Progama de subvenciones para la rehabilitación energética en edificios existentes, mediante la mejora de la envolvente térmica del edificio y la sustitución de instalaciones por las tecnologías más eficientes y energías renovables, con la finalidad es contribuir a alcanzar los objetivos medioambientales y energéticos establecidos en la normativa de la Unión Europea que favorezcan la reducción del consumo de energía final y de las emisiones de dióxido de carbono.
Las subvenciones tendrán dos modalidades:
- Opción A actuaciones en edificios completos: Tipología 1 a la 4
Costes elegibles entre 20.000 y 400.000 € (1.200.000 € si el tipo de solicitante son entidades locales o universidades)
- Opción B actuaciones en una o varias viviendas o locales del mismo edificio, consideradas individualmente: Tipologia 2 subtipo 2.4
Costes elegibles entre 6.000 y 20.000 €
a) Edificios de vivienda unifamiliar;
b) edificios de tipología residencial colectiva de vivienda;
c) edificios de cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.)
Las subvenciones se podrán aplicar a tres tipos generales de actuaciones:
Estas ayudas están cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) dentro del Programa Operativo Plurirregional de España (POPE) 2014-2020, siempre que sean elegibles dentro del mismo, y con aportaciones del Estado, en concreto del Fondo Nacional de Eficiencia Energética adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Tramitación telemática
Las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas.
Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
TRAMITACIÓN SEMIPRESENCIAL
Para la presentación presencial aconsejamos que se utilice el ENLACE modelo "Generación de formulario de solicitud sin certificado digital". En este enlace no necesita disponer de certificado digital y podrá generar el formulario con las mismos cálculos que en la presentación telemática (indicándole las posibles cuantías de ayudas a solicitar según las opciones elegidas). Una vez cumplimentado dicho formulario deberá imprimir el borrador que dispondrá de un código de barras en su parte inferior y presentarlo en una Oficina de Información y Tramitación Especializada de la Dirección General de Energía, Actividad Industrial y Minera, donde se registrará dicha solicitud digitalizando los documentos necesarios según la convocatoria que debe adjuntar.
SEGUIMIENTO DE LA TRAMITACIÓN
NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS
INFORMACIÓN PARTICULAR
CONSULTAS TÉCNICAS
REPRESENTACIÓN
En caso de presentación de solicitud a través de representante deberá acreditarse la representación, estando en todo caso a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Para más información consultar la información disponible en el procedimiento 9943 Sede electrónica de la Administración Pública de la C.A.R.M. - Apoderamiento de la Representación ante las Administraciones Públicas (carm.es).
Los Beneficiarios podrán ser:- Autónomos, PYMES y Grandes empresas.- Ciudadanos particulares.- Comunidades de vecinos.- Propietarios de edificios de forma agrupada- Empresas de servicios energéticos.- Concesionarios o arrendatarios, de edificio con facultad de realizar obras.- Entidades locales.- Entidades del sector público en general.- Comunidad Autónoma con Inversiones directas Los destinatarios personas físicas deberán poseer la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea y tener residencia legal en EspañaLos destinatarios personas jurídicas, deberán acreditar que se encuentran legalmente constituidas y registradasLas actuaciones deberán realizarse en edificios existentes de la Comunidad Autónoma Región de Murcia:a) Edificios de vivienda unifamiliar;b) edificios de tipología residencial colectiva de vivienda;c) edificios de cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.)Construidos antes de 2007 y no pude suponer ampliación, incremento de la superficie o volumen construido, ni cambio de uso del edificio
DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS (A14036704)
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A EMPR,ECONOM SOC. Y AUTONOMOS |