposición de la Inspección durante un periodo mínimo de 5 años.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud Libro de Registro Vitivinícolas.
  • Solicitud
    (Obligatorio / Original)
    Solicitud de libro de registro de vinos, con indicación del/los libros que solicita.
  • Consulta de Datos de Identidad (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Tasas a abonar

  • T740. Tasa por Gestión Servicios Industrias Agroalimentarias
    H00006 - Entrega y diligenciado libro entradas y salidas vinos mesa

Las solicitudes para la gestión de libros de registro vitivinícolas por sistemas informáticos, no están sujetas a tasas.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 0 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: No tiene

Normativa

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Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 3/2010. Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Dirección General de Transformación Digital. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia