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Sentimos las molestias ocasionadas.
Ofrecer información referente a la protección internacional de familias o menores afectados por la situación de Ucrania
NOVEDAD:
Ya está disponible el teléfono de información para las personas desplazadas de Ucrania durante las 24 horas del día (+34) 91 047 44 44, con atención en ucraniano y español.
A través de este teléfono se dará CITA para los centros de recepción del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
En el siguiente enlace obtendra información ofrecida por el Ministerio del Interior en varios idiomas.
http://www.interior.gob.es/es/web/servicios-al-ciudadano/ucrania-proteccion-temporal
PREGUNTAS FRECUENTES EN RELACIÓN A LA ATENCIÓN A PERSONAS DESPLAZADAS A LA REGIÓN DE MUCIA A CAUSA DE LA CRISIS HUMANITARIA EN UCRANIA.
El Consejo de la UE ha aprobado la Decisión por la que entra en aplicación la Directiva 2001/55/CE del Consejo, sobre protección de personas desplazadas y que permitirá automáticamente a las personas ucranianas desplazadas residir, trabajar o estudiar en la Unión Europea durante un año, prorrogable hasta tres, sin tener que solicitar asilo.
La competencia en materia de protección internacional y temporal es Estatal, siendo de aplicación en España el Real Decreto 1325/2003, de 24 de octubre, que ha sido actualizado por la reciente aprobación de la Orden PCM/170/2022, de 9 de marzo, por la que se amplía protección temporal otorgada en virtud de la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 del Consejo de 4 de marzo de 2022, y la Orden PCM/169/2022, de 9 de marzo, por la que se desarrolla el procedimiento para el reconocimiento de la protección temporal a personas afectadas por el conflicto de Ucrania.
Esta guía de preguntas frecuentes irá siendo actualizada, a medida de que se vayan desarrollando los procedimientos relacionados con la protección temporal y se disponga de información más concreta por parte del Ministerio competente.
1. ¿De qué protección dispone una persona desplazada desde Ucrania por el conflicto bélico?
Las personas ucranianas desplazadas a causa del conflicto bélico en ese país tienen derecho a la protección temporal que reconoce la Directiva 2001/55/CE del Consejo.
2. ¿En qué consiste la protección temporal?
El reconocimiento de la protección temporal, permite un refugio inmediato y temporal en los países de la Unión Europea, respecto de las personas que huyen del conflicto bélico en Ucrania.
3. ¿Qué derechos me otorga la protección temporal?
La protección temporal concede un permiso de residencia y trabajo, que serán válidos durante toda la duración de la protección.
Las personas beneficiarias de la protección temporal tienen derecho a:
4. ¿Qué deberes tienen las personas solicitantes o beneficiarias de protección temporal?
Las personas solicitantes o beneficiarias de protección temporal en España tendrán los siguientes deberes:
5. ¿Quiénes pueden solicitar de la protección temporal?
Pueden solicitar la protección temporal:
a) Nacionales ucranianos desplazados desde Ucrania a partir del 24 de febrero de 2022, a consecuencia de la invasión rusa iniciada en tal fecha.
b) Nacionales ucranianos que se encontrasen en situación de estancia en España antes del 24 de febrero de 2022 que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a Ucrania.
c) Nacionales de terceros países o apátridas que residieran legalmente en Ucrania sobre la base de un permiso de residencia legal válido (sea permanente u otro tipo como estudiantes) expedido de conformidad con el derecho ucraniano y no pueden regresar a su país o región.
d) Nacionales de Ucrania que se encontraban en situación irregular en España antes del 24 de febrero y que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a Ucrania.
e) Miembros de las familias de las personas a que se refiere los apartados a, b y c en los siguientes términos:
6. ¿Qué puedo hacer si me encontraba en España antes del 24 de febrero?
Si llevabas menos de 90 días en España, tu situación sigue siendo regular. En el espacio Schengen estarás en situación regular durante 90 días desde la entrada.
Si tenía una solicitud de extranjería en trámite o en vigor, y la situación en Ucrania le imposibilita la obtención de algunos de los documentos necesarios para tramitar su autorización de residencia y trabajo, diríjase a la Oficina de Extranjería de Murcia.
7. ¿Dónde puedo solicitar la protección temporal?
La solicitud de protección temporal se formulará mediante comparecencia personal de la persona interesada en:
Se dispondrá de intérprete para las personas que lo necesiten.
En el caso de menores de 18 años que estén acompañados por algún adulto, la solicitud será presentada por la persona responsable de aquellos.
Deberá acudir siempre con cita previa. La cita debe obtenerse en la Sede Electrónica del Ministerio de Política Territorial, a través del siguiente enlace:
Proceso automático para la solicitud de cita previa (administracionespublicas.gob.es)
8. ¿Qué documentación es necesaria presentar para solicitar la protección temporal?
Para la solicitud de la protección temporal la persona interesada debe aportar la documentación que acredite que pertenece al colectivo al que le es de aplicación el régimen de protección temporal:
Importante: en todos los casos deberá acudir con 2 fotografías tamaño carnet.
9. ¿Cómo puedo obtener la cita previa para la solicitud de protección temporal?
La cita debe obtenerse en la Sede Electrónica del Ministerio de Política Territorial, a través del siguiente enlace:
Proceso automático para la solicitud de cita previa (administracionespublicas.gob.es)
10. ¿Cuánto tiempo tarda en resolverse la solicitud de protección temporal?
La propia solicitud de protección temporal ya autoriza a la persona interesada, de forma provisional, a permanecer en territorio español así como a percibir las ayudas sociales gestionadas por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
La resolución por la que se conceda o deniegue la protección temporal se dictará en el plazo máximo de 24 horas desde la solicitud de la misma.
La resolución por la que se concede la protección temporal incluirá la autorización de residencia y trabajo en el país.
11. ¿Cómo puedo acceder a la asistencia sanitaria?
Para tener acceso a la asistencia sanitaria, la persona interesada deberá presentarse en la unidad de tramitación administrativa del centro de salud correspondiente con el resguardo acreditativo de presentación de solicitud de protección temporal expedido por la Policía Nacional o la resolución de concesión de la misma acordada por el Ministerio del Interior.
No es necesario presentar el certificado de empadronamiento.
12. ¿Cómo escolarizar a un/a menor llegado desde Ucrania?
Para la escolarización de los alumnos que están llegando desde Ucrania, los interesados se deben dirigir al centro escolar que consideren oportuno, donde se les facilitarán el modelo de solicitud y se les informará de la documentación que tienen que aportar.
Para poder escolarizar en las etapas de 2º ciclo de Ed. Infantil (3-6 años), Ed. Primaria y ESO se debe presentar el modelo de solicitud junto a la siguiente documentación:
Todos los modelos están disponibles en el procedimiento 144 de sede electrónica https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=144&IDTIPO=240&RASTRO=c$m40288
En el caso de alumnado que solicita plaza para Bachillerato, para poder matricularse se necesita la homologación de los estudios de secundaria (equivalente a ESO) por la Alta Inspección del Estado.
En el centro educativo se les dará información sobre la sede electrónica para solicitar dicha Alta de la Inspección. En el momento en que se solicite, se obtiene el volante de inscripción condicional, que deberán presentar en cualquier registro oficial. Una vez registrado, deberá presentar el resguardo del registro en el centro educativo donde deseen cursar el Bachillerato.
13. ¿Cuál es la duración de la protección temporal?
La protección temporal y los permisos de residencia y trabajo tienen una duración de 1 año. Transcurrido este tiempo se entenderán prorrogados automáticamente por otro año. Excepcionalmente podrá prorrogarse por un año más.
14. Soy ciudadano/a ucraniano/a y acabo de llegar a la Región de Murcia. No dispongo de medios económicos ¿A dónde debo dirigirme?
En el caso de carecer de recursos económicos, podrá solicitar acceder al Sistema de Acogida, en el caso en el que se cumplan además los siguientes requisitos:
a) Ser nacionales ucranianos desplazados desde Ucrania a partir del 24 de febrero de 2022, a consecuencia de la invasión rusa iniciada en tal fecha.
b) Ser nacionales ucranianos que se encontrasen en situación de estancia en España antes del 24 de febrero de 2022 que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a Ucrania.
c) Ser nacionales de terceros países o apátridas que residieran legalmente en Ucrania sobre la base de un permiso de residencia legal válido (sea permanente u otro tipo como estudiantes) expedido de conformidad con el derecho ucraniano y no pueden regresar a su país o región.
d) Ser nacionales de Ucrania que se encontraban en situación irregular en España antes del 24 de febrero y que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a Ucrania.
En caso de cumplir los requisitos anteriores, y carecer de medios económicos, debe dirigirse a las oficinas de ACCEM directamente, o a través de los siguientes teléfonos o correos electrónicos:
Llamando al teléfono 673 31 50 20.
A travé de la siguiente direccion de correo electrónico: ucrania.murcia@accem.es
Llamando al teléfono 673 31 50 20.
A través de la siguiente dirección de correo electrónico: ucrania.murcia@accem.es
15. ¿Cómo funciona el Sistema de Acogida?
Este sistema prevé una metodología de intervención de itinerarios por fases, en función del grado de autonomía que vayan adquiriendo las personas destinatarias de las actuaciones:
Estas actuaciones se realizan a través de una red estatal integrada por los Centros de Acogida a Refugiados dependientes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
16. Si tengo protección temporal, ¿Puedo solicitar protección internacional?
Las personas beneficiarias de protección temporal podrán solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado en España, pero no podrán disfrutar de los beneficios derivados de la solicitud de protección internacional a la vez.
A través del siguiente directorio se podrán realizar las consultas que, en materia de protección internacional, pudieran plantear las personas ucranianas que residen en los municipios de nuestra Región, así como aquellas personas desplazadas procedentes de Ucrania que se encuentren en nuestro territorio.
ENTIDAD | DATOS DE CONTACTO |
CRUZ ROJA | 678 509 450 ucraniamurcia@cruzroja.es |
ACCEM | 968 268 427 |
CEPAIM | 664 32 96 12 |
MURCIA AGOGE | 968 021 466 |
COLUMBARES | 968 824 241 proteccion.internacional@columbares.org |
ÁNGEL TOMÁS | 607 716 667 |
17. Información sobre la validez y canje de los permisos de conducción ucranianos en España:
Según la Instrucción COND 2022/02 del Ministerio del Interior, sobre medidas extraordinarias en relación a la validez y canje de los permisos de conducción ucranianos, de aquellas personas solicitantes o beneficiarias de protección temporal en España:
DETECCIÓN DE MENORES UCRANIANOS NO ACOMPAÑADOS RESIDENTES EN LA REGIÓN DE MURCIA:
Si se detectan menores acompañados de familiares o adultos responsables legalmente o con arreglo a la costumbre a los que están vinculados que desean continuar con ellos, y si tienen cubiertas sus necesidades morales y materiales, no se requiere en principio intervención de la Entidad Pública. No obstante se podrá valorar la situación para proceder, en el caso que sea necesario, a la formalización de acogimientos familiares.
18. ¿Qué tengo que hacer si detecto a un menor ucraniano no acompañado?
Comunicación a Policía Nacional para su identificación y reseña, así como puesta a disposición de la Entidad Pública de Protección de Menores, donde se ofrecerá el cuidado y protección que el menor requiera.
19. ¿Qué tengo que hacer si detecto a un menor procedente de ucrania que está acompañado por adultos con los que no tiene vínculo familiar?
Debe ponerse en conocimiento de la Entidad Pública de Protección para la apertura de un expediente informativo (Guarda de hecho menor ucrania)
Se valorará la situación de niño, niña o adolescente para garantizar su correcta atención, para lo que se tendrá que acreditar entre otros:
Durante la valoración el menor continuará con la familia guardadora.
20. ¿Cómo debo actuar si detecto una situación de desprotección de menores de nacionalidad ucraniana?
• El procedimiento será el mismo establecido para cualquier menor en situación de desprotección:
OFRECIMIENTOS DE FAMILIAS Y PERSONAS RESIDENTES EN LA REGIÓN DE MURCIA, PARA EL ACOGIMIENTO DE MENORES UCRANIANOS NO ACOMPAÑADOS:
Ninguna entidad privada puede ofrecer el acogimiento de menores que no estén acompañados por sus familiares, ni solicitar cuantías económicas para tramitar la salida de éstos del país. No es adecuado favorecer la salida de menores sin las garantías establecidas por el Derecho Internacional.
FASE INICIAL:
21. ¿Cómo puedo ofrecerme como familia acogedora?
Es requisito ser residente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
El ofrecimiento se realizará a través del correo electrónico protecciondemenores.ucrania@carm.es
Se deberá indicar obligatoriamente:
Nº de DNI de los solicitantes.
Teléfono de contacto.
Sin estos datos la solicitud se entenderá rechazada ya que no se puede dar de alta en la base de datos de la Dirección General de Familias y Protección de Menores.
22. ¿Cuándo sé que mi solicitud se está tramitando?
La tramitación dependerá de cómo se vayan desarrollando la crisis humanitaria. La lista de ofrecimiento se activará según necesidades.
En un primer momento se le citará a una charla informativa y formativa a la que tendrá que acudir obligatoriamente.
23. ¿Cuál va a ser el orden de la tramitación de las solicitudes?
Se priorizarán las solicitudes de familias que ya han sido valoradas idóneas por el servicio de protección de menores y se han ofrecido para dar respuesta a esta crisis humanitaria.
Seguidamente se irá citando a la charla informativa-formativa por orden de entrada de los ofrecimientos en la base de datos de la Dirección General de Familias y Protección de Menores
FASE DE VALORACIÓN:
24. ¿Cuándo se realiza la valoración psicosocial?
En la charla informativa y formativa se le entregara una ficha para el programa de acogimiento de menores tutelados en la Región de Murcia.
