Determinación de la cuota tributaria de la tasa municipal por la prestación del Servicio de Recogida Domiciliaria de Basuras (tasa de basuras) en forma de recibo de cobro periódico y notificación colectiva, así como la configuración de los elementos esenciales de la liquidación de la misma, a partir de los datos suministrados por los Ayuntamientos que tengan delegada en la ATRM la gestión del tributo a la luz del correspondiente convenios de colaboración, así como de los datos suministrados por el propio sujeto pasivo mediante declaración o comunicación, o incluso como consecuencia de resolución administrativa con base a la normativa aplicable y especialmente la ordenanza fiscal reguladora de la tasa.
Asimismo se incluye en este procedimiento la aportación de documentación tendente a la actualización, modificación o cumplimentación de la matrícula del impuesto.
Convenios de colaboración tributaria Ayuntamientos
Calendario fiscal por municipios
Otra normativa aplicable: ordenanzas fiscales reguladoras del tributo en cada municipio
Sujetos pasivos, tanto personas físicas como jurídicas, de la tasa de recogida de residuos sólidos domiciliarios de aquellos Ayuntamientos que hayan delegado, en virtud del correspondiente convenio de colaboración, en la Agencia Tributaria de la Región de Murcia la gestión, liquidación, regularización, inspección y recaudación (periodo voluntario y ejecutivo) del tributo en cuestión.
El recurso se interpondrá dentro del plazo de un mes. El cómputo del plazo se efectuará:
-Para las liquidaciones notificadas de forma individual: a) A partir del día siguiente al de la notificación expresa del acto cuya revisión se solicita.
-Para los recibos, notificados de forma colectiva, mediante edictos: b) A partir del día siguiente a la finalización del período de exposición pública de los
correspondientes padrones o matrículas de contribuyentes u obligados al pago.
SERVICIO DE GESTIÓN DE RECURSOS DE OTROS ENTES (A14036666)
Que se trate de la tasa por la prestación del servicio de recogida domicilicaria de residuos sólidos de aquellos Ayuntamientos que hayan delegado en la Agencia Tributaria de la Región de Murcia (ATRM) la gestión, liquidación, regularización, inspección y/o recaudación (tanto en periodo voluntario como, en su caso, el periodo ejecutivo) del referido tributo.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Recurso de reposición previo al contencioso administrativo | Jefe/a de servicio competente de la ATRM |