Este procedimiento tiene por finalidad recibir toda la documentación referente a las operaciones de GESTIÓN DE CRISIS incluidas en la MEDIDA 6 de los Programas Operativos de las Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas (OPFH) como son: la retiradas del mercado, cosecha en verde y renuncia a efectuar cosecha, sustituyendo a la tramitación que antes por el procedimiento 468 "Ayudas a Fondos operativos de Organizaciones de productores de frutas y hortalizas" (OPFH)
Una vez se adapten las OPFH a la nueva normativa, las operaciones de la MEDIDA 6 pasarán a denominarse INTERVENCIONES:
Intervención 2f Retiradas del mercado,
Intervención 2g; Cosecha en verde
Intervención 2h Renuncia a efectuar cosecha.D
Este procedimiento se ha creado y habilitado de forma específica para las medidas de gestión de crisis/intervención que antes se tramitaban a través del procedimiento 468 "Ayudas a los Fondos Operativos de las Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas" (OPFH)
1. Documentación susceptible de presentación:
2.Las notificaciones referentes a la "GESTIÓN DE CRISIS" se continuarán realizado a través de la aplicación GESPRO.
Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas (OPFH) de la Región de Murcia
Estas operaciones de GESTIÓN DE CRISIS están incluidas dentro de los Programas Operativos de las OPFH (procedimiento 468) Ayudas a OPFH.
1.- La autorización para INICIO de OPERACIONES, ya sea de retirada (para distribución gratuita, alimentación animal, biodegradación en parcela) o de RENUNCIA A EFECTUAR COSECHA, deberá presentarse SIEMPRE ANTES de iniciar este tipo de operaciones y hasta no estar emitida la autorización, no se podrá realizar en al aplicación GESPRO, la apertura de notificaciones.
2.- La autorización para ser ENTIDAD BENÉFICA0 (ya sea Organización caritativa, Centro benéfico o Centro benéfico asociado), se deberá presentar ANTES de recibir producto procedente de retiradas para distribución gratuita por parte de una OPFH. Deberá haberse emitido autorización por parte de la Administración para ello.
3.- La autorización para Recibir producto para alimentación animal por parte de un GANADERO o EXPLOTACIÓN, deberá presentarse cada años, ANTES de empezar a recibir producto de una OPFH. Deberá haberse emitido autorización por parte de la Administración para ello.
4.- La ayuda a estas operaciones deberá solicitarse junto a la ayuda a las OPFH, es decir:
04.1. - ANTICIPOS:* Se podrán presentar hasta tres solicitudes, enero, mayo y septiembre, durante una anualidad del fondo operativo aprobado, sobre una base cuatrimestral
4.2. -PAGOS PARCIALES:
* Se podrán presentar hasta tres solicitudes hasta el 31 de octubre de la anualidad en curso.
4.3. -SALDOS Y AYUDA TOTAL:
0* La solicitud se presentará no más tarde del 15 de febrero del año siguiente al año para el que se solilcita la ayuda.DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA ALIMENTARIA Y ASOCIACIONISMO AGRARIO (A14035032)
Estar reconocida como Organización de Productores de Frutas y Hortalizas (OPFH)
- Tener la sede social en la Región de Murcia.
- Tener un Programa Operativo aprobado por la Dirección General de Industria Alimentaria y Asociacionismo Agrario.
- Mantenimiento de las condiciones del reconocimiento como Organización de Productores de Frutas y Hortalizas.
- Tener aprobado el Fondo Operativo correspondiente a la anualidad de la solicitud del pago.
- Haber presentado la documentación justificativa antes del 15 de febrero de la anualidad correspondiente.
Compromiso de cumplir con las inversiones (en su caso) durante al menos 5 años desde el pago de la ayuda.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.