Comunicar al órgano ambiental competente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murica, la ubicación del emplazamiento en el que se llevará a cabo la operación de valorización de residuos no peligrosos consistentes en suelos no contaminados excavados y otros materiales naturales excavados procedentes de obras de construcción o demolición, que se generan como excedentes para la ejecución estricta de la obra, y que se destinan a operaciones de relleno y a otras obras distintas de aquéllas en las que se generaron. Todo ello, segun el artículo 33.4 de la Ley 7/2022 de 8 de abril de residuos y conforme a lo establecido la Orden APM/1007/2017, de 10 de octubre, sobre normas generales de valorización de materiales naturales excavados para su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquéllas en las que se generaron.
DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO AMBIENTE (A14028280)
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