COMUNICACION PREVIA DE QUEMA DE RESTOS DE PODA PARA PEQUEÑAS Y MICROEXPLOTACIONES AGRARIAS
"Les recordamos que NO ESTÁ PERMITIDA LA QUEMA A MENOS DE 400 m DE ZONA FORESTAL desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre, ambos inclusive" (Art. 9.2 del Decreto-Ley 1/2023 de 5 de abril)
Puede consultar sus recintos SIGPAC y la distancia a zona forestal con ayuda de esta GUÍA FÁCIL
1. ¿QUÉ ME PERMITE HACER?.-
Este procedimiento permite la quema controlada in situ en pequeñas y microexplotaciones agrícolas cuando no existe otra alternativa de gestión y por la existencia de un riesgo fitosanitario.
2. ¿CÓMO PUEDO PRESENTARLO?:
En todos los casos, en aquellas solicitudes que se realicen como representante deberán aportar además la acreditación de la representación.
3. ¿QUE OTROS TRAMITES DEBO HACER POSTERIORMENTE?
Personas físicas y jurídicas y entidades sin personalidad jurídica interesados en la quema de restos de poda de pequeñas y microexplotaciones en virtud del Decreto-Ley 01/2023, de 05 de Abril
La presentación de las comunicaciones previas debe realizarse con una antelación mínima de 7 días a la realización de una quema "in situ" en el supuesto de pequeñas y microexplotaciones agrarias.
DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRÍCOLA, GANADERA Y PESQUERA (A14035033)
Ser titular o arrendatario de una pequeña o microexplotacion agrícola (Articulo 3, Decreto-Ley 01/2023, de 5 de abril) respecto a cultivos previstos en el Anexo I del Decreto-Ley n.º 1/2023, de 5 de abril, por el que se regula la eliminación excepcional de restos vegetales generados en explotaciones agrícolas, mediante quema controlada “in situ”, como medida fitosanitaria para evitar la proliferación y dispersión de organismos nocivos de la Región de Murcia así como su aplicación a las pequeñas y microexplotaciones agrarias.
Microexplotación “ Explotación cuya superficie máxima para cada uno de los grupos de cultivos de frutales de hueso, frutales de pepita, cítricos, frutos secos, olivos, vid, uva de mesa, arroz, hortícolas al aire libre e invernadero, sea de hasta 0,5 hectáreas”, así como los ejemplares aislados de palmeras.
Pequeña explotación,” Explotación cuya superficie máxima para cada uno de los grupos de cultivos de frutales de hueso, frutales de pepita, cítricos, frutos secos, olivos, vid, uva de mesa, arroz, hortícolas al aire libre e invernadero, sea de hasta 10 hectáreas en regadío y de hasta 30 hectáreas para las plantaciones en secano”.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Requiere que la organización aporte el Anexo IIB por cada uno de los solicitantes y además el Modelo de Solicitud conjunta. Conforme al Artículo 8.1 del Decreto-Ley 1/2023 de 5 de abril "Las cooperativas agrarias, organizaciones agrarias o los consejos agrarios locales podrán presentar electrónicamente de forma conjunta las comunicaciones previas individualizadas para la quema de restos de poda de un gran número de parcelas de distintos titulares que afecten a su ámbito territorial".
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Los ciudadanos/as que no dispongan de medios electrónicos para la presentación de solicitudes, y no estén obligados a relacionarse electrónicamente, pueden dirigirse a cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo. Recuerden solicitar Cita previa.
La cumplimentación de los formularios de solicitud se hará en los términos que se indique en la normativa de aplicación. Recuerden que las solicitudes han de estar firmadas por los interesados o sus representantes.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
No sujeto a tasas