Reclamación previa de altas médicas emitidas por facultativos del Servicio Murciano de Salud en un proceso de incapacidad temporal. (código 3215) (SIA 2413474)

Información Básica

Objeto:

Tramitar las reclamaciones previas a la vía jurisdiccional en el orden social de las altas médicas emitidas por facultativos del Servicio Murciano de Salud en un proceso de incapacidad temporal.

En el caso de tratarse de una reclamación contra el  alta médica emitida por la Inspección Médica el procedimiento que se debe utilizar es el 2613-Reclamación de altas médicas por la Inspección Médica en un proceso de incapacidad temporal.

Información de Interés

En los procedimientos de impugnación de altas médicas en los que deba interponerse reclamación previa, el plazo para la contestación de la misma será de 7 días, entendiéndose desestimada una vez transcurrido dicho plazo.

En el caso de tratarse de una reclamación contra el  alta médica emitida por la Inspección Médica el procedimiento que se debe utilizar es el 2613-Reclamación de altas médicas por la Inspección Médica en un proceso de incapacidad temporal.

Destinatarios:

Ciudadanía y Empresas y otras Entidades.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Continuo

Plazo de Presentación:

Abierto

En los procedimientos de impugnación de altas médicas, emitidas por facultativos del Servicio Murciano de Salud, la reclamación previa se interpondrá en el plazo de 11 días desde la notificación de la resolución del alta/baja médica.

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

S.M.S. - SERVICIO MURCIANO DE SALUD (A14004326)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Actos reclamables:

Un acto administrativo sobre alta/baja médica emitida por un facultativo del Servicio Murciano de Salud

Documentos a aportar junto con la solicitud

Reclamación contra alta médica emitida por facultativos del Servicio Murciano de Salud
  • Documentación justificativa
    (No obligatorio / No original)
    Todo lo que el interesado estime conveniente en defensa de su pretensión.

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

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