El Centro de restauración como servicio que vela por la conservación y la restauración del patrimonio histórico de la Región de Murcia, le corresponden, entre otras, las siguientes funciones de las recogidas en la Ley 4/2007 de 16 de marzo de Patrimonio Cultural de la Región de Murcia:
a) La restauración de bienes muebles del patrimonio histórico de la Región de Murcia.
b) La conservación, documentación y recuperación de cualesquiera bienes integrantes de aquellas instituciones museísticas cuya gestión tiene encomendada la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
c) La investigación, estudio y difusión del patrimonio mueble de la Región de Murcia.
El Centro de Restauración tiene como prioridad la restauración de bienes culturales de carácter mueble integrantes del patrimonio público regional, pero también pueden acceder a todos sus servicios, aquellas entidades sin ánimo de lucro radicadas en el territorio de la Región de Murcia. Tendran prioridad en las intervenciones aquellas obras que tengan la consideración de Bienes de Interes Cultural (BIC), o que estén integradas, a su vez, en un edificio que tenga tal consideración. Asimismo, todas aquellas que tengan carácter de bienes catalogados, o que esten inventariados por su relevancia cultural.
Para que la obra sea intervenida en nuestras instalaciones el representante legal de la propiedad deberá realizar una solicitud motivada relativa a la obra a restaurar. Una vez remitida la solicitud, los técnicos realizaran la visita e informe correspondiente sobre el estado de conservación y necesidades de la obra, evaluando la viabilidad del proyecto presentado a la Dirección General que, atendiendo el informe técnico resolverá sobre la intervención a desarrollar y el calendario previsto para la misma.
Para la restauración, con medios técnicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, el titular del museo o la persona que lo represente aceptará previamente las siguientes condiciones:
a) En cualquier momento podrá solicitar información sobre los tratamientos propuestos y realizar las visitas técnicas que considere oportunas.
b) Para el traslado de los bienes, el solicitante asumirá los costes que se generen como consecuencia del mismo (embalaje, seguro, transporte, etc.). Asimismo, se deberá suscribir una póliza de seguro a todo riesgo, en la modalidad clavo a clavo.
DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO CULTURAL (A14036973)
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.