Devolución tasas oposiciones secundaria 2020 (código 3399) (SIA 2324506)

Información Básica

Objeto:

Procedimiento para solicitar la devolución de las cantidades abonadas en concepto de derechos de examen a los ciudadanos que hayan abonado dichas cantidades para participar en las oposiciones convocadas por la Orden de 3 de marzo de 2020, por la que se convocan procedimientos selectivos para el ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, a celebrar en el año 2020, y la elaboración de la lista de interinos para el curso 2020-2021

Información de Interés

Devolución cuando se ha efectuado el pago de tasas de varias solicitudes.

En supuesto de que un mismo aspirante haya cumplimentado más de una solicitud de participación con pago de tasas, deberá solicitar una devolución distinta para cada una de ellas.

Acreditación de la titularidad de la cuenta.

Se deberá adjuntar en pdf documento bancario que acredite la titularidad de la cuenta corriente.

Autenticación y firma de la instancia.

Una vez cumplimentado el formulario, este deberá firmarse electrónicamente. Los solicitantes podrán firmar electrónicamente su solicitud de las siguientes maneras:

a) Los aspirantes que hayan realizado servicios como personal docente interino en algún centro del ámbito de la CARM pueden firmar mediante su usuario y contraseña de Educarm

b) Los aspirantes que estén registrados en el sistema “Cl@ve” de identidad electrónica para las administraciones podrán firmar electrónicamente utilizando el código proporcionado por dicho sistema. A estos efectos se podrá consultar el modo de registro y funcionamiento de esta clave en la página web clave.gob.es

c) Quien esté en posesión de un certificado digital de usuario podrá firmar electrónicamente su solicitud. Serán certificados válidos para la firma los emitidos por alguna de las entidades certificadoras reconocidas por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que se pueden consultar en https://sede.carm.es/eAweb/publico/certificados/CertificadosController.jpf, entre los que se encuentran el de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) y el certificado de autenticación y firma electrónica incluido en el chip del DNI o Documento Nacional de Identidad Electrónico

Resolución de incidencias

Para resolver dudas o incidencias relacionadas con el procedimiento o la instancia, los interesados deberán dirigir un correo electrónico a la dirección soporte.educacion@murciaeduca.es indicando en el asunto "Procedimiento 3399"

Destinatarios:

Ciudadanía.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Abierto
  • Presentación de solicitud: 28/07/2020 hasta 09/07/2024

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, PLANIFICACIÓN EDUCATIVA E INNOVACIÓN (A14038194)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Haber efectuado el pago de la tasa para participar en las opociciones al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y otros cuerpos docentes convocadas por Orden de 3 de marzo de 2020.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud de devolución de tasas de oposiciones de secundaria y otros cuerpos 2020
  • Designación/autorización de representación
    (No obligatorio / No original)
  • Acreditación
    (No obligatorio / No original)
    Documento que acredite la titularidad del IBAN aportado.

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A EDUCACION, FORM.PROF. Y EMPLEO

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

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