Por tareas de mantenimiento, entre las 8:00 y las 9:00 horas del día 09/03/2021, algunos trámites de Agencia Tributaria de la Región de Murcia estarán temporalmente fuera de servicio en esta Sede Electrónica.
Disculpen las molestias.
Comprobar que las cláusulas del contrato o escritura de compraventa de vivienda protegida de nueva construcción son correctas y que el comprador cumple los requisitos de acceso a la propiedad de una vivienda y pueda obtener préstamo convenido y ayuda estatal directa a la entrada.
Se podrá solicitar la ayuda estatal directa a la entrada, bien junto a la solicitud de visado de contrato o bien una vez obtenida la calificación definitiva, aportando en este caso la escritura pública de compraventa o adjudicación, en cualquier caso deberá realizarse en el plazo de cuatro meses desde la firma de los citados documentos.
Sólo podrán obtener ayuda estatal directa a la entrada, los adquirentes de viviendas protegidas que se subroguen en el préstamo convenido del promotor antes del 31 de diciembre de 2010.
Desaparece la ayuda de subsidiación de préstamo convenido con fecha 14/07/2012.
Desaparece la subvención a la adquisición con fecha 4 de febrero de 2015.
Adquirientes de viviendas protegidas de nueva construcción.
REGIÓN DE MURCIA
CONSEJERÍA DE FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA (A14028862)
El solicitante deberá estar inscrito en el Registro de Demandantes de Vivienda Protegida
La vivienda se destinará a domicilio habitual y permanente del solicitante.
La vivienda deberá reunir y ajustarse a las características y condiciones establecidas por la ley.
El contrato/escritura deberá contener:
1. Las cláusulas de inclusión obligatorias.
2. Que el precio no supere el legal establecido para cada año por la normativa.
3. La promoción deberá haber obtenido la calificación provisional de vivienda protegida
(*) No está obligado a presentar los certificados indicados en este apartado al encontrarse en poder de la Administración. EN CASO DE OPOSICIÓN EXPRESA, ESTARÁ OBLIGADO A APORTAR LOS DATOS/DOCUMENTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO JUNTO A LA SOLICITUD (art. 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Forma de inicio: Por el interesado
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
---|---|
Alzada | CONSEJERO/A FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS |