Entregar los materiales arqueológicos, procedentes de intervenciones arqueológicas, en los museos más idóneos, para su depósito, en función de su proximidad territorial o especialidad temática, conservando la Comunidad Autónoma su titularidad. El museo receptor de los materiales deberá estar integrado en el Sistema Regional de Museos y garantizará su adecuada conservación y su mejor función científica y cultural.
Responsables de intervenciones arqueológicas, previamente autorizadas por el Servicio de Patrimonio Histórico de la Dirección General de Bienes Culturales. Sólo podrán ser receptoras de los materiales arqueológicos resultantes de las intervenciones, las entidades públicas o privadas que ostenten la titularidad de museos pertenecientes al Sistema Regional de Museos.
DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO CULTURAL (A14036973)
Haber realizado o promovido una intervención arqueológica de acuerdo con el permiso obtenido por el Servicio de Patrimonio Histórico. El museo receptor deberá estar integrado en el Sistema de Museos de la Región de Murcia y resultar el más idóneo por su proximidad territorial o su especialidad temática.
El responsable de la intervención arqueológica acepta y está obligado a cumplir las siguientes condiciones:
a) Hacer entrega en el museo que se le haya designado en el permiso del Servicio de Patrimonio Histórico, de la totalidad de los materiales arqueológicos recuperados en la intervención en el museo designado en el permiso del Servicio de Patrimonio Histórico. Con carácter excepcional y, cuando no se hayan podido finalizar los estudios, se podrá autorizar la entrega parcial de los materiales, haciéndolo constar en el acta. Esto no exime de la entrega de la totalidad de los mismos una vez concluyan los trabajos de investigación.
b) Los materiales procedentes de las intervenciones arqueológicas ingresarán en la Comunidad Autónoma en concepto de depósitos provisionales, conservando esta su titularidad como bienes de dominio público, sin perjuicio de los derechos de propiedad intelectual que puedan corresponder a los autores respecto del estudio e inventario de los mismos.
c) Se precisa concertar cita previa para efectuar los trabajos.
d) Los materiales se entregarán convenientemente lavados, siglados y clasificados.
e) Se hará entrega del inventario de los materiales y de la memoria descriptiva de la intervención en el formato previamente establecido por la Dirección General de Bienes Culturales.
f) Cada uno de los embalajes deberá contener de forma visible la ficha desglosada de contenedores correctamente cumplimentada, según modelo establecido (anexo I).
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A EDUCACION, FORM.PROF. Y EMPLEO |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |