Otorgar la autorización administrativa, la aprobación del proyecto de ejecución y el reconocimiento de la utilidad pública de una instalación de transporte secundario o distribución de combustibles gaseosos (redes de distribución, depósitos y plantas satelite de GNL)
Seguimiento de la tramitación
La carpeta ciudadana/empresarial, accesible desde Sede electrónica de la Administración Pública de la C.A.R.M. - Inicio, permite a los interesados, tanto personas físicas como jurídicas, consultar sus solicitudes y escritos presentados de forma presencial o en la sede electrónica como interesados.
Cualquier consulta sobre la tramitación del expediente podrá solicitarse para respuesta diferida a través del portal de la CARM “petición de información
, Bien mediante cumplimentación del formulario, sin certificado digital, o con certificado digital. Sólo en este último caso podrá ofrecer información particular.
Para consulta de expedientes en tramitación o finalizados, y consultas de carácter técnico/administrativo relacionadas con las actividades de la Dirección General de Energía y Actividad Industrial Minera, puede utilizar el servicio de cita previa, disponible a través del procedimiento '3047 Consulta a la Dirección General de Energía y Actividad Industrial y Minera - Cita Previa': http://www.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=3047&IDTIPO=240&RASTRO=c672$m2469
Notificaciones electrónicas
Este procedimiento dispone de notificación electrónica por comparecencia en la Sede de la CARM para los actos y Resoluciones administrativas que se deriven de la tramitación de las solicitudes. Para esta modalidad de notificación deberá cumplimentar la casilla correspondiente en la solicitud.
El titular de la instalación o su representante legal.
DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS (A14036704)
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
En el formulario de solicitud electrónica, durante el proceso de presentación, obtendrá la liquidación de la tasa correspondiente, para efectuar el pago con tarjeta de crédito o débito. No es necesario obtener la carta de pago previamente.
| Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
|---|---|
| Alzada | CONSEJERO/A EMPR,ECONOM SOC. Y AUTONOMOS |