Esta tiene que ser cumplimentada y presentada por sede electrónica o en las oficinas de registro. Para acudir a las oficinas de registro, es obligatorio solicitar cita previa. Puede solicitarla pinchando en este enlace: cita previa
A partir de la presentación se realizará un estudio preliminar de las familias que mejor se acople a los intereses y necesidades de los menores tutelados.
MÁS INFORMACIÓN: https://acoge.carm.es/
En caso de detectar un menor sin la compañía de familiares y/o adultos se tiene que comunicar a las Fuerzas de Seguridad para su protección e identificación.
INFORMACIÓN SOBRE EL PROGRAMA “FAMILIAS ACOGEDORAS PARA FAMILIAS REFUGIADAS EN UCRANIA”.
El objetivo de este programa gestionado por la Fundación La Caixa en colaboración con el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, es establecer una red de familias acogedoras, que acojan en sus hogares a familias que llegan a nuestro país procedente de Ucrania como refugiadas.
25. ¿Dónde me puedo informar sobre este programa?
Podrá informarse sobre el “Programa Familias Acogedoras para Familias Refugiadas en Ucrania” llamando al teléfono gratuito 900 670 909, en horario de lunes a domingo de 9h a 22h.
O a través del formulario de contacto, al que puede acceder pinchando en el siguiente enlace:
Para más información puede acceder a la guía de preguntas frecuentes que, sobre este programa ha elaborado la Fundación La Caixa, pinchando en el siguiente enlace:
7f3d2dd1-0b50-c8d9-4cd6-3f36dde29921 (fundacionlacaixa.org)
INFORMACIÓN PARA REFUGIADOS DE UCRANIA QUE VIAJAN CON ANIMALES.
La rabia es una enfermedad mortal, que se transmite a través de la saliva de los animales infectados, por ello es tan importante la protección ante esta enfermedad.
26. Si mi mascota aún no ha sido vacunada contra la rabia, ¿Qué debo hacer?
Si tu mascota aún no está vacunada contra la rabia, debes contactar con el Servicio de Sanidad Animal de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente, a través del email mascotasucrania@carm.es y el teléfono 968 36 83 55, y se te indicarán, las medidas necesarias para proteger a tu mascota.
Mientras tu mascota no esté vacunada contra la rabia, sigue las siguientes indicaciones:
MUY IMPORTANTE: si tu animal muerde a alguna persona, debes contactar inmediatamente con el 112.
La persona que ha sido mordida debe acudir de inmediato a su centro de salud.
GUÍA DE DERECHOS PARA MUJERES REFUGIADAS QUE PUEDAN ESTAR SUFRIENDO VIOLENCIA MACHISTA (Ministerio de Igualdad).
Es víctima de violencia de género la mujer que es objeto de cualquier acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad, ejercido sobre ella por parte de quien sea o haya sido su cónyuge o de quien esté o haya estado ligado a ella por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia. También se consideran víctimas de esta violencia a los hijos e hijas menores de edad y las personas menores de edad sujetas a su tutela, o guarda y custodia, y se les reconocen unos derechos específicos.
27. ¿Dónde puedo obtener información general y asesoramiento jurídico a este respecto?
Si crees que puedes estar sufriendo violencia machista, puedes solicitar información a través de:
Teléfono 016, que atiende 24h al día los 365 días del año, en varios idiomas incluido el ucraniano.
Para más información, puedes acceder a la Guía del Ministerio de Igualdad pinchando en el siguiente enlace:
https://violenciagenero.org/web/wp-content/uploads/2022/04/GuiaRefugioVGcastellano.pdf
28. ¿Dónde puedo ser atendida en la Región de Murcia?
Si presencias violencia machista, o si la sufres, puedes:
29. ¿Y si sufro violencia sexual?
Si eres mujer y sufres violencia sexual, puedes:
30. Alerta contra la trata de personas:
Si sufres, ves o tienes sospechas sobre trata de personas, puedes llamar a los siguientes teléfonos:
CURSOS ON LINE PARA EL APRENDIZAJE DE ESPAÑOL DIRIGIDOS A HABLANTES DE LA LENGUA UCRANIANA Y RUSA.
La Compañía de Jesús en España ha lanzado un curso on line, ¡Comunícate!, para aprender español, junto a Radio ECCA, para las personas refugiadas por el conflicto de Ucrania. Es gratuito y dirigido a hablantes de lengua ucraniana y rusa.
Para inscribirse en este curso, pinche en el siguiente enlace:
https://noticiasecca.blogspot.com/2022/03/la-compania-de-jesus-ofrece-un-curso.html
DIRECCIÓN GENERAL DE FAMILIAS, INFANCIA Y CONCILIACIÓN (A14028747)
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.