Programa Conexión Empleo Joven (código 4711) (SIA 3232962)

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Información Básica

Objeto:

Subvenciones públicas, destinadas a la financiación del “Programa CONEXIÓN EMPLEO JOVEN”, de ayudas a la contratación de personas jóvenes tituladas de la Región de Murcia

Información de Interés

Serán subvencionables:

1. La actividad subvencionada consistirá en la contratación, por parte de las Empresas y personas trabajadoras autónomas, en la modalidad de contrato indefinido, de personas jóvenes tituladas, mayores de 18 y menores de 30 años, desempleadas e inscritas en la oficina de empleo correspondiente, al menos el día inmediatamente anterior a la fecha de inicio del contrato y además deberán ser beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (SNGJ) en los términos establecidos por la normativa vigente.

2. La actividad subvencionada deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • Que la persona contratada carezca de experiencia profesional laboral de la titulación objeto del contrato. A efectos de esta convocatoria, se considerará que la persona contratada carece de experiencia profesional laboral en la titulación objeto del contrato cuando, en el momento de la contratación:
    • No haya estado dada de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social por cuenta ajena en un grupo de cotización vinculado a dicha titulación.
    • No haya desempeñado funciones relacionadas con la titulación en el marco de una relación laboral previa, ya sea mediante contrato indefinido, temporal, o formativo.
    • No haya estado contratada en puestos que requieran dicha titulación como requisito de acceso o desempeño.
  • La contratación deberá formalizarse mediante contrato de trabajo indefinido, a jornada completa, en una categoría profesional o puesto de trabajo directamente relacionado con la titulación académica o profesional de la persona joven contratada. Se entenderá que el contrato es acorde con la titulación cuando:
    • El puesto de trabajo requiera, como criterio de acceso o desempeño, la titulación que posee la persona contratada.
    • El grupo de cotización asignado en el alta en Seguridad Social se corresponda con el nivel formativo de dicha titulación.
    • Las funciones descritas en el contrato estén vinculadas a los contenidos formativos de la titulación.
  • Que se favorezca la formación y práctica profesional en los sectores con nuevas necesidades del ámbito local de la Región de Murcia de las personas desempleadas que sean contratadas. A estos efectos las contrataciones deberán referirse a puestos de trabajo acordes a la formación académica y/o profesional de la persona contratada.
  • Definición de titulación a efectos de la convocatoria: Se entenderá por titulación aquella formación acreditada oficialmente que habilita para el desempeño profesional, incluyendo:
    • Títulos universitarios oficiales (Grado, Máster, Doctorado).
    • Títulos de Formación Profesional de grado medio o superior.
    • Certificados de profesionalidad de nivel 2 y nivel 3, expedidos conforme al Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional.
    • La titulación deberá estar directamente relacionada con el puesto de trabajo objeto del contrato, y podrá ser acreditada mediante copia del título, certificado académico oficial, acreditación electrónica equivalente o verificada por el SEF mediante consulta por la plataforma de interoperabilidad.

Destinatarios:

Empresas y otras Entidades.

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las empresas cuyo centro de trabajo para el que se realice la contratación objeto de subvención se encuentre en la Región de Murcia y formalicen contratos de trabajo indefinidos como subvencionables.

Tramitación inmediata:

No

Periodicidad:

Sujeto a convocatoria

Plazo de Presentación:

Abierto
  • Presentación de solicitud: 26/01/2026 hasta 30/09/2026

Será subvencionable la contratación indefinida y tener efectos entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026, ambos inclusive. Solo serán subvencionables los contratos cuya fecha de alta en la Seguridad Social se encuentre dentro de dicho intervalo.
El plazo de presentación de solicitudes de subvención será el siguiente:

  1. Plazo general de la convocatoria: El plazo general de la convocatoria se encontrará abierto desde el día 26 de enero de 2026 hasta el 30 de septiembre de 2026,
    0 sin perjuicio del plazo individualizado al que se encuentra sujeta cada concreta solicitud. Las solicitudes de subvención presentadas fuera de este plazo se inadmitirán a trámite.
  2. Plazo individualizado de las solicitudes: El plazo individualizado de presentación de solicitudes de subvención será de un mes, a contar desde de la fecha de alta en Seguridad Social de la persona trabajadora contratada (fecha de inicio de la relación laboral). El plazo se iniciará el mismo día del alta en Seguridad Social de la persona contratada y concluirá el mismo día en que se produjo la contratación en el mes de vencimiento. Si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente a aquel en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

Las solicitudes se presentarán dentro del plazo individualizado descrito en el apartado 2 y siempre dentro del plazo general de la convocatoria correspondiente.

