Por tareas de mantenimiento y mejora, entre las 7:30 y las 8:00 horas del lunes día 05/05/2025, no estará disponible la Pasarela de Pagos de la CARM.
Sentimos las molestias ocasionadas.
Permite obtener la concesión de subvenciones por el Servicio Murciano de Salud cuando: 1-Esté previsto nominativamente en la vigente Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia 2-Aquellas cuyo otorgamiento o cuantía venga impuesto a la Administración por una norma de rango legal. 3-Las de carácter excepcional. Estas subvenciones estarán destinadas a fomentar la actividad de Asociaciones, ONG,s u otras Instituciones sin ánimo de lucro, que presten sus servicios en la Región de Murcia y cuyos proyectos y actuaciones vayan destinados a la prevención, atención y apoyo a enfermos y familiares en el ámbito de la salud mental, drogodependencias, integración socio-laboral y cronicidad, y cualquier otro proyecto relacionado con el ámbito de la salud.
La Ley de Presupuestos incluye un anexo en el que figura los “proyectos de gasto nominativos” para ese ejercicio presupuestario, con mención del competente para su concesión beneficiario, partida presupuestaria e importe máximo de la subvención. No obstante lo anterior, aunque figure en esa relación, la concesión o no de la subvención será decidida por el órgano competente. Las que figuren en otra norma habrá que estar a lo en ella previsto, igual que las que se concedan de manera excepcional.
S.M.S. - SERVICIO MURCIANO DE SALUD (A14004326)
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Director Gerente del Servicio Murciano de Salud
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A SALUD |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |