Las ayudas estarán dirigidas a la obtención de habilidades emprendedoras y financieras de los y las profesionales de los sectores de la cultura y la creación.
El objeto de estas ayudas es la obtención de habilidades emprendedoras y financieras de los y las profesionales de los sectores de la cultura y la creación de la Región de Murcia. A través de la participación de incubadoras se pretende, también, favorecer la comunicación y cooperación entre el sector cultural y otros sectores económicos y fomentar la cooperación intra e intersectorial, remarcando el valor añadido que la creatividad y la cultura tienen para otros sectores. Las ayudas tendrán las siguientes finalidades:
1. Acelerar el crecimiento del tejido empresarial y profesional de las ICC.
2. Impulsar de la transformación a la cultura digital y la incorporación de nuevas tecnologías en las ICC.
3. Favorecer las interconexiones entre las ICC y de éstas con otros sectores económicos.
4. Mejorar del acceso a la financiación de las ICC.
5.- Apoyar a la inversión
6.- Fomentar las actividades formativas
7.- Apoyar procesos de mentoría en materia de comunicación, internacionalización o financiación.
Los sectores de las ICs afectados por estas Ayudas son los siguientes: artes audiovisuales, artes escénicas, artes plásticas y visuales, artes interactivas, cine, diseño, gestión cultural, libros, moda, música y danza, nuevos géneros creativos multimedia, nuevos medios de comunicación.
www.icarm.es
968 924 204
Trabajadores Autónomos y las PYMES y las microempresas, así como personas físicas con el compromiso de constituirse como empresas o autónomos al recibir la ayuda
INSTITUTO DE INDUSTRIAS CULTURALES Y DE LAS ARTES DE LA REGION DE MURCIA ( ICA ) (A14028772)
1. Podrán ser beneficiarias las PYMES, microempresas, profesionales de las industrias culturales y creativas inscritas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, así como las personas físicas o agrupaciones de éstas con el compromiso de constituirse como empresa o autónomos al recibir la ayuda, que tengan su sede social y fiscal, o residan legalmente en la Región de Murcia.
Además, para acceder a estas ayudas, las entidades solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
En el caso de las personas jurídicas:
a) Encontrarse legalmente constituidas con personalidad jurídica propia, a la fecha de solicitud.
b) Estar dadas de alta, en el momento de presentación de la solicitud, en el correspondiente epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas y, tener un objeto o fin social acorde con el desarrollo de la actividad.
c) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, así como en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
En el caso de personas físicas:
El cumplimiento de los requisitos será obligatorio para mantener la condición de beneficiario y, por tanto, se verificará su respectivo cumplimiento en el momento de efectuar la concesión y en el momento de realizar los pagos.
A efectos de la presente Resolución se considerará microempresa y pequeña empresa, la que con tal carácter se definen en la Recomendación de la Comisión Europea de 6 de mayo de 2003 (DOUE nº 124, de 20 de mayo de 2003).
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A PRESID.PORT.Y ACCION EXTER.CAR |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |