Subvenciones a clubes deportivos no profesionales de la Región de Murcia para la financiación por los gastos ocasionados por la participación en competiciones oficiales durante el año 2024.
El procedimiento de concesión de ayudas se rige por el régimen de concurrencia competitiva, para aquellos club que reúnan los requisitos exigidos.
La Orden de convocatoria recoge dos líneas de subvención:
2) Subvenciones a clubes deportivos no profesionales de la Región de Murcia que participan en competiciones regulares oficiales de ámbito estatal organizadas por las federaciones deportivas para colaborar con los gastos ocasionados por la participación en las mismas durante el año 2024.
Un club deportivo solo podrá concurrir a una de las dos líneas de subvención.
Clubes Deportivos no profesionales de la Región de Murcia que participen en Competiciones Oficiales organizadas por las Federaciones Deportivas.
DIRECCION GENERAL DEPORTES (A14036694)
Disponer de libro contable, registros y, en general, de los documentos exigidos en la normativa deportiva, fiscal y asociativa aplicable y poner a disposición de la Dirección General de Deportes, cuando sea necesario, la documentación justificativa para la verificación de cumplimento de los requisitos establecidos en la presente convocatoria.
Tener una estructura de técnicos deportivos para el desarrollo de las actividades del Club, con titulación adecuada a la normativa vigente, tramitada por la Federación Deportiva correspondiente. El Club Deportivo deberá cumplir con lo establecido en la Ley 3/2018, de 26 de marzo, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Los requisitos se regulan en Base Reguladora 2ª de la Orden de 27 de julio de 2010, de la Consejería de Cultura y Turismo (B.O.R.M. de 7 de agosto), por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones que se concedan en el ámbito deportivo de la Región de Murcia.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Potestativo de reposición | CONSEJERO/A PRESID.PORT.Y ACCION EXTER.CAR |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |