Este procedimiento permite el cambio de titularidad en las viviendas de promoción pública en los supuestos de fallecimiento, separación o divorcio del adjudicatario inicial.
En Régimen de Compra-Venta, supuesto de fallecimiento del adjudicatario , los solicitantes podrían ser el cónyuge o hijos.
En Régimen de Acceso Diferido y Arrendamiento, supuesto de fallecimiento del adjudicatario, el solicitante sería el cónyuge que en el momento de celebración del contrato estaba casado/a con el adjudicatario inicial.
En ambos casos se equipara al cónyuge del adjudicatario a la persona que conviva de forma permanente en análoga relación de afectividad, siempre que dicha convivencia existiera en el momento de la celebración del contrato.
Conyuges o personas que convivan de forma permanente en análoga relación de afectividad,de titulares de contratos de vivienda de promoción pública en régimen de arrendamiento.
DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA (A14028862)
Supuestos: Separación, divorcio o fallecimiento del titular inicial del contrato de arrendamiento.
Solicitante: Cónyuge que en el momento de la celebración del contrato estaba casao/a con el adjudicatario inicial.
1- Fotocopia compulsada del DNI del solicitante
2-Fotocopia compulsada del Libro de Familia del solicitanteç
3-Fotocopia compulsada del Certificado de defunción del adjudicatario de la vivienda
4- Declaración responsable del solicitante de no haber sido propietario o arrendatario ,de vivienda de promoción pública,ni disponer de otra residencia en propiedad.
5- Certificado del Presidente de la Comunidad de Propietarios acreditativo de estar al corriente del pago de las cuotas a dicha Comunidad.
Se equipara al cónyuge del adjudicatario la persona que conviva de forma permanente en análoga relación de afectividad, siempre que dicha convivencia existiera en el momento de la celebración del contrato.
Requiere DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve
Revise los requisitos y documentación, cumplimente el formulario y adjunte los documentos requeridos.
El sistema le pedirá que, además de la identificación, firme electrónicamente el documento.
Este procedimiento / servicio no requiere abono de tasa para iniciar su tramitación.
Tipo de recurso | Ante quién va dirigido |
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Alzada | CONSEJERO/A FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS |