Presentar la documentación necesaria para el seguimiento y vigilancia ambiental establecida en las resoluciones ambientales autonómicas.
Las entidades con algún tipo de autorización ambiental autonómica concedida, deberán presentar los documentos que se indican en su resolución de autorización y que reciben el nombre genérico de Programa de Vigilancia Ambiental.
Algunas empresas, por sus singulares características, deberán presentar sus documentos de vigilancia específicos a través de este procedimiento.
El resto de programas de vigilancia se presentarán por los procedimientos que se indican:
DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIO AMBIENTE (A14028280)
Tener concedida alguna de las autorizaciones ambientales autonómicas en vigor.
El envío de esta información, según la naturaleza del documento, tendrá carácter periódico.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.