Procedimientos selectivos extraordinarios de estabilización convocados mediante concurso de méritos para el ingreso a los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, profesores de escuelas oficiales de idiomas, profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional, catedráticos de música y artes escénicas, profesores de música y artes escénicas, profesores de artes plásticas y diseño, maestros de taller de artes plásticas y diseño y maestros
PRESENTACIÓN Y FIRMA DE LA SOLICITUD
La presentación de la instancia se efectuará exclusivamente de forma telemática. Para el acceso y firma de la instancia se podrá utilizar uno de los tres siguientes sistemas de identificación y firma:
1) Cl@ve
2) Certificado Digital( DNI-e y otros certificados válidos de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre reconocidos por la CARM)
3) Usuario y contraseña de Educarm (para interinos de la Región de Murcia que hayan prestado servicios en centros públicos)
RESOLUCIÓN DE INCIDENCIAS
Para efectuar consultas sobre la oposición o comunicar cualquier incidencia en la presentación de las solicitudes se enviará un correo electrónico a la dirección "soporte.educacion@murciaeduca.es", indicando en el asunto: "Procedimiento 3968"
Antes de enviar la incidencia consulte los documentos del apartado Respuestas a preguntas frecuentes del menú "Oposición 2021(Secundaria y otros cuerpos)" de la página web de la Consejería de Educación y Cultura, por si encuentra en ellos la solución a su cuestión.
1.- Plazas convocadas.
Se convoca procedimiento selectivo para la estabilización del empleo docente mediante concurso excepcional de méritos para cubrir 266 plazas de estabilización de los cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Catedráticos de Música y Artes Escénicas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Maestros
La distribución de plazas por cuerpo y especialidades aparece en el artículo 3 de la Orden de convocatoria.
2.- Requisitos de los candidatos.
En los artículos 4, 5, 6 y 7 se especifica lo relativo a los requisitos generales y específicos para poder participar en el concurso para cada cuerpo y también para poder participar por la reserva de plazas para personas con discapacidad.
Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.
3.-Forma de participación.(artículo 8)
La participación a las plazas de la misma especialidad y turno de ingreso que hayan convocado las Administraciones educativas señaladas en el Anexo I de forma conjunta al objeto de cubrir las plazas vacantes que correspondan a sus respectivos ámbitos de gestión, se realizará a través de una única instancia por especialidad, turno de ingreso y, en su caso, idioma, que será presentada en la Administración educativa que haya ofertado la plaza que se solicite en primer lugar, que será la encargada de verificar los requisitos de participación de la persona aspirante y de baremar los méritos alegados.
Ningún aspirante podrá concurrir a plazas de la misma especialidad por distintos turnos, aun cuando se trate de plazas de la misma especialidad convocadas por distintas Administraciones educativas.
No podrá presentarse más de una solicitud de participación por cuerpo, excepto en aquellos supuestos en los que se participe por más de una especialidad, en los que deberá presentarse una solicitud por cada especialidad.
Para poder cursar la instancia de participación a través de sede.carm la plaza solicitada en primer lugar deberá corresponder a la Región de Murcia. (alguna de las del artículo 3 de la orden de convocatoria)
Cuando se concurra a más de una especialidad docente, o, en su caso idioma, habrá de presentarse una instancia por cada una de ellas ante la Administración educativa que haya convocado la plaza solicitada en primer lugar en cada caso.
Firma electrónica de la solicitud, se recoge en el Artículo 9.
Plazo de presentación, se recoge en el Artículo 10.
Tasas de inscripción, se recoge en el Artículo 11.
Forma de pago, se recoge en el Artículo 12.
Documentación a anexar a la solicitud, se recoge en el Artículo 13.
4.- Listas de admitidos y excluidos. (artículo 14)
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa y Evaluación dictará Resolución, declarando aprobadas las listas provisionales de admitidos y excluidos, En las citadas listas deberán constar los apellidos, nombre, el documento nacional de identidad o, en su caso, documento acreditativo de la nacionalidad si esta no fuera la española, cuerpo, especialidad y turno de ingreso por el que participa el aspirante y, en su caso, las causas de exclusión, exponiéndose la citada Resolución junto con las listas de admitidos y excluidos, en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación, a efectos meramente informativos, en la página web de la consejería: www.carm.es/educacion
Con la publicación de la Resolución que declare aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos se considerará efectuada la correspondiente notificación a los interesados.
Plazo de reclamaciones contra las listas provisionales.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la citada resolución en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación, para poder subsanar el defecto que haya motivado su exclusión, así como los errores en la consignación de sus datos personales.
Dichas peticiones de subsanación, dirigidas al Director General de Recursos Humanos, Planificación Educativa y Evaluación, se realizarán exclusivamente de forma telemática.
Posteriormente, se publicará, mediante resolución, la lista definitiva de admitidos y excluidos. Se tendrá por desistido al aspirante que, no hubiese subsanado. El hecho de figurar en la relación definitiva de admitidos no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos,
A efectos meramente informativos, el Ministerio de Educación y Formación Profesional publicará en su página web el listado general de todos los participantes admitidos con carácter definitivo.
5.- Órganos de selección
Los artículos 15 al 24 tratan sobre lo relativo a los tribunales, comisiones de selección y comisiones de valoración que actuarán en el procedimiento.
6.- Procedimiento de selección
Los artículos 25 al 38 describen el procedimiento de selección en el presente concurso.
En particular, el sistema de ingreso será el concurso excepcional de méritos, en el que se valorarán los méritos de conformidad con lo establecido en el Anexo III y el artículo 12.1.h) de la presente orden.
Los aspirantes que resulten seleccionados no tendrán que realizar fase de prácticas.
Todos los méritos alegados deberán estar perfeccionados y justificados en el día en que concluya el plazo de presentación de solicitudes.
Tasas:
Lo relativo a las tasas se encuentra desarrollado en el artículo 11 de la convocatoria.
Con carácter general las tasas por actuaciones en materia de Función Pública Regional serán las siguientes:
a) Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Catedráticos de Música y Artes Escénicas: 79,40 €.
b) Cuerpos de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, de Maestros y de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño: 71,42 €
A los que se les podrán aplicar las bonificaciones/reducciones o exenciones siguientes
Bonificaciones/reducciones
a) El 75 % para quienes figuren como demandante de empleo en la fecha de pago de la tasa correspondiente.
b) El 75 % para los aspirantes que acrediten ser miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría general conforme a la normativa vigente.
c) El 50% para los aspirantes que acrediten ser funcionarios de carrera (docente no universitario) de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
d) El 20 % para quienes acrediten hallarse en posesión del “Carné Joven Europeo”, expedido por el órgano competente de la Administración Regional de la CARM.
No son acumulables
Exenciones
a) los que tengan reconocida legalmente una discapacidad en grado igual o superior al 33 %.
b) los que pertenezcan a familias numerosas clasificadas en la categoría especial conforme a la legislación vigente.
c) los que ostenten la condición de víctima del terrorismo legalmente reconocida.
d) los que sean o hayan sido víctimas de violencia de género.
La forma de pago se especifica en el artículo 12.
En ningún caso el pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud a través de sede.carm, procedimiento 3968.
Los errores en la inscripción y en el pago de tasas que sean imputables a las personas interesadas no darán lugar a devolución de tasas.
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, PLANIFICACIÓN EDUCATIVA E INNOVACIÓN (A14038194)
Para ser admitidos al concurso excepcional de estabilización, los aspirantes deberán reunir, a la finalización del plazo de presentación de instancias y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionarios de carrera, los requisitos generales y específicos que se establezcan en los artículos 4, 5 y 6 de la Orden de 11 de noviembre de 2022 que regula el procedimiento, según el cuerpo al que se aspire y el turno por el que se quiera participar.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A EDUCACION, FORM.PROF. Y EMPLEO |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Recurso de reposición previo al contencioso administrativo | CONSEJERO/A EDUCACION, FORM.PROF. Y EMPLEO |
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |