Confirmación directa del saldo con proveedores. Registro contable de facturas (código 3015) (SIA 1994416)

Información Básica

Objeto:

Confirmar con los proveedores que las facturas que figuran inscritas en el registro contable de facturas se corresponden con las emitidas y contabilizadas por ellos.

Información de Interés

Verificar, mediante la utilización de técnicas de auditoria como la confirmación directa de saldos con los proveedores, que en el registro de facturas consta información completa y correcta de todas aquellas obligaciones pendientes de pago. Se realiza de forma centralizada por la División de control financiero de la Intervención General, y de sus resultados totales y por centro gestor se da traslado a las Intervenciones Delegadas, en los distintos centros directivos sometidos a control financiero posterior, para incorporarlos a los informes correspondientes de cada ejercicio. A su vez, se remite el informe provisional a la División de contabilidad para que en el plazo máximo de 15 días formule las alegaciones que estime oportunas. Transcurrido el plazo sin presentar alegaciones, el informe provisional se eleva a definitivo. En el caso de que se presenten alegaciones, se estudiarán y serán tenidas en cuenta para la elaboración del informe definitivo.

Destinatarios:

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Proveedores

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

INTERVENCIÓN GENERAL (A14036656)

Requisitos

No existen requisitos específicos

Documentos a aportar junto con la solicitud

No existen documentos específicos

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Otros trámites de este procedimiento
  • Respuesta del proveedor   [Abierto: Continuo]   

    Para responder, en Tipo de referencia*: seleccione referencia expediente origen y en Referencia*: indique "control financiero, circularización a acreedores".

    La respuesta una vez cumplimentando el Anexo de la carta, y firmado, la remita en formato PDF, a través de esta solicitud electrónica.

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

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