0En el supuesto de contrataciones realizadas entre el 1 de diciembre de 2025 y el 25 de enero de 2026, el plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado desde el 26 de enero de 2026.

Unidad Orgánica Responsable (y código DIR3)

SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACION (SEF) (A14036718)

Requisitos

Requisitos de solicitud o iniciación

1. Será requisito necesario para poder obtener la condición de beneficiario de las subvenciones objeto de regulación, que la empresa solicitante y la persona trabajadora autónoma no se encuentre en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular, deberá:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

b) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

c) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones económicas con la Seguridad Social. Dichos requisitos deberán acreditarse con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión.

Estos requisitos serán comprobados de oficio por el SEF cuando no se haya opuesto o se haya autorizado expresamente por la empresa solicitante o persona trabajadora autónoma. En caso de oposición expresa o de no autorización, la empresa solicitante o la persona trabajadora autónoma deberá aportar los certificados acreditativos correspondientes en la forma establecida en el artículo 22 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones (Real Decreto 887/2006, de 21 de julio).

2. Asumir el compromiso de cumplimiento del apartado VI del Código de Conducta en materia de subvenciones y ayudas públicas de la Región de Murcia, aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 29 de diciembre de 2021 (BORM n.º 23 de 29 de enero de 2022). (Anexo II Reglas del apartado VI del Código de Conducta).

3. Para subvenciones de importe superior a 30.000 euros, en lo que respecta al cumplimiento de lo previsto en el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, si la empresa beneficiaria es sujeto incluido en el ámbito de aplicación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, se acreditará mediante declaración responsable o con la documentación que se exige según sea el volumen de negocios, que se presentará en los plazos previstos en el referido apartado 3 bis del artículo 13 de esta Ley, según modelo que se adjuntará en la convocatoria correspondiente.

4. Dichos requisitos deberán cumplirse con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión.

Quedarán excluidos de la concesión de la subvención los siguientes supuestos:

  1. Las empresas y personas trabajadoras autónomas que en el momento de redactarse la propuesta de resolución no mantengan en su plantilla a la persona contratada por la que se solicitó la subvención.
  2. Contrataciones que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, del empresario o de quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las entidades o de las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad, así como las que se produzcan con estos últimos.
  3. La novación de los contratos laborales como consecuencia de subrogación empresarial, en los términos expresados en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores.
  4. Las contrataciones de puesta a disposición (para prestar servicios en empresas usuarias) realizadas por las empresas de trabajo temporal, reguladas en la Ley 14/1994, de 1 de junio, y su normativa de desarrollo.
  5. La contratación laboral de personas que ostenten la condición de socio en empresas de economía social (socios-trabajadores).
  6. Los contratos realizados bajo la modalidad de “fijo-discontinuo”, regulado en el artículo 16 del Estatuto de los Trabajadores.
  7. Las contrataciones realizadas al amparo de alguna de las normas que regulan las ayudas a la contratación indefinida de personas con discapa-cidad en el mercado protegido.

Requisitos posteriores

Las empresas o personas trabajadoras autónomas beneficiarias deberán cumplir con la obligación de mantener el puesto de trabajo subvencionado durante todo el período subvencionable. En este sentido, las entidades beneficiarias estarán obligadas a conservar la vigencia de los contratos objeto de subvención durante un plazo mínimo de 180 días naturales.

En el caso de que las contrataciones estén cofinanciadas por el FSE+, el beneficiario deberá aportar un resumen de actuaciones de información y publicidad y acreditación documental de los soportes utilizados así como, aportar la documentación justificativa que se  ndique en convocatoria, de conformidad con la Orden TES/106/2024, de 8 de febrero, por la que se determinan los gastos subvencionables por el Fondo Social Europeo Plus durante el período de programación 2021-2027.

Documentos a aportar junto con la solicitud

Solicitud de subvención para el programa Conexión Empleo Joven
  • Código de identificación fiscal: CIF
    (Obligatorio / Original)
    Tarjeta del NIF de la empresa/autónomo solicitante que efectúa la contratación. Para el caso de Comunidad de Bienes o Sociedades Civiles, se presentará el NIF correspondiente a la Comunidad de Bienes, y la autorización de acceso a datos personales de cada uno de los miembros de la Comunidad de bienes. (Anexo IV). Copia del documento constitutivo de la Comunidad de Bienes.
  • Contrato
    (Obligatorio / No original)
    Copia del Contrato de trabajo concertado y documento de la huella del sistema Contrata@.
  • IBAN Código Internacional de Cuenta Bancaria
    (Obligatorio / No original)
    Certificado expedido por la entidad bancaria o documento donde el solicitante tenga domiciliado el abono de la subvención, en el que consten los 24 dígitos identificadores de su IBAN, y su NIF.
  • Documentación acreditativa
    (No obligatorio / No original)
    En el caso de entidades sin ánimo de lucro, documento fiscal que acredite que realiza actividad económica de forma regular. (Este documento podrá ser obtenido por el órgano concedente si se autoriza por la persona trabajadora a tener acceso).
  • Designación/autorización de representación
    (No obligatorio / No original)
    En el caso de que la solicitud sea presentada por representante, la representación deberá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia (se entenderá acreditada la representación realizada mediante apoderamiento apud acta efectuado por comparecencia personal o comparecencia electrónica en la correspondiente sede electrónica, o a través de la acreditación de su inscripción en el registro electrónico de apoderamientos de la Administración Pública competente).
  • Permiso
    (No obligatorio / No original)
    Copia del permiso de trabajo y residencia si el trabajador fuere extranjero no comunitario. (Este documento podrá ser obtenido por el órgano concedente si se autoriza por la persona trabajadora a tener acceso).
  • Autorización
    (Obligatorio / No original)
    Documentación persona trabajadora. - Autorización persona trabajadora acceso datos personales. (según modelo anexo II)
  • Acreditación
    (Obligatorio / No original)
    Certificación acreditativa de que la persona joven era beneficiaria del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, al menos desde el día anterior al inicio de la relación laboral.
  • Informe/ Certificación de vida laboral
    (No obligatorio / No original)
    Documentación persona trabajadora. - En caso de no autorización, Informe de Vida Laboral (de la persona contratada) expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social donde conste, tanto la contratación por la que se solicita la subvención, como todos como el historial completo de su vida laboral.
  • Declaración responsable
    (Obligatorio / No original)
    Declaración responsable de la persona joven contratada, conforme al modelo establecido en el Anexo III
  • Documento Nacional de Identidad
    (No obligatorio / No original)
    En caso de Oposición expresa de la persona trabajadora para obtener los datos y/o certificados de otras Administraciones: - DNI.
  • Certificaciones académicas / Certificado de titulaciones académicas expedidas por Comunidades Autónomas distintas de la de Murcia
    (No obligatorio / No original)
    En caso de Oposición expresa de la persona trabajadora para obtener los datos y/o certificados de otras Administraciones: - Copia de la titulación académica que habilita o está vinculada al contrato de trabajo objeto de la subvención
  • Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con la AEAT para solicitud de ayudas y subvenciones (*)
  • Consulta de estar al corriente de pago de obligaciones con la Seguridad Social (*)
  • Certificado de estar al corriente de pago obligaciones tributarias con la CARM (*)
  • Consulta de Datos de Identidad (*)
  • Consulta de situación laboral en la Seguridad Social (*)
  • Consulta de un periodo de la vida laboral de los últimos 5 años (*)
  • Consulta y verificación de datos de residencia de extranjeros (*)
  • Certificados de Títulos Universitarios por documentación (*)
  • Certificados de Títulos No Universitarios por documentación (*)
  • Impuesto de Actividades Económicas 10 epígrafes (AEAT) (*)
  • Consulta de subvenciones MINIMIS (*)

(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Modelos e información para solicitudes

Dónde y Cómo tramitar

Solicitar Electrónicamente

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Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.

Este Procedimiento dispone para su inicio de una solicitud específica, de uso obligatorio, recuerde que de no ser utilizado se le requerirá nueva solicitud de inicio.

Otros trámites de este procedimiento

Tasas a abonar

Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.

Resolución, Recursos y Normativa

Resolución

Forma de inicio: Por el interesado / De Oficio
Plazo de resolución: 6 Mes/es
Efectos del silencio. Por el interesado: Negativo / De oficio: Desestimatorio

Recursos

Recursos que proceden ante la Administración Regional
Tipo de recurso Ante quién va dirigido
Alzada CONSEJERO/A EMPR,ECONOM SOC. Y AUTONOMOS

Normativa

Otras disposiciones y actos administrativos

© Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. DG de Transformación Digital. Certificado de Conformidad con el Esquema Nacional de Seguridad. Categoría media. R.D. 311/2022. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca. Logo Unión Europea. Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Una manera de hacer Europa. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia