La presente convocatoria de subvenciones se destina a bodegas de la Región de Murcia que deseen implantar o ampliar sus instalaciones con el fin de aumentar la oferta de alojamiento vinculada al sector turístico enológico, impulsando así la diversificación económica en zonas rurales, fortaleciendo la identidad cultural y favoreciendo la desestacionalización del turismo. Se trata de ayudas al sector bodeguero para mejora en sus infraestructuras creando o en su caso adaptando sus espacios para alojamientos que permitan contribuir al impulso del enoturismo o turismo del vino en nuestra Región donde la cultura del vino, arquitectura del vino, paisaje del vino y el propio vino son parte indiscutible de su esencia con tres denominaciones de origen reflejo de este valor.
Las actuaciones financiables tendrán que realizarse necesariamente en alguna de las tres Rutas del Vino: Ruta del Vino de Yecla, Ruta del Vino de Bullas y Ruta del Vino de Jumilla, que tenga su ámbito de acción en la Región de Murcia, que inicien proyectos destinados a la creación de nuevas plazas de alojamiento que estén vinculados a experiencias enoturísticas, tales como, visitas a bodegas y viñedos que pongan en valor el proceso de creación de la materia prima, conocer los procesos de cultivo de la vid, elaboración y crianza del vino, su cuidado, recolección, procesamiento, elaboración del producto final, así como experiencias interactivas de cocina o showcooking, degustaciones, catas, y demás acciones que supongan una experiencia turística relacionada con el vino.
Las actuaciones financiables tendrán que realizarse necesariamente en alguna de las tres Rutas del Vino: Ruta del Vino de Yecla, Ruta del Vino de Bullas y Ruta del Vino de Jumilla, que tenga su ámbito de acción en la Región de Murcia, que inicien proyectos destinados a la creación de nuevas plazas de alojamiento que estén vinculados a experiencias enoturísticas, tales como, visitas a bodegas y viñedos que pongan en valor el proceso de creación de la materia prima, conocer los procesos de cultivo de la vid, elaboración y crianza del vino, su cuidado, recolección, procesamiento, elaboración del producto final, así como experiencias interactivas de cocina o showcooking, degustaciones, catas, y demás acciones que supongan una experiencia turística relacionada con el vino.
DIRECCIÓN GENERAL DE COMPETITIVIDAD Y CALIDAD TURÍSTICAS (A14036692)
Serán requisitos generales para obtener la condición de beneficiario de las subvenciones previstas en la presente Orden, además de las obligaciones reflejadas en el artículo 5 de esta convocatoria, las establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular: a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria de la Región de Murcia. b) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria. c) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones ante la Seguridad Social. d) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones. e) No estar incursos en las restantes circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Todos los requisitos deberán acreditarse ante el órgano concedente, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión. La acreditación de los requisitos establecidos en los apartados a), b) y c) de este artículo, se realizará mediante los certificados administrativos correspondientes. La acreditación del apartado d) y e) se realizará mediante la presentación de una declaración responsable.
El beneficiario de las ayudas deberá justificar la subvención y cumplir con las obligaciones previstas en el articulo 8 de la Orden de 2 de junio de la consejeria de Turismo ,Cultura, Juventud y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesion de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva y especial concurrencia en materia de competitividad y calida turistica. (BORM num. 130 de 7 de junio de 2025) y en el articulo 5 de la Orden de 12 de noviembre de 2025 de la Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia especial destinadas a bodegas que pertenezcan a alguna de las tres rutas del vino con ámbito de actuación en la Región de Murcia, para la implantación de nuevas plazas de alojamiento turístico.
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
| Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
|---|---|
| Potestativo de reposición | CONSEJERO/A TURISMO,CULTURA,JUV.Y DEPORTES |
| Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
|---|---|
| Contencioso-Administrativo | Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Murcia |