Fomento de la eficiencia energética y el uso de energías renovables - FEDER (código 415) (SIA 206704)

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Información Básica

Objeto:

Conceder subvenciones, de acuerdo con el Programa Operativo FEDER (Fondo Europeo de Desarrollo Regional) Murcia 2014/2020, a empresas establecidas en la Región de Murcia, para la ejecución de inversiones con las siguientes finalidades:

  • Renovación de equipos e instalaciones consumidores de energía.
  • Instalaciones de generación de energía en el punto de consumo.

Información de Interés

No se considerarán subvencionables los conceptos siguientes:

  • El IVA satisfecho por la adquisición de bienes o servicios facturados y en general, cualquier impuesto o tasa pagados.
  • Los recursos informáticos que no estén expresamente dedicados al fin que motiva la solicitud de subvención.
  • Las inversiones en bienes de equipo usados o de segunda mano, a excepción de aquellos de los que conste declaración del vendedor sobre el origen de los bienes y sobre que los mismos no hayan sido objeto de ninguna subvención nacional o comunitaria, así como de certificación de tasador independiente de que el precio no es superior al valor de mercado de referencia ni al coste de los bienes nuevos similares.
  • Los gastos de mantenimiento y reparación de equipos, maquinaria o instalaciones.
  • Los gastos de adquisición o arrendamiento de terrenos.
  • Los honorarios de proyectos de ejecución, direcciones facultativas, gestión y tramitación de autorizaciones, inscripciones o solicitudes de ayuda, en su caso.
  • En general, todos aquellos gastos que no estén claramente definidos o que no tengan por finalidad directa la consecución de los objetivos energéticos, siendo en todo caso el criterio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia el que prevalecerá en caso de controversia.
  • Proyectos y actuaciones financiados mediante alquiler, arrendamiento financiero (leasing), “renting” o métodos similares. No se considerarán subvencionables las actuaciones financiadas por terceros, mediante convenios o contratos en los que la propiedad de los bienes objeto de la actuación no pertenezca al beneficiario dentro del período subvencionable, o no establezcan el abono de la totalidad de los gastos dentro de dicho período.

Seguimiento de la tramitación

  • Los interesados podrán hacer un seguimiento telemático del estado en el que se encuentra la tramitación del expediente, accediendo a la Sede Electrónica de la CARM y pulsando sobre el enlace denominado "Cómo va lo mío", debiendo disponer de certificado digital.
  • Cualquier consulta sobre la tramitación del expediente podrá solicitarse para respuesta diferida a través del portal de la CARM “petición de informaciónAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica”, bien mediante cumplimentación del formulario, sin certificado digital, o con certificado digital. Sólo en este último caso podrá ofrecer información particular.

Notificaciones electrónicas

  • Este procedimiento dispone de notificación electrónica por comparecencia en la Sede de la CARM para los actos y Resoluciones administrativas que se deriven de la tramitación de las solicitudes. La Ley 39/2015 establece en su artículo 14 que las personas jurídicas (sociedades de cualquier tipo, incluidas las sociedades profesionales, asociaciones, etc.), y también quienes ejerzan una actividad profesional que requiera colegiación obligatoria, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo.

Actuaciones de información y publicidad

  • Los beneficiarios de ayudas deberán realizar las actuaciones de información y publicidad contenidas en el documento "Estrategia de comunicaciónAtención: Va a abandonar esta Sede Electrónica", en particular en su apartado 3.3, epígrafe IV: MEDIDAS A REALIZAR POR LOS BENEFICIARIOS PARA INFORMAR AL PÚBLICO DE LA AYUDA OBTENIDA. Para su correcto cumplimiento, consultar el documento adjunto en el presente procedimiento "Medidas de información y publicidad".

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades.

Subvenciones destinadas a empresas pertenecientes a los sectores industrial y/o terciario, en establecimientos ubicados en el ámbito territorial de la Región de Murcia.Se considerará como empresa perteneciente al sector industrial toda aquella que ejerza alguna de las actividades incluidas en las secciones B, C y D, y perteneciente al sector terciario toda aquella que ejerza alguna de las actividades incluidas en las secciones E a N y P a S del Anexo del Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009). Las empresas deberán estar inscritas en el Registro Mercantil o en el Registro de Cooperativas y Sociedades Laborales, según proceda, con anterioridad a la publicación de la convocatoria, habiendo cumplido con la totalidad de obligaciones legales derivadas de dicha inscripciónLos proyectos para los que se solicite la ayuda deberán estar relacionados con la actividad declarada en la solicitud de subvención.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Cerrado

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS (A14036704)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

A.- Requisitos exigidos al beneficiario:

  • Estar constituida como empresa con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden de convocatoria correspondiente.
  • Estar inscrita en el Registro Mercantil o en el Registro de Cooperativas y Sociedades Laborales, según proceda, con anterioridad a la publicación de la convocatoria, habiendo cumplido con la totalidad de obligaciones legales derivadas de dicha inscripción.
  • Pertenecer a los sectores industrial o terciario.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la Agencia Estatal de Administración Tributaria y frente a la Seguridad Social.

B.- Requisitos exigidos al proyecto de inversión:

  • Las actuaciones para las que se solicite subvención deberán realizarse en establecimientos ubicados en el ámbito territorial de la Región de Murcia.
  • Renovación de equipos e instalaciones:
    • Importe de inversión mínima por proyecto de inversión: 6.000 euros.
    • Cumplir con alguna de las siguientes opciones:
      • a) Inversiones correspondientes con medidas propuestas como resultado de la realización de una auditoría energética que cumpla con la norma UNE–EN 16247.
      • b) El solicitante aplica un sistema de gestión energética o ambiental, certificado por un organismo independiente con arreglo a las normas europeas o internacionales correspondientes, siempre que dicho sistema de gestión incluya una auditoría energética.
  • Promover la generación y es autoconsumo de energía final:
    • Tecnología: Solar fotovoltaica.
    • Las instalaciones deberán ser proyectadas para el aprovechamiento de la energía generada principalmente en el punto de consumo. Queda expresamente excluida la previsión y el funcionamiento en régimen de evacuación de energía a redes de distribución con fines retributivos.
    • El valor mínimo de potencia pico de la instalación generadora se establece en 30 kWp.

Requisitos posteriores

  • Se presentará Memoria justificativa suscrita por el beneficiario de ayuda y por técnico titulado competente en materia de eficiencia energética y/o energías renovables, conforme al modelo y con el formato establecido y que encontrará en el apartado "Anexos" .
  • En caso de que el importe del gasto subvencionable previsto supere la cuantía de 40.000 € en el supuesto de coste por ejecución de obra o de 15.000 € en el supuesto de suministro de bienes o prestación de servicios, deberá presentar, junto con el resto de documentación justificativa de la realización del proyecto, documentos justificativos de que se han solicitado como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, salvo que, por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, en cuyo caso se presentará declaración al respecto, firmada electrónicamente por representante legal de la empresa solicitante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud subvención FEDER, Fondo Europeo de Desarrollo Regional
  • Declaración responsable
    (Obligatorio / Original)
  • Memoria descriptiva
    (Obligatorio / Original)
  • Ficha técnica
    (Obligatorio / Original)
    Ficha resumen de la acción en formato Excel cumplimentada.
  • IBAN Código Internacional de Cuenta Bancaria
    (Obligatorio / No original)
    Certificado de código IBAN de cuenta bancaria
  • Escritura de apoderamiento o poder de representación
    (No obligatorio / Original)
  • Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con la AEAT para solicitud de ayudas y subvenciones (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
  • Certificado de estar al corriente de pago de obligaciones tributarias para percibir ayudas y subvenciones con las CCAA (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve


  • Solicitud subvención FEDER, Fondo Europeo de Desarrollo Regional   [Fuera de plazo: 17-03-2021 – 19-04-2021]

Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Potestativo de reposición CONSEJERO/A EMPR,ECONOM SOC. Y AUTONOMOS

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. DG de Transformación Digital. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia