Establecer un protocolo de actuación que regule con eficacia y transparencia la actuación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia al poner a disposición de las Administraciones sus instalaciones museísticas, sin que suponga una carga adicional para ella por la prestación de este servicio público.
Las características y la descripción de los espacios museísticos disponibles se definen en los documentos establecidos para cada museo en la web www.museosdemurcia.com.
La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (CARM), puede ofrecer el uso temporal de las instalaciones de los museos cuya gestión tiene encomendada a los siguientes usuarios:1. Consejerías, órganos y entidades dependientes de las administraciones públicas.2. Entidades colaboradoras para la celebración de actos en los que la comunidad autónoma intervenga, organice o patrocine.
DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO CULTURAL (A14036973)
Tener la condición de administración pública o entidad que actúe en colaboración con la misma.
La disponibilidad y el horario de los espacios museísticos estarán condicionados a la compatibilidad con las actividades que se lleven a cabo en estos, en el ámbito de sus finalidades, y al horario de los mismos, sin que puedan celebrarse actos que perturben el funcionamiento habitual del museo. Se podrá impedir la celebración de actos o actividades que atenten contra la dignidad de las personas y los derechos fundamentales, de acuerdo con la legislación vigente.
Cuando se autorice la cesión de uso por un tiempo superior al horario normal, los gastos adicionales de mantenimiento, vigilancia, de limpieza o de atención al público a que diera lugar la ampliación, serán de cuenta del solicitante. Se entiende por horario normal del museo, el de apertura al público establecido para cada museo. En estos casos, se exigirá la acreditación de haber realizado el pago a las empresas adjudicatarias del correspondiente servicio.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A EDUCACION, FORM.PROF. Y EMPLEO |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |