Subvenciones destinadas a la rehabilitación en las Áreas de Regeneración y Renovación Urbana y Rural de Caravaca de la Cruz, Mula y Pliego. Plan de Vivienda 2018/2021 (ACB 2019). (código 3500) (SIA 2398292)

Información Básica

Objeto:

Convocatoria de ayudas destinadas a la rehabilitacion en las areas de regeneracion urbana y rural en  los municipios de Caravaca de la Cruz,  Mula y Pliego. Plan de Vivienda 2018/2021 (ACB 2019).

 

Información de Interés

Serán actuaciones susceptibles de subvención las iniciadas a partir del 1 de enero de 2018, incluidas en alguna de las siguientes categorías:

a) Obras o trabajos de mantenimiento e intervención en las viviendas unifamiliares y en los edificios de viviendas de tipología residencial colectiva, incluso en el interior de las viviendas, instalaciones fijas, equipamiento propio y elementos comunes, a fin de adecuarlos a los estándares previstos por la normativa vigente.

b) Actuaciones de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad a que se refiere el artículo 36 del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se aprueba el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.

c) Actuaciones de conservación a que se refiere el artículo 43.1 del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se aprueba el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.

d) Actuaciones para la mejora de la seguridad de utilización y accesibilidad a que se refiere el artículo 43.2 del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se aprueba el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.

El plazo máximo de ejecución de las actuaciones finalizará el 17 de octubre de 2026.

Destinatarios:

Ciudadanía, Empresas y otras Entidades y Administración.

Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas quienes asuman la responsabilidad de la ejecución integral del ámbito de actuación, ya sean los propietarios/as únicos de edificios de viviendas de tipología residencial colectiva, propietarios/as de viviendas en edificios de tipología residencial colectiva o de viviendas unifamiliares de uso residencial, comunidades de propietarios de edificios de tipología residencial colectiva o agrupaciones de comunidades de propietarios. También podrán ser personas beneficiarias las que, de forma agrupada, sean propietarias de edificios de viviendas de tipología residencial colectiva que reúnan los requisitos establecidos por el art. 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal. Cuando el propietario/a de la vivienda y la persona arrendataria de la misma acuerden que, a cambio del pago de la renta, esta última costee a su cargo las actuaciones de rehabilitación que correspondan, la persona arrendataria podrá solicitar de la comunidad de propietarios o, en su caso, del propietario/a único/a, la adopción del acuerdo necesario para solicitar estas ayudas. En este supuesto la persona arrendataria podrá tener la consideración de beneficiaria de la ayuda.

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA (A14028862)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

Propietario o arrendatario de inmueble destinado a vivienda incluido en alguna de las Areas de regeneración y renovación urbana y rural que se convocan.

Las solicitudes se dirigirán a la entidad gestora (ayuntamiento) responsable del área de regeneración y renovación urbana en que se ubique la vivienda

Requisitos posteriores

Obligaciones de las personas beneficiarias y para la percepción de la ayuda.

1. Para la percepción de la ayuda deberán cumplirse los siguientes requisitos:

a) La domiciliación del pago de la ayuda en alguna entidad financiera o de crédito.

b) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la seguridad social y por reintegro de subvenciones.

c) Justificar en tiempo y forma, ante el órgano concedente de la ayuda, el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinan la concesión de la subvención así como la efectiva aplicación de los fondos a la finalidad para la que fueron aprobados, todo ello de conformidad con lo que determina el artículo 20 de la presente Orden.

2.  Además de las obligaciones ya establecidas en esta convocatoria, las personas beneficiarias están obligadas a:

a) Someterse a las actuaciones de comprobación que lleve a cabo el órgano concedente, por sí o por terceros designados al efecto, así como a cualesquiera otras actividades de verificación y control financiero que puedan realizar los órganos competentes, aportando cuanta información les sea requerida en el ejercicio de dichas actuaciones.

b) Comunicar al órgano competente para la concesión de la ayuda la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien la actividad subvencionada.

c) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos.

d) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

e) IIncluir de forma visible la participación del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, acompañado de la leyenda “Gobierno de España” junto a la de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en los carteles exteriores descriptivos de las obras en la zona de actuación. En estos figurará, además, el importe de las subvenciones aportadas por ambas administraciones con la misma tipografía

f) Destinar los bienes inmuebles al fin concreto (uso residencial) para el que se concedió la subvención, por un plazo no inferior a cinco años, con las condiciones establecidas en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos a aportar junto con la solicitud

SOLICITUD DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS Y VIVIENDAS INCLUIDOS EN EL ÁREA DE REGENERACIÓN Y RENOVACIÓN URBANA Y RURAL PLAN 2018/2021
  • Acuerdo
    (No obligatorio / No original)
    Acuerdo de la Comunidad de Propietarios o agrupación de comunidades, del consorcio o entes asociativos de gestión, en su caso, para solicitar la subvención, y autorización a la persona representante para que actúe en nombre de estos, según el modelo previsto en el Anexo II de esta convocatoria.
  • Escritura pública
    (No obligatorio / No original)
    En el caso de edificios de viviendas de tipología residencial colectiva deberá aportarse escritura pública de división horizontal del edificio objeto de la ayuda de rehabilitación, en el que figure la descripción y superficie de las viviendas. En su defecto se podrán aportar notas simples registrales que sumen el 100% de la cuota de participación del edificio. En el caso de viviendas unifamiliares o viviendas en edificios de tipología residencial colectiva de viviendas, deberá aportarse escritura pública que acredite la titularidad del inmueble para el que se solicita la ayuda de rehabilitación, debiendo figurar la descripción y superficie del mismo. En su defecto se podrá aportar nota simple registral.
  • Declaración responsable
    (No obligatorio / No original)
    Declaración responsable relativa a las disposiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, según el modelo previsto en el Anexo I de esta convocatoria.
  • IBAN Código Internacional de Cuenta Bancaria
    (No obligatorio / No original)
  • Autorización
    (No obligatorio / No original)
    En el caso de viviendas en las que existan varios propietarios en proindiviso y sólo uno o alguno de ellos asuman la responsabilidad de la ejecución integral del ámbito de actuación, deberá aportarse la autorización del resto de propietarios a favor de los que asuman esa responsabilidad, para llevar a cabo la actuación y convertirse en beneficiarios, según el modelo previsto en el Anexo IV de esta convocatoria.
  • Contrato
    (No obligatorio / No original)
    Contrato de arrendamiento en caso de que los residentes sean inquilinos y no propietarios. En caso de que la persona arrendataria sea solicitante de la ayuda deberá presentar el documento a que se refiere el art. 6.3 de esta Orden de convocatoria.
  • Informe técnico
    (Obligatorio / No original)
    Informe, firmado por técnico competente, de fecha anterior a la solicitud de la ayuda que acredite la necesidad de la actuación. Cuando la actuación se realice en un edificio de tipología residencial colectiva, el informe técnico será el informe de evaluación de edificios, según lo establecido en el artículo 3.1.a) del Decreto nº 34/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el informe de evaluación de los edificios y se crea el Registro de Informes de Evaluación de los Edificios de la Región de Murcia. Si a la fecha de la solicitud las obras no han sido iniciadas deberá presentarse junto al informe las fotografías del estado previo del inmueble.
  • Proyecto o memoria, según proceda, suscrito por técnico competente
    (No obligatorio / No original)
    En caso de que las obras a realizar requieran proyecto: se deberá presentar el proyecto correspondiente junto a los visados que sean preceptivos (Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación). Para las obras que no requieran el proyecto mencionado en la letra anterior: se deberá presentar memoria suscrita por técnico competente relativa a la adecuación de la actuación al Código Técnico de la Edificación y demás normativa de aplicación.
  • Presupuesto
    (No obligatorio / No original)
    Presupuesto de la actuación por capítulos de obra, con identificación de las unidades de obra, su precio unitario y la medición correspondiente. En caso de solicitar ayuda para distintas actuaciones según lo establecido en el artículo 4 debe diferenciar en el presupuesto que partidas se corresponden con cada una de dichas actuaciones. No se podrán incluir impuestos, tasas o tributos. Presupuesto de otros gastos que implique la actuación que podrá incluir: los honorarios de los profesionales intervinientes, el coste de la redacción de los proyectos, informes técnicos y certificados necesarios, los gastos derivados de la tramitación administrativa y otros gastos generales similares, siempre que todos ellos estén debidamente justificados. No se podrán incluir impuestos, tasas o tributos.
  • Solicitud
    (No obligatorio / No original)
    Modelo de solicitud de ayuda adicional por ingresos inferiores a 3 veces IPREM debidamente firmado y cumplimentado, según formulario previsto en la presente convocatoria (Anexos VI y VII en su caso).
  • Solicitud
    (No obligatorio / No original)
    Modelo de solicitud de ayuda adicional por situaciones de discapacidad; mayores de 65 años, debidamente firmado y cumplimentado, según formulario previsto en la presente convocatoria (Anexo VIII)
  • Certificación
    (No obligatorio / No original)
    Certificado o volante de empadronamiento colectivo que acredite la residencia habitual de la unidad de convivencia para el tramo de ayuda adicional por ingresos inferiores a 3 veces el IPREM.
  • Certificación
    (No obligatorio / No original)
    Certificado acreditativo de la discapacidad para el tramo de ayuda adicional para las actuaciones de accesibilidad.
  • Consulta de Datos de Identidad (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
  • Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con la AEAT para solicitud de ayudas y subvenciones (*)
  • Certificado de estar al corriente de pago obligaciones tributarias con la CARM (*)
  • Consulta del Nivel y Grado de Dependencia (*)
  • Consulta de datos de discapacidad de las CCAA (*)
  • Datos de residencia con fecha de la última variación padronal (*)
  • Consulta de Nivel de renta (AEAT) (*)
  • Certificado del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (AEAT) (*)
  • Importes de prestaciones por desempleo percibidos en un periodo (*)
  • Consulta de las prestaciones del Registro de Prestaciones Sociales Públicas, Incapacidad Temporal y Maternidad (*)
  • Consulta de Datos de Discapacidad por el Real Decreto 888/2022. Comunidades Autónomas (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


  • SOLICITUD DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS Y VIVIENDAS INCLUIDOS EN EL ÁREA DE REGENERACIÓN Y RENOVACIÓN URBANA Y RURAL PLAN 2018/2021   [Fuera de plazo: 11-08-2021 – 30-09-2021]

Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Solicitar Presencialmente

Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.

La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición CONSEJERO/A FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
Recursos que proceden ante la AdministraciónJusticia
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Contencioso-Administrativo Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. DG de Transformación Digital. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia